Ciudadanos pide al Ayuntamiento la suspensión del concejal Forn
El partido naranja solicita a la Secretaría General que el ex consejero no pueda votar ni cobrar del Consistorio
El grupo municipal de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Barcelona ha solicitado a la Secretaría General del consistorio que haga "efectiva la suspensión" del concejal de Junts per Catalunya, Joaquim Forn, encarcelado preventivamente por su participación en el procés cuando era consejero de Interior. El partido naranja precisa en su solicitud que la suspensión impida que Forn vote o delegue su voto, y también que perciba ingresos del Consistorio.
El Tribunal Supremo permitió al concejal asistir al pleno de constitución del Ayuntamiento y de investidura de la alcaldesa Ada Colau y a realizar los trámites previos, pero no le ha autorizado a participar, este martes, en el pleno que ha aprobado el organigrama del Gobierno municipal y el Ayuntamiento.
En un escrito registrado este martes, el mismo día que se ha aprobado el organigrama municipal en el primer pleno del mandato, la presidenta del grupo municipal, Luz Guilarte, solicita al secretario que la suspensión "se haga extensiva a cuantas facultades, derechos, incluido el derecho de voto, incluso por delegación, y la percepción de derechos económicos, ostente hasta la fecha el señor Forn".
El texto de Ciudadanos recuerda que el 26 de junio de 2018 el Tribunal Supremo "desestimó íntegramente el recurso de apelación presentado por Forn contra el auto de procesamiento por, entre otros delitos, el de rebelión". Además, señala que la desestimación del recurso "implica la firmeza del auto de procesamiento por, entre otros, el delito de rebelión, lo cual implica automáticamente y por efecto de la Ley la suspensión del ejercicio de su condición de regidor, todo ello según lo dispuesto en el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
La carta de Ciudadanos está dirigida al secretario municipal, que tendrá que decidir si pone o no en marcha la suspensión. El Supremo entiende que la aplicación del artículo 384 bis es automática y debe hacerla efectiva el Ayuntamiento, según fuentes judiciales. Así lo hizo también el Congreso de los Diputados para suspender a los cuatro presos preventivos que obtuvieron escaño en la Cámara baja en las elecciones generales del 28 de abril (Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez). En aquella ocasión, el tribunal envió al Congreso un oficio para informar de la situación de los cuatro diputados "a los efectos legales" correspondientes y, tras un informe de los letrados del Congreso, la Mesa de la Cámara decidió suspender de funciones a los cuatro parlamentarios. Esta vez, sin embargo, el Supremo no se ha dirigido al Ayuntamiento. Las fuentes del tribunal consultadas sostienen que no es necesario y que el Consistorio debe apartar a Forn.
La Fiscalía, al contrario de lo que hizo en le caso del Congreso, tampoco ha pedido la aplicación del artículo 384 bis de la Lecrim y fuentes del Ministerio Público señalan que se está estudiando si lo hacen. En aquel caso, además, existía un artículo en el reglamento interno de la Cámara que preveía la suspensión de los diputados encarcelados aunque los letrados optaron por aplicar la Lecrim. El Reglamento Orgánico Municipal (ROM) del Ayuntamiento de Barcelona no contempla ninguna causa de suspensión de los concejales, por lo que la única vía legal para hacerlo sería la ley estatal.
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