Yelp deberá identificar a los autores de críticas negativas
Un Juzgado de Virginia señala que la libertad de expresión no protege comentarios difamatorios anónimos

Sitios como Yelp o TripAdvisor viven de publicar comentarios sobre servicios, tiendas, restaurantes, hoteles o casa rurales. Esos comentarios luego salen rebotados en otros sitios, incluso por Google cuando se busca por el nombre de la empresa. El impacto negativo o positivo puede catapultar o destruir el negocio.
Es lo que le ha ocurrido a Joe Hadeed, propietario de una tienda de tintorería de Virginia (EE UU), que en 2012 cosechaó en el sitio Yelp, muy popular en Estados Unidos, siete críticas negativas sobre su servicio de limpieza de alfombras. Por los detalles de lo expuesto, Hadeed sostiene que esas críticas no fueron escritas por un cliente suyo y por eso pidió a Yelp que revelara la identidad de los autores para demandarles por difamación. Yelp no le hizo caso, pero los juzgados de Virginia, dos años después, sí. Han ordenado a la web que revele la identidad de esos 7 autores.
El Tribunal de Virginia -que aprobó el falló por 2 a 1- deja claro claro que las críticas de Yelp tienen derecho a la protección de la Primera Enmienda sobre libertad de expresión, ya que es la opinión de una persona sobre un negocio. "Los consumidores tienen derecho a expresarse anónimamente y sin temor a ser identificados porque otra persona no esté de acuerdo con ellos; sin embargo, si el autor no es cliente, su crítica no es una opinión sobre un servicio, sino que la crítica se basa en una falsedad. En estas circunstancias, el crítico no tendría derecho al anonimato".
El juez se ha guíado por los indicios que ha aportado Hadeed para sospechar que esas críticas no proceden de clientes, aunque según la defensa de Yelp no había pruebas irrefutables. Para ésta, decisiones como la del juez Petty, que no es la primera que se da en Virginia, limitan la libertad de expresión de comentarios sobre los servicios que la gente utiliza.
"El derecho a la protección a la reputación es superior al derecho a la protección de declaraciones difamatorias anónimas", ha dicho el juez Petty. "La libertad de expresión no es un derecho absoluto".
El pasado año, Jane Perez publicó en Yelp, un comentario crítico contra un servicios de obra a domicilio, también en Virginia, hablando de su mal trabajo y de la desaparición de joyas. Como la policía no pudo probar tal robo, un juez condenó a Perez a 750.000 dólares y a Yelp a retirar el comentario.
Yelp, como TripAdvisor y otros muchos sitios de críticas, permite publicar comentarios anónimos o con pseudónimos sobre las empresas locales, aunque advierte a los firmantes sobre su política de veracidad de datos. Desde que comenzó Yelp, en 2004, se han publcado 47 millones de reseñas.
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