Sin dinero para los dependientes
El Tribunal de Cuentas dice que seis comunidades reconocen que la falta de recursos les impide prestar ayudas 190.000 personas siguen esperando
¿Se imagina que, pese a tener todo el derecho del mundo, no le dieran la tarjeta sanitaria hasta que la comunidad autónoma en la que reside tuviera dinero para garantizar su asistencia? Pues algo parecido sucede con el sistema de dependencia. Andalucía, Aragón, Baleares, la Comunidad Valenciana, Canarias y Murcia admiten que no cumplen con los plazos en el reconocimiento de las ayudas no tanto porque la tramitación de la norma sea un embrollo burocrático (que lo es, en unos sitios más que en otros) sino por falta de liquidez.
Así lo plantea un informe que el Tribunal de Cuentas ha elaborado para fiscalizar la gestión de la Ley de Dependencia. El texto, provisional a falta de alegaciones, detalla cómo Andalucía, Aragón, Baleares, la Comunidad Valenciana, Canarias o Murcia reconocen “de forma explícita” que “la carencia de recursos económicos suficientes” y la “imposibilidad legal de abonar las prestaciones económicas de forma inmediata (...) por las limitaciones presupuestarias” explican el “importante retraso” en despachar los expedientes. Algo parecido pasa en Castilla-La Mancha, donde el reconocimiento de las prestaciones económicas —los ingresos en metálico a los cuidadores familiares, por ejemplo— “se dejan de facto en suspenso hasta que en el ejercicio siguiente se habilitan los créditos necesarios”.
Recorte millonario estatal
El informe del Tribunal de Cuentas (TC) destaca que los fondos finalistas estatales —el llamado nivel mínimo— han experimentado una reducción desde 2011. Los 1.284 millones de euros de entonces pasaron a 1.404 en 2012 y a 1.206 en 2013.
Pese a ello, el TC sostiene que la aportación del Gobierno ha subido. Para ello recurre a la ley que regula el sistema de financiación de las autonomías de régimen común (la 22/2009). En concreto, a una fórmula que regula partidas de financiación adicional y que usa de referencia, entre otras variables, el número de dependientes, pero también el de alumnos, por ejemplo. A este concepto atribuye una inyección de 2.472 millones de euros, que, por otro lado, admite que no es finalista.
Los políticos suelen recurrir a ella cuando se les recuerda que han rebajado el presupuesto. Pero usar esta partida no es correcto. Lo sabe la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales. Pero también el investigador del Instituto de Análisis Económico (CSIC) de Barcelona y especialista en financiación autonómica Ángel de la Fuente: “Esta no es una cantidad condicionada, sino una suma de dinero que las autonomías no están obligadas a gastar en ninguna parcela en particular”, indica.
Ello explica, en buena parte, que existan 189.427 personas a las que se les ha reconocido el derecho de acogerse a alguna de las ayudas de la ley pero siguen aguardando a recibir la prestación económica o el servicio del que son acreedores, según los últimos datos publicados —el 31 de enero— por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), la entidad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que se ocupa de la dependencia.
El texto describe sin reparos que depende del lugar de residencia del beneficiario, este accederá antes o después a las ayudas. En total, son 11 las regiones que incumplen el plazo máximo de seis meses para reconocer el derecho a acceder a una prestación. Los retrasos son “especialmente significativos” en Andalucía, Asturias, la Comunidad Valenciana y Extremadura, donde se superan los 300 días. En conjunto, el término medio es de 246 días (algo más de ocho meses). Estos datos corresponden al análisis de expedientes tramitados entre enero de 2011 y abril de 2013.
Fuentes del departamento de Bienestar Social de Canarias responden que el gran peso de la dependencia descansa sobre ellos: “nosotros asumimos el 80% del gasto frente al 20% del Estado”. Desde la Generalitat Valenciana, recuerdan que siempre han solicitado mayor financiación para la autonomía.
Los incumplimientos de los plazos “sigue constituyendo una de las principales debilidades” del sistema, apunta el documento.
Que se lo digan a E. M., de 66 años. Su mujer, M. L. S., de 63 años tiene demencia asociada a la enfermedad de Párkinson, que sufre desde los 42 años. E., que vive en Valencia, presentó la solicitud de la dependencia en mayo de 2011. Pero no fue hasta enero de 2013 cuando le llegó la resolución de la valoración de su mujer (dependencia en grado 3, la más alta) y el reconocimiento de que tenía derecho a ayuda. Transcurrieron 18 meses, el triple del plazo de seis meses que fija la ley. O lo que es lo mismo, 540 días, más del doble de la media estatal.
Además, existe una “gran disparidad entre las autonomías en cuanto a la valoración de la capacidad económica de los beneficiarios”, según el informe del Tribunal de Cuentas, una variable que sirve para evaluar la aportación que le corresponde abonar a cada uno de los usuarios. Esta suma se fija a partir de la renta y el patrimonio, según indica la ley, “lo que no ocurre actualmente en todas las autonomías”. Lo mismo sucede, en consecuencia, con el copago, para cuyo cálculo también existe una gran heterogeneidad “lo que resulta contrario al principio de igualdad que inspira el sistema de dependencia”.
Además, destaca la “excesiva dispersión normativa” que ha tenido el desarrollo del sistema. Ello “no se compadece con los principios de universalidad, igualdad y transparencia que inspiran al sistema”. Para ilustrar esta crítica, el documento subraya que existen nada menos que 671 normas autonómicas de diverso rango y 134 estatales que intervienen en la dependencia.
A pesar de describir este escenario fragmentado y asimétrico, el informe exculpa al Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales de la desigualdad que afecta a la norma. Por ejemplo respecto al incumplimiento de plazos en la gestión de la dependencia “que es competencia exclusiva de las comunidades autónomas” y que constituye, insiste, “una de las grandes debilidades” del sistema. Ello aunque el real decreto 1226/205 por el que se establecen las funciones del Imserso le encomienda a esta entidad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad “la elaboración de propuestas de normativa básica que garanticen la igualdad de los ciudadanos y el desarrollo de políticas de cohesión social interterritorial”.
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