Isapres: las claves que explican la crisis del sistema privado de salud en Chile
Dos fallos de la Corte Suprema tienen contra las cuerdas a las aseguradoras de salud privada. El martes el Gobierno de Boric logró aprobar en la Cámara de Diputados una norma para aliviar su situación
El año que termina ha sido el de la principal crisis para las Isapres, las aseguradoras de salud privada en Chile. Desde que un fallo adverso de la Corte Suprema de noviembre de 2022 las obligó a ajustar el valor de sus planes y devolver millones de dólares por cobros en exceso a sus afiliados, están al borde del colapso financiero. Se suma una sentencia de agosto del mismo tribunal, que fijó un máximo en el precio que pueden cobrar por el paquete de Garantías Explícitas en Salud (GES), un conjunto de beneficios que deben proveer por ley a sus afiliados.
Las aseguradoras han dicho que cumplir con ambas sentencias, pero sobre todo con el fallo GES, amenaza su superviviencia y que, a partir de los primeros meses de 2024, su situación podría llevarlas a la quiebra.
La crisis le ha rebotado al Gobierno del presidente izquierdas Gabriel Boric: si caen las isapres, sus casi tres millones de beneficiarios migrarían al sistema público, que no daría abasto para acoger de una vez a todos esos afiliados.
Chile tiene un sistema mixto de salud. Las isapres, creadas en 1981 en la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), albergan al 17% de la población con mayores ingresos, mientras que en el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) cotiza el 80% de la población, unos 15 millones de chilenos. Las cotizaciones son obligatorias, del 7% mensual de los sueldos, pero en el caso de quienes están en las isapres puede llegar a un poco más para tener un mejor plan.
EL PAÍS entrega las claves para entender la magnitud de la crisis y sus diferentes episodios.
¿Cuál fue el primer fallo de la Corte Suprema?
En noviembre de 2022, la Sala Constitucional de la Corte Suprema ordenó a las isapres devolver a sus afiliados en forma retroactiva cobros en exceso que, después de dos cálculos, ha sido cifrado en 1.000 millones de dólares.
Tras más de una década en que los chilenos recurrieron a la justicia en forma masiva en contra de las isapres, la Suprema decidió zanjar la discusión. El fallo determinó que no podían aplicar la tabla de factores, instrumento para fijar los precios de los planes por factores de riesgo de los afiliados, por sexo y edad.
Por tanto, en los contratos de salud debían aplicar la Tabla Única de Factores que rige de abril 2020 a partir de una circular administrativa que el segundo Gobierno del expresidente Sebastián Piñera (2010-2014, 2018-2022), de la derecha tradicional, envió a la Superintendencia de Salud a fin de que se terminara con la discriminación por sexo y edad. La medida la impulsó dos meses después del estallido social.
Las isapres actaron la orden con quienes se afiliaron desde abril en 2020, pero la Suprema se refería a todos los cotizantes.
¿Qué es la ley corta de isapres?
Tras el fallo, justo antes del 30 de mayo, el plazo de la Suprema para entregar una solución, el Ejecutivo ingresó al Senado una ley corta de Isapres (acotada) con condiciones para el cumplimiento de la sentencia, además de un fortalecimiento de Fonasa y de la Superintendencia de Salud. La arremetida no fue bien recibida por las Asociación de Isapres: la calificó como “una indolencia absoluta con los usuarios del sistema de salud, los beneficiarios de isapres y, en particular, con los enfermos”. Y señaló que el proyecto era “un engaño” que “fuerza una falla sistémica en el acceso a la salud de todos los chilenos”.
Desde entonces la ley se tramita en un ambiente de desconfianza. El sector privado acusa al Gobierno de querer dejar caer al sistema para instaurar un Plan Universal de Salud, iniciativa que estaba en el programa presidencial de Boric. La aplicación del fallo ha tensionado al propio oficialismo, donde conviven distintas miradas sobre la isapres.
¿Qué pasó con la deuda?
El primer monto que entregó la Superintendencia de Salud de la devolución por cobros en exceso fue de unos 1.400 millones de dólares. La cifra escandalizó a la industria y generó polémica por su cálculo. En el marco de la ley corta, la comisión de Salud del Senado conformó un Comité Técnico Asesor que en octubre le entregó un informe en el que propuso indicaciones. Entre ellas, la rebaja de la deuda a 451 millones de dólares, con un plazo de 10 años para su devolución en cuotas anuales, las que podrán entregarse en forma de prestaciones. El cálculo se realizó incorporando una mutualización de los planes.
Sin embargo, tras analizar el cálculo, el Gobierno desestimó el criterio de mutualización de esa rebaja. El 3 de noviembre presentó indicaciones a la ley corta y planteó una nueva cifra de la deuda: unos 1.000 millones de dólares.
¿Qué dice el segundo fallo?
En agosto, la Corte Suprema dio un segundo golpe a las isapres y decidió poner un máximo al precio que pueden cobrar por el paquete de Garantías Explícitas en Salud (GES), un conjunto de beneficios incorporados por ley en los planes de salud tanto del sistema privado como en Fonasa.
El GES garantiza la cobertura de 87 enfermedades, como distintos tipos de cáncer, párkinson, diabetes, cataratas e infartos. La tarifa GES, hasta antes del fallo, era uno de los cobros que permitía a las isapres seguir con oxígeno.
La sentencia también se produjo por la alta judicialización de casos. Al respecto, las isapres han alertado que al comenzar a aplicar el nuevo precio GES en enero, sus ingresos caerán un 12% mensual, con lo que no alcanzarán a cubrir los gastos de sus afiliados.
¿Qué medidas ha impulsado el Gobierno por el fallo GES?
El Gobierno ha reafirmado que no quiere dejar caer a las isapres. Ante la quiebra inminente de algunas aseguradores, en una jugada arriesgada el ministro de Hacienda, Mario Marcel, incluyó en la Ley de Reajuste del Sector Público, que incorpora bonos y aguinaldos, una norma para adelantar el alza del Indicador de Costos de la Salud (ICSA), que calcula el valor de una serie de servicios de salud. Esto permitiría a las aseguradoras subir el precio base en 2024 a partir de abril y no de junio, como estaba estipulado inicialmente. La medida, considerada insuficiente por las isapres, fue criticada por los partidos del oficilialismo que la calificaron de “salvataje” a la industria. Sin embargo, el Ejecutivo convenció a gran parte de parlamentarios de su sector (las derechas apoyaron la iniciativa) y se aprobó el martes en la Cámara de Diputados.
Este miércoles, la ministra de Salud ha dicho en el Senado que, si no se aprueba esta norma, cuatro de las siete aseguradoras abiertas (las cerradas dan prestaciones a trabajadores de una determinada empresa o institución), podrían caer “en incumplimiento de sus indicadores” los primeros meses de 2024.
¿Qué viene ahora?
La aprobación del alza del ICSA es solo una solución momentánea para las aseguradoras. Las compañías lograron revertir dos años de pérdidas acumuladas durante la covid19 y, a partir del segundo semestre de este año, ya presentan números azules. Sin embargo, todo indica que su negocio no se sostiene en largo plazo de aplicarse los criterios que la Suprema.
Mientras la iniciativa se discute en el Senado, este miércoles dos aseguradoras, Banmédica y Vida Tres, han anunciado su salida de la Asociación de Isapres. Según un comunicado, es una decisión que “responde a la necesidad de fortalecer de manera enérgica” que la solución planteada por el Gobierno “en ningún caso logra recomponer el déficit que se genera a partir del 1° de enero producto de la aplicación del fallo GES, considerando la realidad de los distintos actores”.
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