Ibarra nunca quiso investigar a los contribuyentes que incluyó en su lista
El tribunal sitúa en “la lógica de lo razonable” que hubiese un trato de favor
Juan Ramón Ibarra, exjefe de la Inspección Fiscal de Bizkaia, nunca tuvo la pretensión de investigar a las más de 200 personas, tanto físicas como jurídicas, que llegaron a integrar el listado protegido de contribuyentes que elaboró para impedir o dificultar, mediante la traba de un programa informático, que se les realizaran inspecciones tributarias. Este uno de los puntos nucleares de la sentencia del Tribunal Supremo, cuyo fallo avanzó EL PAÍS el martes, que revoca la absolución previa del acusado por la Audiencia vizcaína y le condena a cuatro años y medio de prisión y a pagar una multa de más de 4.500 euros.
Socialistas y PP exigen explicaciones a Bilbao
Más allá de sus consecuencias jurídicas, el fallo del Tribunal Supremo sobre el caso Ibarra conlleva también un importante trasfondo político. Ayer se evidenció con la rápida toma de postura de PSE y PP, que exigieron responsabilidades al diputado general de Bizkaia, José Luis Bilbao. Fuentes de la institución foral, sin embargo, no quisieron pronunciarse sobre la sentencia. "La Justicia actúa y punto", se limitaron a señalar estos medios.
El portavoz socialista en las Juntas Generales de Bizkaia, Iñaki Egaña, consideró que el diputado general debe “abandonar su estrategia de la tinta del calamar” tras las irregularidades del caso Ibarra confirmadas por el Supremo. “Mientras todo el mundo era consciente de lo que había en la actuación del exjefe de Inspección de Hacienda, Bilbao solo se dedicó a arremeter contra la oposición”, recriminó ayer, a través de un comunicado, en referencia a las acusaciones de “infundios” que el máximo responsable de la institución foral aireó tras la absolución de Ibarra.
Egaña recordó cómo la Diputación se retiró voluntariamente del caso y felicitó a la Fiscalía por conseguir que el delito “tenga el castigo que marca la Ley”. “La Diputación llegó incluso a exigirnos que pidiéramos disculpas. ¿Ahora debemos esperar nosotros excusas públicas por parte del Gobierno foral?”, se preguntó.
El PP parece dispuesto a comprobarlo. Su portavoz en las Juntas, Esther Martínez, tiene previsto presentar en las próximas horas una pregunta para su respuesta en el pleno de este mes, con la que espera saber si Bilbao pedirá “excusas públicas” por haber retirado de la causa la acusación foral. Además, cuestionará qué tipo de acciones va a ejercitar la institución foral “en defensa de los intereses de Bizkaia”. “La línea que separa la irresponsabilidad de la incompetencia es muy fina y Bilbao quizá la está traspasando”, manifestó a EL PAÍS.
Al igual que en la Diputación, desde el PNV rehusaron pronunciarse sobre el fallo del Supremo. El líder nacionalista, Iñigo Urkullu, sí había reconocido su “felicidad” tras la absolución previa de Ibarra.
Tomando como punto de partida el propio relato de hechos probados que hizo el fallo de la Audiencia de Bizkaia, el Supremo considera ahora, en cambio, que Ibarra cometió un delito continuado de falsedad documental, al impulsar la citada lista protegida “con el conocimiento y la voluntad de que trastocaba la realidad y convertía en veraz lo que no era”. “Aparentaba en el programa informático de la Hacienda foral que estaba investigando a una serie de contribuyentes cuando era consciente de que no los estaba investigando ni proyectaba tampoco hacerlo”, prosigue la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro.
La condena a Ibarra supone un caso “extraordinario”, según aseguran fuentes jurídicas, ya que las causas de revocación “son muy restringidas”.
La sentencia ha estimado el recurso presentado por la Fiscalía vizcaína, que incidía en la comisión de un delito de falsedad documental por el acusado, quien fue responsable de la Inspección fiscal entre 1989 y 2004.
El alto tribunal enmienda al territorial al señalar que la traba informática que dificultaba el acceso a la información de las personas protegidas pudo provocar que los funcionarios de Hacienda, “en buena lógica”, ni siquiera intentaran gestionar el caso del contribuyente que figuraban en la lista.
El Supremo va incluso más allá al ubicar “en la lógica de lo razonable” el argumento del Ministerio Público de que Ibarra pretendía “darle un trato de favor a los integrantes del listado informático”. Tampoco comparte con la Audiencia la justificación exculpatoria de que la citada lista no afectaba a las relaciones jurídicas entre la Hacienda foral y los administrados, al entender que el hecho de que algunas personas quedaran sin inspeccionar conllevaba un perjuicio directo para los ciudadanos que sí abonaban sus impuestos. “No es preciso entrar a dilucidar si concurría o no un ánimo de favorecimiento de ciertos contribuyentes por parte del acusado”, sostiene el fallo, en el que se concreta que “ese ánimo específico sería necesario constatarlo para la aplicación de otros tipos penales, pero no para el delito de falsedad”.
La condena a Ibarra supone un espaldarazo para la fiscal jefe de Bizkaia, Carmen Adán, quien se quedó como única acusación tras retirarse del caso la Diputación en 2010, siete años después de iniciarse el caso y meses antes de que se celebrara la vista oral en la Audiencia vizcaína.
La defensa anuncia que recurrirá la decisión ante el Constitucional
El Supremo descarta, sin embargo, el delito continuado de prevaricación que la fiscal también imputó al acusado. Entiende en este sentido que la orden que Ibarra dio a una subordinada para confeccionar el polémico listado puede considerarse un acto administrativo, pero no tiene la condición ni la naturaleza de una resolución administrativa, un “requisito objetivo que no concurre en este caso”.
La sentencia solo es recurrible ya ante el Tribunal Constitucional. La defensa de Ibarra anunció ayer que lo hará.
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