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La fase 3 recupera la barra del bar y las actividades al aire libre con monitores para niños

El ‘Boletín Oficial del Estado’ flexibiliza las condiciones para esta nueva etapa: se eliminan las franjas horarias para mayores y se permiten reuniones de 20 personas

Aspecto que ofrece una terraza de Barcelona en la fase 1 del desconfinamiento.
Aspecto que ofrece una terraza de Barcelona en la fase 1 del desconfinamiento.MASSIMILIANO MINOCRI
El País

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La fase 3 de desescalada llega el lunes a las islas de El Hierro, La Gomera, La Graciosa y Formentera y el Boletín Oficial del Estado publica este sábado la orden ministerial que regula las condiciones en que deberá avanzarse en la desescalada. Esta nueva etapa se abre al verano: aumenta la capacidad de las terrazas al 75% y se permiten actividades infantiles al aire libre con monitores (con aforo limitado, eso sí). También podrá reanudarse la actividad en la barra de los bares, guardando una distancia de seguridad de dos metros entre clientes o grupos de clientes. Las discotecas, sin embargo, permanecerán cerradas, pese a que inicialmente se había previsto que abrieran en esta fase. Podrá haber reuniones de hasta 20 personas, frente a las 15 permitidas en la fase 2. También estará permitida la reapertura de los casinos, locales de apuestas o los bingos, con un aforo limitado del 50% y siempre que los clientes no superen las 50 personas. Además, se eliminan definitivamente las franjas horarias, que en la fase dos solo permanecían vigentes para los paseos de personas mayores.

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As four of Spain’s areas move to Phase 3, what will change on Monday?

Sin franjas para mayores

Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial, salvo excepciones por motivos sanitarios, laborales, de retorno a residencia familiar, cuidado de mayores o dependientes y causa de fuerza mayor. Hasta la fase 2, las franjas horarias para paseos solo se mantenían para los mayores. Ahora se suprimen, aunque se especifica que en el caso de contacto con personas vulnerables a la covid-19 se tienen que extremar las medidas de seguridad e higiene. Podrá haber reuniones de grupos de hasta 20 personas (en la fase 2, el máximo estaba en 15).

Lugares de culto

Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% del aforo (en la fase 2 el límite estaba en el 50%), que deberá publicarse en un lugar visible, y tendrán que respetarse las mismas normas de higiene y seguridad que en fases anteriores. En velatorios, el límite máximo será de 25 personas en espacios cerrados y 50 al aire libre. La comitiva del entierro o despedida para la cremación será de un máximo de 50 personas entre familiares y allegados. En cuanto a bodas, podrán realizarse ceremonias siempre que no se supera el 75% del aforo, y con un máximo de 150 asistentes en las que sean al aire libre y 75 en espacios cerrados.

Restauración

Se podrá volver a tomar algo en la barra del bar, cuando los clientes o grupos de clientes guarden una distancia de dos metros entre unos y otros. Podrán abrir los restaurantes para consumo dentro del local, siempre que no se supere el 50% del aforo. Se preveía que en la fase 3 pudieran abrir discotecas, pero la orden ministerial deja claro que continuarán cerradas en esta etapa, así como los bares de ocio nocturno. Las mesas, preferiblemente con reserva previa, deberán mantener una distancia de dos metros unas de otras. El aforo permitido en las terrazas aumentará hasta el 75% (hasta esta fase era del 50%).

Hoteles

Podrán abrir las zonas comunes de los hoteles, siempre que no se supere el aforo del 50%. Las actividades grupales de animación deberán planificarse con un máximo de 20 personas.

Tiendas y centros comerciales

Pueden abrir todas las tiendas, con independencia de su tamaño, con una limitación de su aforo al 50%. Cuando no se pueda guardar la distancia de seguridad, los clientes solo podrán entrar de uno en uno al local. Se debe establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. Los mercadillos al aire libre podrán abrir con la mitad de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes para garantizar la distancia de dos metros.

También podrán abrir los centros comerciales, incluyendo las zonas comunes de los mismos, si limitan el aforo en estas últimas al 40% y en el interior de los locales al 50%. Se insiste en las medidas de seguridad e higiene y se establece que para garantizar las medidas de limpieza, a lo largo de la jornada y preferentemente a mediodía, se puede habilitar una pausa para tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. Se permiten rebajas y promociones, pero evitando aglomeraciones. Las zonas infantiles o recreativas, de descanso o ludotecas también deberán garantizar una distancia interpersonal de dos metros.

Teletrabajo

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. Las empresas podrán elaborar protocolos de reincorporación presencial a la actividad laboral, que deberán tener en cuenta las medidas de seguridad y un horario escalonado para el personal, siempre que sea posible, así como la conciliación de la vida laboral y familiar. El fichaje con huella dactilar será sustituido por otro sistema de control horario, o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso. Los centros harán ajustes en la organización horaria para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas durante las franjas de máxima afluencia o concentración.

Cultura

Se podrán realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado. En las bibliotecas se permitirá el estudio en sala, respetando este mismo aforo. Las visitas podrán ser de grupos de hasta 20 personas, siempre que se mantenga la distancia de seguridad interpersonal de dos metros.

Los teatros, cines, circos y auditorios podrán abrir, con butacas preasignadas, y sin superar la mitad del aforo autorizado en cada sala. En caso de espectáculos culturales celebrados en otros espacios, en lugares cerrados se respetará el 50% del aforo con un máximo de 80 personas. Al aire libre, el público debe permanecer sentado, guardando la distancia necesaria, y no podrá superarse el 50% del aforo ni reunir a más de 800 personas.

Deporte

Se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas. Consistirá en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como en la realización de entrenamientos tácticos en pequeños grupos de varios deportistas hasta un máximo de 20, manteniendo la distancia de seguridad y evitando en todo caso el contacto físico. También se podrán celebrar espectáculos y actividades deportivas. El entrenamiento será siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 50% de la capacidad que para deportistas tenga la instalación, y a las sesiones no podrán asistir los medios de comunicación.

En instalaciones deportivas tanto al aire libre como en espacios cerrados se podrá realizar actividad en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico, y siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido. No será necesaria la cita previa y podrán usarse los vestuarios y duchas.

Turismo activo y de naturaleza, congresos y casinos

Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de 30 personas. Los guías turísticos podrán trabajar con grupos de hasta 20 personas, evitando aglomeraciones y sin suministrar audioguías o folletos. Podrán abrir al público centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios cuando el aforo se limite al 50%, siendo de un tercio en las atracciones y lugares cerrados. Los congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias podrán realizarse con un límite de 80 asistentes. También podrán reabrir los casinos, salones de juego o locales de apuestas, con un aforo máximo del 50% y siempre que en el interior del local no haya más de 50 personas, incluyendo trabajadores.

Actividades de tiempo libre para niños y jóvenes

Cuando sean al aire libre, el número de participantes será del 50% de la capacidad máxima habitual de la actividad, con un máximo de 200 personas, incluidos los monitores. Si se celebran en un espacio cerrado, el aforo será de un tercio de la capacidad máxima habitual y con un límite de 80 participantes, incluyendo también a los monitores. Durante las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 10 personas, incluido el monitor. En la medida de lo posible, las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos.

Cambios en las fases 1 y 2

En la orden ministerial publicada este sábado también se publican modificaciones de las condiciones de confinamiento en las fases 1 y 2. Las más relevantes, relativas al deporte.

En la fase 1, permite que se abran las piscinas para uso deportivo, con un aforo del 30%, y solo con un nadador por calle. Para poder ir a nadar habrá que pedir cita previa. La práctica deportiva será individual o de dos personas, en caso de que la práctica así modalidad así lo requiera, siempre sin contacto físico y la distancia de seguridad.

También se permite el entrenamiento total en las ligas profesionales, es decir, el desarrollo de tareas dirigidas a la fase previa de la competición, lo cual incluye trabajos tácticos que incluyan acciones conjuntas en grupos de varios deportistas hasta un máximo de 14 personas. A las sesiones no podrán acudir medios de comunicación.

Se podrá reanudar la competición de la las Ligas profesionales, a puerta cerrada y sin público, y siempre que la evolución de la situación sanitaria lo permita. En este caso sí podrán entrar los medios, para retransmitir los partidos.

Además, los locales de espectáculos facilitarán la agrupación de convivientes, que deberán mantener la distancia de seguridad con el resto de espectadores.

La orden también introduce modificaciones en la fase 2. Una vez transcurrida la primera semana de entrenamiento de carácter total, podrá ampliarse el número de participantes de acuerdo con las necesidades requeridas.

En las instalaciones deportivas cubiertas se permitirá el deporte individual o de prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas en el caso de modalidad del deporte sea individual, pero recoge también la posibilidad de que puedan practicar deportes juntas dos parejas, en caso de que la modalidad deportiva así lo requiera.

Además, en piscinas, siempre con uso deportivo y respetando el aforo del 30%, se elimina la restricción de un nadador por calle. Se establece que deberá habilitarse un sistema de acceso y control que evite la acumulación de personas.

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