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El juez archiva la causa del niño que murió aplastado por un árbol en el Retiro

El tribunal no ve delito en que el Ayuntamiento no desalojase el parque a causa de los fuertes vientos previstos para ese día

Policías y sanitarios, en la zona del accidente en el parque del Retiro.
Policías y sanitarios, en la zona del accidente en el parque del Retiro.Jaime Villanueva

El juez que instruye la causa por la muerte de un niño que murió aplastado tras caerle encima un árbol en el parque del Retiro el pasado 24 de marzo ha decidido archivar el caso. El magistrado ha decretado el sobreseimiento provisional tras no ver indicios de delito en la decisión del Ayuntamiento de Madrid de no cerrar y desalojar el recinto esa jornada ya que, según la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), “los vientos previstos para ese día no tenían la fuerza suficiente para activar la alerta roja, determinante del cierre del parque”.

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El titular del Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, Fernando Fernández Olmedo, dictó el pasado 28 de junio un auto de sobreseimiento, que se ha difundido este miércoles a los medios de comunicación. Según este escrito, el árbol que cayó sobre el niño había sido examinado dos días antes del accidente y en el informe emitido por el Ayuntamiento de Madrid no se aprecian indicios de que hubiera riesgo de caída (abombamientos del terreno, incremento de la inclinación o separación del terreno).

El juez razona en su escrito que, según la Aemet, los vientos no iban a superar los 85 kilómetros por hora, lo que obliga a cerrar el parque por alerta roja, según el protocolo de actuación del Retiro. “En todo caso, se decidió a las 12.56 el desalojo del parque. Y a las 13.20, la Policía Municipal se puso al mando del operativo del desalojo para el cierre del parque, organizando las actuaciones a realizar”, recoge el escrito.

El magistrado recuerda que, pese a que se inició la evacuación del parque y que esta terminó a las 14.55, “aproximadamente a las 13.25 cayó el árbol que provocó el fallecimiento del menor”. El juez mantiene en su auto que no se deduce la existencia de delito a la vista de lo actuado en la fase de instrucción: “No se aprecia la existencia de delito en la caída del árbol, que fue revisado en los días anteriores, ni en el hecho de que no se hubiera producido el desalojo de aquella, pues no concurrían las circunstancias que el protocolo de actuación ante situaciones meteorológicas excepcionalmente adversas determina como precisas para el cierre del parque”. A todo ello añade el magistrado que el desalojo del parque “de manera preventiva” no contradice lo anterior, al no estar exigido por el protocolo.

El auto recuerda a las partes que se puede recurrir en reforma y apelación y que el cierre de la vía penal no cierra las acciones legales en la jurisdicción civil a los perjudicados (en este caso, los padres del menor de cuatro años).

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La madre del menor declaró a este periódico que nadie les había avisado de que tenían que salir del parque por los fuertes vientos. De hecho, su marido, que se había quedado con su hijo mayor, había querido reservar mesa en un restaurante dentro del Retiro justo antes de que el árbol le cayera encima al pequeño. No se la dieron porque tenían casi todas las mesas ya ocupadas y no entraba el carrito de su hija, recién nacida. La mujer se encontraba con su suegra en una peluquería cercana.

El accidente se produjo cuando un pino de grandes dimensiones cayó sobre el menor mientras iba montado en patinete y su padre lo vigilaba a escasos metros. Varias unidades móviles del Samur se desplazaron hasta el lugar de los hechos, pero no pudieron hacer nada. El padre sufrió una crisis de ansiedad y fue trasladado a un hospital debido a varias heridas en la pierna provocadas por el mismo árbol que aplastó a su hijo y que también le alcanzó a él.

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