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Claves de la reforma de la ley del aborto

El Congreso ha votado este jueves el último cambio de una normativa a la que el PP presentó un recurso de inconstitucionalidad que el Tribunal Constitucional rechazó la pasada semana, después de 13 años

Derecho al aborto
Manifestación a favor del derecho al aborto en Madrid, en septiembre de 2019.David Fernández (EFE)
Isabel Valdés

El Gobierno de coalición tenía como objetivo tener aprobada le reforma de la ley del aborto antes de que acabara la legislatura. Este jueves, esa modificación de la norma ha tenido su última votación en el Congreso: aprobada por 185 votos a favor y 154 en contra. Ha ocurrido justo una semana después de que el Tribunal Constitucional rechazara el recurso de inconstitucionalidad que presentó el Partido Popular hace 13 años contra la ley de plazos vigente desde 2010.

El objetivo de esta nueva reforma es garantizar el derecho al aborto en los hospitales públicos, es decir, que las comunidades autónomas organicen sus recursos para que todas las mujeres puedan interrumpir su embarazo en un centro público, al menos en las capitales de provincia. Consagra el derecho de las jóvenes de 16 y 17 años a decidir la interrupción del embarazo sin tener que contar con la autorización de sus padres (un elemento que introdujo el Gobierno del PP en 2015), elimina la obligatoriedad de proporcionar previamente a la embarazada información sobre ayudas a la maternidad y suprime los tres días de reflexión que hasta ahora eran preceptivos.

Pero la ley va más allá e incluye por primera vez en la normativa la menstruación, con bajas de hasta cinco días para reglas dolorosas, que pueden llevar incluso a la incapacidad temporal, así como un permiso retribuido en el último mes de gestación. A continuación, un resumen de las claves de la norma:

Interrupción voluntaria del embarazo

La normativa mantiene los plazos, vigentes desde 2010. Es decir, que el aborto es libre hasta la semana 14 de gestación y, a partir de ahí y hasta la semana 21, podrá realizarse lo que se conoce como un aborto terapéutico, es decir, una interrupción por causas médicas, como malformación del feto o peligro para la vida de la madre. Además, recoge otras cuestiones:

Salud menstrual

El documento recoge la salud menstrual como parte del derecho a la salud, que debe ser igualitaria para todas en todos los niveles sanitarios y sin distinción en función del lugar de residencia; y especifica que se combatirán los estereotipos y mitos sobre la regla que aún existen y que dificultan la vida de las mujeres. Quedó finalmente fuera del borrador, por negociaciones dentro del Gobierno, la prevista eliminación o reducción del IVA para los productos específicos de la higiene femenina, aunque el Ejecutivo indicó su propósito de incorporarla a la ley de Presupuestos Generales. Estos son algunos de los artículos dentro del ámbito de la salud menstrual en el borrador de la ley del aborto:

Salud reproductiva

Salud sexual

Vientres de alquiler

El borrador de la nueva norma alude a los vientres de alquiler como una de las formas de violencia contra la mujer. En este apartado quedó fuera la posible persecución de las parejas que quisieran alquilar vientres fuera de España. El Ministerio de Igualdad proponía que la jurisdicción del artículo 221 del Código Penal, que permite perseguir la gestación por sustitución en España, fuera también válida en el extranjero, pero esto, que depende de una modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y, por tanto, del Ministerio de Justicia, no fue un cambio sobre el que ambos ministerios lograron un acuerdo. ¿Qué sí quedó dentro?

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Sobre la firma

Isabel Valdés
Corresponsal de género de EL PAÍS, antes pasó por Sanidad en Madrid, donde cubrió la pandemia. Está especializada en feminismo y violencia sexual y escribió 'Violadas o muertas', sobre el caso de La Manada y el movimiento feminista. Es licenciada en Periodismo por la Complutense y Máster de Periodismo UAM-EL PAÍS. Su segundo apellido es Aragonés.

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