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Discapacidad
Tribuna
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Mucho más que eliminar una palabra

La reforma del artículo 49 de la Constitución es histórica, una cuestión de dignidad. Las personas con discapacidad no somos ciudadanía de segunda

Discapacidad
Una persona en silla de ruedas, el pasado 16 de enero de 2023, en una imagen de archivo.GOBIERNO DE CANTABRIA (GOBIERNO DE CANTABRIA)

La reforma del artículo 49 de la Constitución acaba de superar el trámite parlamentario del Senado, casi por unanimidad, lo cual es de aplaudir, especialmente en estos tiempos políticos tan complejos, donde alcanzar un acuerdo parece imposible. Solo los tres senadores de Vox han votado en contra.

Se trata de una reforma que es mucho más que eliminar una palabra y cambiarla por otra. Es un acto de coherencia y un cambio de mirada hacia las personas con discapacidad.

Es un acto de coherencia porque España por fin ha adaptado el ya famoso artículo 49 de la Constitución a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, un tratado internacional que España firmó y ratificó en 2007 y entró en vigor el año siguiente. Las personas con discapacidad hemos tenido que esperar 16 años desde la firma de este tratado y prácticamente dos décadas desde que el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) solicitara este cambio para ver materializada esta reivindicación.

No tenía ningún sentido que habiendo firmado dicha convención, España aún mantuviera en su Ley Fundamental que las personas con discapacidad éramos “disminuidos físicos y psíquicos” que necesitábamos “tratamiento” y “rehabilitación”. Tratamiento necesitan las enfermedades, rehabilitación las lesiones, y ambas pueden ser discapacitantes. Pero la discapacidad no es una patología, no se sufre ni se padece, se tiene, y esa condición, por la que sistémica y sistemáticamente somos discriminadas las personas que las tenemos, no es excusa para negarnos nuestros derechos.

Por eso es tan importante esta reforma, no solo porque es la primera reforma social de la Constitución y la primera que emana de la sociedad civil. No es un mero cambio de palabras. Cambiar ese artículo era necesario porque las personas con discapacidad y nuestras familias hemos superado con creces su visión, prácticamente asistencial. Cambiar ese artículo era necesario para comenzar a garantizar de manera real y efectiva nuestros derechos, y eso pasa por la accesibilidad.

El nuevo artículo 49 establece, entre otras cosas, que los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Y de esta forma, se reconoce nuestro derecho a la accesibilidad, algo fundamental para nuestra inclusión, según la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Porque sin accesibilidad no hay inclusión y sin inclusión no podemos ser ciudadanía de pleno derecho.

Sin accesibilidad no podemos participar en la sociedad, no podemos interactuar con el resto, y, por tanto, no se nos ve, la discapacidad se esconde, condenándonos al aislamiento, a la exclusión. ¿Cuántas personas con discapacidad van a la universidad?, por ejemplo. El 7,1% frente al 18,7% de las personas sin discapacidad, según datos de Odismet. El resto no alcanzará estudios superiores muy probablemente porque no pudieron acceder a una educación secundaria o a un bachiller por falta de accesibilidad del centro escolar, por falta de material adaptado, por falta de personal o de medios. Y aun habiendo logrado llegar hasta la universidad, seguramente muchas de estas personas tuvieron que elegir otra carrera por las mismas razones. Y aún terminando la carrera, muchas de estas personas no podrán tener una brillante trayectoria profesional porque los puestos para los que están preparados no están adaptados. Y al revés. Muchas empresas no encuentran perfiles de personas con discapacidad cualificados porque estas no han podido formarse. La pescadilla que se muerde la cola.

La accesibilidad no hace que la discapacidad desaparezca, pero la visibiliza, la normaliza y, sobre todo, nos hace más libres y más autónomos a quienes la tenemos. Y ahora es un derecho recogido en nuestra Constitución.

Por esto es tan importante esta reforma. Pero también porque hace mención expresa a la vulnerabilidad de las mujeres y menores con discapacidad. El 14,3% de las mujeres con discapacidad víctimas de violencia sexual asegura que aquella es consecuencia de esta, porcentaje que asciende al 23,4% si hablamos también de violencia física, según datos de la macroencuesta sobre violencia contra la mujer de 2019. Por cierto, la primera encuesta oficial que recogió este tipo de datos específicos.

Además, la citada macroencuesta señala que el 20,7% de las mujeres con discapacidad acreditada ha sufrido violencia física o sexual de alguna pareja frente al 13,8% de las mujeres sin discapacidad acreditada. Y de forma más violenta.

No hablemos ya de la exclusión social de las mujeres con discapacidad en el ámbito rural, donde muchas son desahuciadas y destinadas a ser sirvientas de sus familias 24/7 porque para eso sí son útiles. O de la brecha salarial, o del techo, no ya de cristal, de hormigón, que nos impide avanzar profesionalmente. Y lo mismo los menores con discapacidad, muchos de los cuales no pueden acceder a la escuela más cercana a su casa porque no es accesible ni tiene personal preparado para formarle.

Por todas estas razones y muchas más, esta reforma es histórica. Porque las personas con discapacidad no somos ciudadanía de segunda. Esta reforma supone darnos el lugar que merecemos en la sociedad, un sitio que nadie nos ha regalado y que nos hemos ganado a pulso. Es una cuestión de dignidad.

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