Absuelto un conductor que se dio a la fuga tras arrollar a un ciclista: “Te sientes atropellado por el coche y la justicia”
Las asociaciones ciclistas luchan por el endurecimiento de las penas y el PSOE impulsa una reforma para clarificar los supuestos en los que hay que castigar a los automovilistas que causen lesiones o fallecidos en un atropello
“Iba pedaleando por la calle Bravo Murillo de Madrid por la noche, con luces y reflectantes. De repente noté un fuerte golpe por detrás, me vi en el aire, la bici salió disparada y luego caí al suelo y me hice mucho daño en la espalda”. David Saiz, profesor de 46 años, narra así el accidente que sufrió hace dos años y que le causó graves dolores, dos meses de baja y seis de rehabilitación en fisioterapia. Según la policía, los testigos explicaron que el conductor se bajó a mirar “con síntomas de embriaguez” y se dio a la fuga. Cuando lo localizaron, hora y media después, triplicaba la tasa de alcoholemia. El Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid lo absolvió hace unos días. “Te sientes atropellado por el coche y por la justicia”, denuncia Saiz. El ciclista profesional Alejandro Valverde sufrió hace unos días una accidente similar en Murcia donde el conductor también se fue.
Estos ejemplos recientes muestran la situación de desprotección que sufren, según las asociaciones ciclistas, quienes van en bici. El Código Penal recoge las imprudencias al volante graves y menos graves, dejando fuera de su ámbito las imprudencias leves (como una distracción mínima al volante). La Asociación de Ciclistas Profesionales denuncia que muchos atropellos se archivan sistemáticamente, al dejar al arbitrio del juez la decisión de si se trata de un caso leve, y por tanto va por la vía civil, o grave o menos grave, que se dirimen por la vía penal con un proceso y una investigación. Por ejemplo, ahora un juez puede considerar que saltarse un semáforo y arrollar a un ciclista es una imprudencia leve, al margen de la gravedad de las heridas que tenga la víctima. Para corregir esta situación, el PSOE impulsa una reforma del Código Penal por la que este tipo de acciones pasarán a ser delito siempre que causen heridos o fallecidos, eliminando la capacidad del juez de calificarla como imprudencia leve.
Lo ocurrido a Saiz ejemplifica la vulnerabilidad de los ciclistas en el tráfico. “Mientras estaba en el suelo no sentía las piernas, solo pensaba en una amiga que se quedó tetrapléjica porque la atropelló una moto en la Castellana. Cuando me llevaron al hospital y me dijeron que no tenía lesiones graves me eché a llorar de la emoción”, explica. En ese momento, desde la propia camilla, grabó un vídeo para mostrar su impotencia: “Un coche me ha embestido y se ha dado a la fuga”, decía entre lágrimas.
Mi nombre es David y soy ciclista urbano. He sido atropellado (embestido) por un coche en un CicloCarril30 de la calle Bravo Murillo altura número 307 . Circulaba correctamente por el medio de mi carril subiendo a unos 15km/h (acababa de mirar) (abro hilo) pic.twitter.com/aA25S6FK0l
— ridemybikemadrid (@ridemybikemadrd) June 4, 2020
Su calvario no acabó ahí. “Me mandaron a casa. Sentía un dolor muy intenso y tenía moratones por todo el cuerpo. Estuve varios días sin poderme levantar de la cama, tomando antiinflamatorios. No podía ni moverme”, continúa. Pasó más de dos meses de baja y necesitó acudir al fisioterapeuta a diario durante más de seis meses. Los dolores persistieron durante meses. Y estuvo casi un año sin atreverse a montar en bici.
David Saiz sí tuvo un juicio, pero el juez no consideró probado el delito contra la Seguridad Vial, es decir, que el conductor del vehículo fuera bebido, dado que no se le realizó la prueba de alcoholemia justo después del accidente porque se marchó del lugar. Mientras, el fiscal no acusó al conductor ni de delito de fuga ni de lesiones, por lo que estos aspectos no fueron juzgados. Consultada por este diario, la Fiscalía de Madrid no ha querido valorar el caso. “Con la reforma en marcha, en este juicio se debería haber considerado como poco que había una imprudencia menos grave con resultado de lesiones, y eso no se ha juzgado, y ello porque el juez en su momento lo consideraría imprudencia leve”, señala el abogado experto en ciclistas Alfonso Triviño.
La sentencia considera como hechos probados que el acusado, R. M. A. M., abandonó el lugar tras el incidente, y que fue localizado en su domicilio por agentes de la Policía Municipal de Madrid una hora y media después. Le hicieron la prueba de alcoholemia y dio positivo por 0,78, más del triple de la tasa permitida. “El acusado presentaba los siguientes síntomas externos: fuerte olor a alcohol en el aliento, ojos rojos y vidriosos y lentitud de movimientos”. El juez admite que hubo una “desatención en la conducción” y que “es perfectamente lógico que el acusado condujera ebrio”, pero también ve posible que se debiera “a una simple desatención del acusado” (lo que sería una imprudencia leve), y que no se probó que estuviera borracho en ese momento, sino que pudo emborracharse después, al llegar a casa. Como hay una duda razonable, lo absuelve.
Triviño, que ha participado en la modificación legal como secretario general de la Asociación de Ciclistas Profesionales, señala que el proceso de David Saiz contiene errores: “En primer lugar, solo se acusaba al conductor de un delito contra la seguridad vial por conducir borracho. Hay presunción de veracidad de los agentes que interrogaron a varios testigos y todos les dijeron que el conductor tenía síntomas de embriaguez, el juez lo debería haber tenido en cuenta. Es absurdo decir que no hay convicción absoluta porque no se le hizo el test de alcoholemia en ese momento”. Y continúa: “Se daban los supuestos para acusar al conductor también de imprudencia menos grave con lesiones, dado que el atropellado necesitó tratamiento médico, y fuga, pero el fiscal no lo hizo”. Por eso, pide al Ministerio Fiscal que recurra la sentencia, algo que puede hacer hasta el 17 de julio.
Necesidad de mayor protección
Desde la reforma del Código Penal del PP de 2015, las infracciones leves no son un delito, sino una falta administrativa que se resuelve por la vía civil. Este cambio movilizó a los ciclistas, que pusieron en marcha la campaña ‘Por una ley justa’ para endurecer las penas. En 2019, el Parlamento modificó esta norma para considerar como delito que un conductor abandone el lugar del accidente si ha causado muertos o heridos, así como la definición de la imprudencia menos grave como aquella en la cual se provocan lesionados o fallecidos a consecuencia de la infracción de una norma de tráfico calificada como grave (como saltarse un stop, un ceda el paso o un semáforo, o atropellar a un ciclista por alcance). “El problema es que la norma fía la valoración a la interpretación del juez, y en la mayoría de los casos los magistrados están considerando que son infracciones leves, involuntarias, y dejando desprotegidas a las víctimas”, critica Maribel García, diputada del PSOE.
Por eso, su grupo ha promovido en el Congreso —ahora ya está en el Senado— una proposición de ley para modificar el Código Penal que garantiza que si un conductor comete una infracción calificada como grave en la ley de Seguridad Vial (como saltarse un stop o despistarse mirando el móvil) que provoca un accidente con heridos o muertos, el juez tenga que juzgarlo por la vía penal al menos como imprudencia menos grave, en lugar de mandarlo automáticamente a la vía civil, mucho menos garantista. “Es fundamental que se juzgue por la vía penal, porque ahí la víctima tiene derecho a un fiscal que investigue, a un atestado gratuito y a ser reconocida por un forense, mientras que por la vía civil la víctima debe pagarse, además del abogado, un procurador y forense. El resultado es que muchos se ven abocados a aceptar la oferta a la baja de las aseguradoras”, dice García.
El abogado Triviño considera que cuando entre en vigor la norma, quienes circulan en bici tendrán más garantías: “Ya no habrá lugar a la interpretación, si alguien comete una infracción y causa lesiones, automáticamente será como mínimo imprudencia menos grave y habrá que juzgarla por la vía penal, donde se investiga bien y de forma gratuita. La vía civil es más lenta y siempre tiene el peligro de que te condenen a pagar las costas del juicio y hasta de los contrarios”.
La modificación de la ley, realizada a instancias de las entidades ciclistas y aprobada por mayoría absoluta —con el voto en contra de Vox y la abstención del PP— tiene que pasar en septiembre por otra votación en el Senado. Si se aprueba como está —algo factible—, entrará en vigor en octubre; si hay enmiendas, deberá volver al Congreso para su aprobación definitiva.
Hace unos días, el ciclista Alejandro Valverde sufrió un atropello cuando pedaleaba junto a un compañero de entrenamientos. Un vehículo los adelantó de forma imprudente, los ciclistas increparon al conductor y este volvió y los arrolló, sin causarles heridas graves. Después se dio a la fuga y más tarde se entregó a la policía. Con la modificación de la norma prevista para septiembre, este tipo de delitos pasan a ser públicos, es decir, que la autoridad judicial podrá investigar los hechos incluso si no hay denuncia de la víctima. Se impondrá también sanción de privación del derecho a conducir, algo que hasta ahora no pasaba. Triviño va más allá: “Incluso con la ley actual, si se prueba que el conductor los arrolló intencionadamente sería tentativa de homicidio, que es un delito más grave”.
García, del PSOE, cree que sentencias como la de Saiz disminuirán con la nueva norma: “Protege mucho más a las víctimas y les garantiza el acceso a un juicio justo, ágil y gratuito. El atestado policial será obligatorio —algunos ayuntamientos estaban cobrando por él— y si aun así el juez considera que es una imprudencia leve, tendrá que hacer una resolución motivada, algo que hasta ahora no hacía falta. Mientras llegan estos cambios, Saiz se lamenta: “Me parece increíble que una persona atropelle a otra, se dé a la fuga, que siga borracho cuando lo encuentra y que encima lo absuelvan. La justicia no protege a los ciclistas y favorece que los infractores se den a la fuga”.
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