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Un juez permite repartirse el permiso de lactancia a dos padres funcionarios

El único límite a ese derecho es que ambos progenitores no lo disfruten al mismo tiempo Interior denegó al padre, agente de policía, tres de las ocho semanas de baja El ministerio considera que corresponde en exclusiva a uno solo de los padres

Eran dos funcionarios casados que acababan de tener hijos mellizos. En esa tesitura, Beatriz Faura Aranda, titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Granollers (Barcelona), y su esposo, Luis Pedrayes, agente del Cuerpo Nacional de Policía, decidieron que fuera ella la que disfrutara las cinco primeras semanas de las ocho del permiso de lactancia que le correspondían por el parto múltiple, dejando las otras tres al marido. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, del que depende ella, no puso ningún problema y le concedió el periodo que solicitaba, pero el Ministerio del Interior, del que depende él, le prohibió cogerse esos días. Ahora el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 11 de la Audiencia Nacional le ha dado la razón a él al decidir que el permiso de lactancia se puede repartir entre ambos progenitores.

La resolución llega presumiblemente tarde, cumplido ya el período de lactancia, porque el policía y padre de los mellizos, solicitó el permiso en noviembre de 2011. Al denegárselo, el agente recurrió al juzgado de lo Contencioso de la Audiencia. En sus alegaciones, el progenitor recordaba que el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Miguel Ángel Gimeno, había concedido a su esposa el permiso de lactancia “por razón de maternidad gemelar” con una duración de cinco semanas, y que la concesión de ese permiso, puso de manifiesto que la madre “había renunciado a las tres semanas restantes a favor de su marido”. Sin embargo, cuando él lo solicitó al ministerio, este le respondió “que tenía que ser disfrutado en su totalidad por uno de los cónyuges”, es decir, que ambos progenitores no lo podían compartir.

El conflicto tiene su origen en la interpretación del artículo 48.f del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que ese derecho [el permiso de lactancia] “podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores en caso de que ambos trabajen”. Para el padre, ese artículo indicaría no solo que ambos cónyuges puedan disfrutarlo en exclusiva, sino que lo puedan dividir.

Y el juez Manuel Ponte le ha dado la razón. El magistrado recuerda que ese artículo tiene su origen en la ley de igualdad, y que esta última reconoce “el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral” y “fomenta una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de obligaciones familiares”. El juez llega a la conclusión de que el derecho a ese permiso del padre recurrente, que “no es cedido sino que es ostentado", “podrá ejercerse con la única limitación temporal de la edad de doce meses del menor, de la duración total del permiso y de que no sea ejercido por la madre al mismo tiempo”.

La resolución se refiere únicamente al caso de estos dos funcionarios y no es firme. El abogado del Estado podrá presentar ahora su recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

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