Una familia recibirá casi seis millones por las secuelas de un parto del que se ausentó el ginecólogo
La Audiencia de Madrid considera que la “actuación negligente” del equipo médico privado que atendió a la madre causó parálisis cerebral al hijo
La llegada de Sergio a este mundo no fue como Elisabeth y Francisco Javier habían soñado. Padres primerizos, ella bastante dolorida por una gestación que ya superaba las 41 semanas, la pareja acudió al hospital privado Nuevo Belén (Madrid). Era el 23 de mayo de 2015 y la fecha para provocar el parto había sido elegida por el ginecólogo Luis Cruz González-Hermida para hacerla coincidir con una de sus guardias en el centro sanitario. “Nos dijo que fuéramos ese día por la noche y que así ya estaría todo resuelto por la mañana”, recuerda esta profesora de inglés en un colegio bilingüe de Alcalá de Henares (Madrid). Entonces tenía 33 años.
El parto, sin embargo, se alargó. “El médico pasó a verme por la mañana y nos dijo que todo iba bien, pero despacio. Y desapareció. Luego empezaron los problemas. Preguntamos varias veces por él, pero nos decían que estaba en otras consultas o atendiendo urgencias. Ya no le vimos otra vez hasta la noche, cuando yo ya estaba en el quirófano y entró corriendo. Me dijo que venía del cumpleaños de su hijo y que no había tenido tiempo ni de ver cómo soplaba las velas. Esto se me quedó grabado. Mi hijo nació con secuelas irreversibles. Nunca podrá hablar ni caminar”, explica Elisabeth con la voz quebrada.
Sergio, que hoy tiene ocho años, no puede mover ninguna de sus extremidades de forma autónoma. Tiene parálisis cerebral, un severo retraso madurativo y epilepsia causados por la hipoxia (falta de oxígeno) que sufrió durante el parto. La causa fue la “actuación negligente” del facultativo y la matrona que, en su ausencia, quedó al cargo de Elisabeth. Así lo recoge la sentencia dictada el pasado 13 de junio por la Audiencia Provincial Civil de Madrid. Según el tribunal, la asistencia recibida por la familia se alejó de la buena práctica médica al “no extremar [los sanitarios] las medidas adecuadas para comprobar el bienestar fetal”, lo que impidió detectar las señales “indicadoras de malestar, que desde su aparición hasta la extracción final del feto con cesárea se prolongaron de forma excesiva en el tiempo”. La sentencia no entra a valorar el impacto que tuvo en la asistencia médica la ausencia durante gran parte del día del ginecólogo, aunque sí considera probado que esta fue en su conjunto deficiente.
Los magistrados reconocen a la familia el derecho a ser indemnizada con 3,22 millones de euros, a los que hay que sumar a día de hoy otros 2,59 millones por intereses de demora, hasta un total de 5.811.391 euros. Es una de las mayores indemnizaciones decretadas por la Justicia española hasta la fecha por una negligencia médica. La aseguradora SegurCaixa Adeslas, a la que Elisabeth se había acogido dentro de MUFACE —mutualidad que permite a los funcionarios elegir si quieren ser atendidos en la sanidad pública o privada—, es la que deberá hacerse cargo de la indemnización.
El abogado de la familia, Rafael Martín Bueno, destaca la deficiente asistencia recibida por su cliente. “Hay un momento, en la mañana del 24 de mayo, en el que empiezan las complicaciones del parto, que se irán sucediendo durante la tarde. Pero el ginecólogo no está y la matrona que atiende a Elisabeth no puede detectar el sufrimiento fetal ni adelantar la cesárea. No es de recibo que una paciente que va durante todo el embarazo a un ginecólogo y confía en él, luego descubra que a la hora de la verdad no estará presente cuando lo necesita. Esto es algo que a veces sucede en la sanidad privada, donde todo el proceso tiende a concentrarse en un solo facultativo que, lógicamente, no puede estar disponible las 24 horas del día todos los días del año”, critica el letrado.
La compañía aseguradora y el ginecólogo han declinado ofrecer su versión a EL PAÍS. Un portavoz del hospital Nuevo Belén, especializado en Ginecología y Obstetricia, destaca por su parte que el centro cuenta con “todos los medios para prestar la mejor calidad asistencial”.
Según la reconstrucción de los hechos expuesta en la demanda, el embarazo había transcurrido de “forma controlada y sin patologías significativas”. La pareja llegó al centro sanitario a las 20.17 del 23 de mayo de 2015, cuando habían transcurrido 41 semanas y dos días de gestación. Media hora más tarde, Elisabeth queda ingresada en “la planta de ginecología, con 1 centímetro de dilatación y buen estado del feto”.
A las 3.24 de la madrugada del 24 de mayo se “inicia la inducción [del parto] con Propess”, un fármaco indicado con este motivo. A las 6.30 la dilatación ya es de 2 centímetros y el líquido amniótico está claro, señal de que todo marcha bien, según anota el personal que atiende a Elisabeth.
La primera señal preocupante se produce a las 10.35, cuando se produce “un incremento de la variabilidad, superior a 25 latidos por minuto” en el corazón del feto. Esto, según la demanda, “estaría sugiriendo una compresión del cordón umbilical y, por tanto, un signo precoz de hipoxia leve fetal, como refiere la literatura médica”. “Así ocurrió en nuestro caso, al objetivarse [horas más tarde] durante la cesárea el feto con bandolera de cordón”, sigue el documento.
A la una de la tarde el líquido amniótico presenta “meconio” —primeras heces del bebé, que suponen un riesgo si este las aspira—. “Esto debe considerarse inicialmente como un signo alerta de compromiso fetal. Sin que conste, tampoco, en esta ocasión, la llamada de la matrona al obstetra, a fin de que valorase los hallazgos detectados”, sigue la demanda.
El estado del bebé se deteriora a las 19.34, cuando sufre una primera bradicardia —caída de la frecuencia cardiaca— que dura 10 minutos. Según las guías clínicas de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), si uno de estos episodios dura más de tres minutos es necesario “confirmar el bienestar fetal” o, en su defecto, indicar “la extracción urgente” del bebé mediante cesárea.
Sin cesárea pese a las bradicardias
Ninguna de estas dos cosas se hizo, aunque la matrona sí avisa en esos momentos “al médico de guardia [del hospital] y al ginecólogo privado de la paciente, Dr. Cruz”, que llegará al hospital durante algún momento en los minutos siguientes. A las 19.50, Elisabeth es trasladada al quirófano para realizarle una “prueba de parto”, pero los acontecimientos se precipitan a las 20.28, cuando el bebé sufre una nueva bradicardia pese a lo cual la cesárea no se le indica hasta 17 minutos más tarde.
Sergio nació finalmente a las 21.05 del 24 de mayo en un delicado estado de salud, “sin esfuerzo respiratorio, sin tono muscular, con coloración pálida y sin reacción a estímulos, precisando intubación e ingreso inmediato en la UCI neonatal por sospecha de asfixia perinatal”. Durante las siguientes horas, el recién nacido sufrió convulsiones y otras complicaciones que, junto a la hipoxia sufrida durante el parto, le “causaron graves afectaciones neurológicas”, según los documentos del proceso judicial.
La familia se muestra “muy satisfecha” con la sentencia tras sufrir un varapalo en primera instancia, donde la juez que vio el caso consideró que este había prescrito, algo que la Audiencia de Madrid ahora rechaza. El nuevo fallo puede ser recurrido al Tribunal Supremo por ambas partes.
“Este dinero nos permitirá satisfacer las necesidades de Sergio. Ahora vivimos en un piso no adaptado y tenemos un coche que tampoco lo está. No podemos mover bien su silla de ruedas por casa. Tenemos que cargar con él en brazos cada vez que vamos a la escuela o a las terapias que necesita. Hasta hora hemos podido ir tirando gracias a mi reducción de jornada y la ayuda de mis padres. Pero cada vez está más mayor. Es un niño muy sensible y listo, se da cuenta de todo. Y se pone triste cuando nos ve preocupados por algo que no podemos hacer o adonde no llegamos. Ahora, por fin, podrá desarrollarse con todo su potencial”, concluye satisfecha Elisabeth.
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