Sanidad dice que el rito islámico es incompatible con la ley mortuoria
La Comunidad responde a una consulta del Ayuntamiento sobre las normas que se aplican a los ritos funerarios musulmanes
La Consejería de Sanidad afirma que los ritos islámicos de enterramiento no son compatibles con la actual ley mortuoria regional y la normativa europea. Así se lo ha comunicado al Ayuntamiento tras pedirle este información sobre una solicitud previa de información de la Embajada de Emiratos Árabes Unidos. La respuesta del Gobierno llega tras la intención de la alcaldesa, Manuela Carmena, de reservar 10.000 metros cuadrados del Cementerio de Carabanchel para los musulmanes. Según la ley mortuoria madrileña, no se pueden enterrar cuerpos en contacto con la tierra, tal y como piden los musulmanes.
La Comunidad respondió el jueves al Ayuntamiento desgranando las normas que se aplican en la región, que son el Decreto 124/1997 sobre Sanidad Mostuoria de la Comunidad de Madrid, la Ley 8 de junio de 1957 del Registro Civil y el Acuerdo de Estrasburgo sobre traslado de cadáveres de 1992.
La respuesta llega tras la petición de información del pasado 18 de febrero del Ayuntamiento. La Embajada de Emiratos Árabes Unidos se había dirigido a ellos con un documento donde se explicaban los ritos funerarios islámicos. La alcaldesa le preguntó entonces al Gobierno regional si estos eran compatibles con la actual legislación
El texto de la embajada fue redactado por José Luis Llaquet, profesor de la Universidad Loyola Andalucía (Sevilla). En él se desgranan las pretensiones mortuarias de los musulmanes. Llaquet afirma que cuando las legislación no cumple sus expectativas funerarias “se produce una frustración, que podrá ser aceptada pacíficamente o de forma conflictiva” y añade que entre el 90% y el 95% de los musulmanes optan por repatriar su cadáver, entre otras cosas, por la falta de una normativa acorde con sus expectativas.
¿El primer cementerio musulmán de la capital?
Hace un mes trascendió que Manuela Carmena retomaba una vieja aspiración del PSOE, que hace diez años pidió un camposanto para las personas que siguen los preceptos del Corán. Pedro Calvo, entonces concejal de Seguridad y Servicios a la Comunidad, del Partido Popular, anunció la cesión de una parcela de 10.000 metros cuadrados en el Cementerio Sur para la realización exclusiva de enterramientos islámicos. La comunidad musulmana se ocuparía de su conservación, mantenimiento y vigilancia. Sin embargo, el anuncio no prosperó.
Manuela Carmena ha retomado el proyecto reservando 9.500 metros cuadrados del mismo cementerio, pero no los cede, como pedía la comunidad islámica, sino que los presta, siendo el Consistorio el encargado de la gestión de los enterramientos cuando en unos meses la Empresa Mixta de Servicios Funerarios vuelva a sus manos.
El punto de conflicto es la petición musulmana de enterrar los cuerpos sin féretro, en contacto con la tierra. Queda por ver en qué quedan las negociaciones entre el Consistorio y la Comunidad de Madrid, que es la responsable de marcar las normas que se aplican al respecto.
Los ritos que el Islam considera esenciales en los enterramientos son el amortajamiento del cuerpo con una tela delgada de algodón, normalmente blanca, el enterramiento del cadáver sin féretro en una fosa en contacto con la tierra, recostándolo hacia el lado derecho, y con el pecho y el rostro orientados hacia la Meca.
Llaquet sostiene que la praxis islámica rechaza prácticas “obligatorias en Occidente”, como son el tiempo de espera antes de proceder al entierro, que la normativa española marca que sea 24 horas tras la muerte. Sin embargo, los mahometanos sostienen que para ellos debe ser antes, a no ser que lo impidan motivos de fuerza mayor. Tampoco aceptan la incineración de cadáveres, la sepultura junto a fallecidos de otras creencias, el enterramiento en nichos, la erección de tumbas monumentales, las autopsias de cadáveres o el uso de féretros.
El autor recuerda que el punto más conflictivo, el enterramiento sin ataúd, está prohibido en la región. De hecho, el artículo 9 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuaria, de 1974, prohíbe “la conducción, traslado y enterramiento de cadáveres sin el correspondiente féretro (...)”.
Sin embargo, muchos musulmanes, añade el experto, “no ponen obstáculos a lo dispuesto en el artículo 9”. Gran parte acepta que el cuerpo se entierre en un ataúd relleno de tierra, aunque, añade el autor, “las empresas del sector suelen optar por otra fórmula de mejor aceptación, que consiste en elaborar la parte inferior del ataúd, que estará en contacto con la cabeza, con un material endeble que rompen en el momento de enterrar el cadáver, haciendo que la cabeza esté, efectivamente, en contacto con la tierra, aunque dicha solución no garantiza el aislamiento de los restos dentro del féretro”.
El especialista menciona dos excepciones a la norma, la andaluza y la valenciana. En Andalucía en 2007 se adoptó la decisión de eximir el uso de féretro si así se solicita por razones de confesionalidad. En la Comunidad Valenciana, en 2005, se permitieron enterramientos directamente en la tierra si se evitan la salida al exterior de líquidos y se hace un estudio hidrogeológico de la zona. A este respecto, la Comunidad de Madrid esgrime en su respuesta el artículo 13 del Decreto 124/1997 donde se detalla que los féretros deberán estar fabricados con “las especificaciones contenidas en la Norma UNE 11-031-93”, donde indica su estanqueidad.
El texto promovido por la embajada termina así: “Solo cuando desaparezca o se diluya el abismo que creen ver los musulmanes entre el dar al-islam (el territorio del Islam) y el dar al-harb (territorios habitados por infieles) se sentirán plenamente integrados en la casa común de acogida. Mientras tanto, existitán problemas y tensiones por ambas partes —lugareños e inmmigrantes musulmanes—, bien porque no les queremos conceder lo que reclaman, porque ellos no quieren acoger lo que les ofrecemos o porque se quiere entregar o recibir algo en condiciones distintas de las esperadas por la otra parte”. Y añade: “Un elemento para el pleno enraizamiento social está en las pretensiones funerarias de los musulmanes”.
La Comunidad insiste en que no han recibido quejas ni peticiones sobre los entierros de musulmanes tras el cambio habido en el único cementerio musulmán de la comunidad, el de Griñón, que pasó de ser gestionado de forma anárquica a serlo por el Consistorio. Desde entonces, los cuerpos se entierran en ataúdes de zinc estancos, pero con el cuerpo rodeado de tierra y en contacto con ella, como marca la ley islámica.
El Ayuntamiento, por su parte, informa de que su intención es “respetar la diversidad”. Consideran la ampliación de los entierros a la comunidad musulmana como un servicio más de la funeraria. El cambio se hará dentro de unos meses, cuando la Empresa Mixta de Servicios Funerarios vuelva a manos del Consistorio.
Tras recibir la respuesta de la Comunidad, el Ayuntamiento hará un estudio jurídico y, más tarde, una consulta legislativa. “No se tomará una decisión hasta que todos los actores, Ayuntamiento, Comunidad y la comunidad islámica, estén de acuerdo”, dicen.
En España hay 22 cementerios para musulmanes y en la región uno, el de Griñón.
[El informe que el Ayuntamiento de Madrid envió a la Consejería de Sanidad para que aclarase si los ritos de enterramiento islámico se ajustan a la ley mortuoria regional está extraído de un libro escrito con otros autores hace un año por el profesor José Luis Llaquet de Entrambasaguas. No fue redactado a petición de la Embajada de Emiratos Árabes Unidos, tal y como se desprende del intercambio de comunicados entre la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid.
Llaquet ha aclarado hoy que, si bien lo que se explica en la información publicada por EL PAÍS “es correcto”, sus servicios nunca fueron reclamados por la citada embajada. “Pensé que habían sacado la información de algunas conferencias mías antiguas, pero al ver los documentos he comprobado que es de un libro publicado hace un año”.
EL PAÍS ha publicado hoy que el “texto de la embajada fue redactado por Llaquet”, dando a entender que había sido escrito a petición de la delegación árabe. Lo correcto hubiera sido decir que la embajada envió como informe al Ayuntamiento un texto extraído de un libro de Llaquet. El error se produce porque la directora general de Salud Pública del Ayuntamiento escribe en su petición de información a la Comunidad: “Desde la citada embajada nos han remitido el documento que te envío en el que explican los ritos funerarios de la religión islámica”. Y añade: “El informe contiene aspectos de diversa índole (…)” y “ruego me facilites conformidad de las prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos cadavéricos y condiciones de las instalaciones, que se señalan para el rito funerario islámico".]
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