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Llamar “salchicha” a un alimento vegetariano no es publicidad engañosa

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió este viernes que los alimentos hechos a base de proteínas vegetales pueden utilizar términos tradicionales de la industria cárnica

Salchichas veganas en el mostrador de un local, en Berlín.
Salchichas veganas en el mostrador de un local, en Berlín.Steffi Loos (Getty Images)

Las salchichas de soja, los filetes de seitán y las albóndigas de quinoa conservarán sus nombres. Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) este viernes. En concreto, los países europeos no podrán prohibir el uso de términos tradicionalmente asociados a la carnicería o la charcutería para designar alimentos producidos a base de proteínas vegetales. Según el comunicado emitido desde Luxemburgo, la información ofrecida en el etiquetado de estos productos “protege de modo suficiente a los consumidores”, incluso cuando haya una “sustitución total del único componente o ingrediente” que los diferencia de uno hecho a base de proteína animal. La resolución, dictada en un pleito que tuvo su origen en Francia, aplica para todos los países de la Unión Europea.

El debate en torno a la nomenclatura de estos productos comenzó en abril del 2018, cuando un grupo de diputados franceses liderados por Jean Baptiste Moreau resolvió prohibir el uso de términos como “bistec” o “salchicha” en productos vegetarianos y veganos. El Consejo de Estado francés llevó la batalla semántica todavía más lejos en septiembre del 2023, argumentando que el primer texto no era lo suficientemente preciso. El nuevo decreto contenía un total de veintiún términos. La regulación se proponía proteger a los consumidores del uso de publicidad engañosa.

Ante la reclamación de asociaciones vegetarianas, el Consejo solicitó al TJUE que especifique si el decreto era compatible con la legislación comunitaria. Esta mañana el tribunal les ha dado la razón a las agrupaciones vegetarianas, señalando que el Derecho de la Unión ofrece suficientes protecciones y garantías a los consumidores.

Javier Fernández, fundador de Hello Plants Foods, explica que “la confusión no tiene cabida porque la información está al alcance de cualquiera”. El español, creador de Fuah! (versión vegana del foie gras tradicional), dice que las tendencias de consumo han cambiado y que la asociación a un nombre de un producto que los consumidores ya conocen no confunde, todo lo contrario. “Ayuda a entender que es una alternativa vegetal”, asegura. Y concluye: “Cambiar el nombre para alejarlo completamente de su inspiración sería confuso para los consumidores”.

Dado que la sentencia es una respuesta a una consulta de un tribunal francés, la responsabilidad de resolver el caso sigue siendo de este último. El TJUE simplemente aclara una cuestión jurídica, señalando cuál es la interpretación correcta dentro del derecho comunitario. El Estado francés podría actuar en contra de esta interpretación si tuviera una denominación jurídica específica para ciertos términos. Esto es, si hubiera una norma legal específica. En su ausencia, tendrán que aplicar el criterio de la sentencia del TJUE.

La regulación de los nombres en España

La sentencia llega a España apenas quince días después de que el Partido Socialista presentara una proposición no de ley para combatir la publicidad engañosa de productos veganos presentados como productos cárnicos. Según la iniciativa de los socialistas “los productos veganos y vegetarianos poseen unas características y valores nutricionales muy diferentes a los de origen cárnico”. Estas diferencias, sostienen, puede suponer una confusión respecto a la “verdadera naturaleza” de los alimentos. La nueva sentencia invalida estos argumentos.

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