La Audiencia Nacional anula los estatutos del sindicato de prostitutas
La justicia considera que es inadmisible que la prostitución sea objeto de un contrato de trabajo válido
La Audiencia Nacional ha vetado este miércoles las aspiraciones del sindicato de prostitución OTRAS, al considerar inadmisible que esa actividad sea objeto de contrato de trabajo válido y ha anulado sus estatutos en lo que constituye un fuerte golpe al proxenetismo y un paso más hacia la abolición de una actividad que explota a las mujeres.
La agrupación fue registrada en el Ministerio de Trabajo en agosto, lo que costó el puesto a la directora general de Trabajo Concepción Pascual, nombrada por un Gobierno abiertamente abolicionista con la prostitución. En el revuelo desatado, el presidente Pedro Sánchez anunció una ley contra la trata y la explotación sexual. El PSOE busca el modelo sueco, que considera el sexo de pago un atentado contra la mujer y castiga al cliente.
La constitución del sindicato, fuente de una intensa polémica, acabó en los tribunales. Ahora la justicia ha dado la razón a dos asociaciones de mujeres que demandaban la anulación de sus estatutos, y al fiscal, que argumentó que dicha agrupación, de carácter estatal, es “una vía para legalizar la prostitución”.
“No resulta admisible que el ámbito de actuación de un sindicato comprenda actividades que por su naturaleza no pueden ser objeto de un contrato de trabajo válido como es la prostitución por cuenta ajena”, dice la sentencia.
El fallo explica también que aceptarlo sería “totalmente contrario al ordenamiento jurídico” porque daría carácter laboral a una relación contractual basada en algo ilegal; además, admitiría que el proxenetismo (que el Estado se ha comprometido a erradicar) es una actividad empresarial legal; se aceptaría también que los proxenetas tienen derecho a crear asociaciones patronales con las que negociar condiciones de trabajo y frente a las que se podrían adoptar medidas de conflicto colectivo; y por último, se asumiría que OTRAS y los proxenetas y sus asociaciones podrían negociar las condiciones en las que debe ser desarrollada la actividad de las prostitutas.
Charo Luque, de la Plataforma 8 de Marzo de Sevilla, demandante junto a la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, consideró el de ayer un “día histórico para el feminismo en España”. “Que la Audiencia haya entendido que no puede existir una relación laboral cuando lo que está en juego es la explotación del cuerpo de las mujeres, la especulación con él, sienta un precedente importantísimo y hace que veamos que esto no ha hecho más que empezar”. Algo que secunda Rosario Carracedo, de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres: “Y el abolicionismo no va a parar hasta que no se considere ilegal todo lo que tenga que ver con la mercantilización del cuerpo de las mujeres, no solo la prostitución, también la pornografía y los vientres de alquiler”.
El fallo implica el bloqueo del sindicato. “Al anular los estatutos no puede adquirir personalidad jurídica alguna”, explica el catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Sevilla Jesús Cruz Villalón. “Por lo tanto, no pueden seguir operando como tal; otra cosa es que vuelvan a reunirse (como asegura OTRAS que harán el sábado) para modificar dichos estatutos y saquen la prostitución de su ámbito de función, en cuyo caso quedaría eliminada la ilegalidad por la que se anulan dichos estatutos”. Los estatutos presentados también recogían la actividad de pornografía, líneas o espectáculos eróticos. El catedrático explica, además, que “si sacan la prostitución por cuenta ajena pero se centran en la que es por cuenta propia no podrían constituir un sindicato”, ya que los autónomos no pueden hacerlo.
Recurso
OTRAS sostiene que ha habido una presión política en la decisión de la Audiencia. Presentarán un recurso de casación ante el Supremo, según declaró Concha Borrell: “Teníamos pocas opciones tal y como se presentaron las demandas, estaba claro que los estatutos serían impugnados. La Audiencia hace lo que tiene que hacer, pero nosotras recurriremos”. Borrell añadió que ya tenían previsto modificar los estatutos en el primer congreso del sindicato, el 24 de noviembre.
En la vista del juicio, el fiscal Benito Ejido señaló que OTRAS se creó “en fraude de ley” y, adelantó que, como consecuencia jurídica vendría su disolución al quedarse vacío de contenido y tener que darse de baja del registro; una inscripción que la ministra de Trabajo Magdalena Valerio reconoció en su momento como “un gol por la escuadra”.
La sentencia explica que el procedimiento por el que se tramitó la impugnación de los estatutos no era adecuado para pedir la disolución del sindicato: “Las pretensiones de impugnación de los estatutos de un sindicato, y de la disolución del mismo, no son susceptibles de ejercitarse de forma conjunta”.
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