La justicia establece que los delitos por robo de bebés no prescriben
La Audiencia Provincial de Madrid ordena reabrir un caso de hace 34 años
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid que reabra la investigación de un caso de niño robado, al estimar que los delitos de detención ilegal (secuestro), suposición de parto y alteración de paternidad no han prescrito. “Este auto judicial es muy importante, al dejar sentado que el delito principal (detención ilegal) no está prescrito y, además, que tampoco lo están los delitos instrumentales necesarios para consumar esa detención”, sostiene Guillermo Peña, el abogado que lleva el caso.
Los hechos se remontan al 20 de abril de 1978, cuando Felisa Tomico Orusco, apenas una veinteañera, ingresó embarazada en la Casa de la Madre, un centro médico situado en el número 120 de la calle de Goya de Madrid. Felisa, que trabajaba en una empresa de importación/exportación de la calle del Doctor Castelo, cerca del parque del Retiro, estaba casada desde hacía poco más de un año con Juan Antonio Panadero Galiana, que también tenía trabajo en una firma de seguros. “Vivíamos bien. Teníamos lo necesario”, recuerda hoy.
Tras un embarazo normal, la joven dio a luz de forma espontánea el 26 de mayo de 1978. “Dos horas después del alumbramiento, una monja llamada sor María comunicó al padre que el recién nacido había fallecido y convenció a la familia de que lo mejor era que no vieran el cadáver”, según consta en el auto judicial del que ha sido ponente el magistrado Luis Carlos Pelluz Robles.
La Sección Primera de la Audiencia de Madrid destaca una serie de circunstancias sospechosas tales como “deficiencias en la licencia de enterramiento y en la data del embarazo, señalándose que era de ocho meses y medio, cuando en realidad había cumplido los nueve”. También resaltan los jueces el hecho de que en una habitación contigua a la que ocupaba Felisa “había un matrimonio atento a la evolución de este embarazo, lo que hace sospechar la existencia de una sustracción del recién nacido y su [posterior] entrega a terceros”.
Dos horas después del alumbramiento del bebé, una monja llamada sor María confió al esposo de Felisa y a otros familiares que el chiquillo había muerto, a la vez que les aconsejaba que no vieran el cadáver para evitar así un trance desagradable. Felisa recuerda ahora, 34 años después, que a esa monja la llamaban todos “sor María”, pero ella no puede jurar que se tratara de sor María Gómez Valbuena, la hija de la Caridad que está imputada por el robo de una niña en la maternidad Santa Cristina de Madrid en marzo de 1982.
El Juzgado de Instrucción número 47 había dictado un auto el 3 de noviembre de 2011 que acordaba el sobreseimiento de las actuaciones por haber prescrito el asunto, dado el tiempo transcurrido. En resumidas cuentas, carpetazo a la investigación.
Sin embargo, tanto la fiscalía como el abogado Guillermo Peña, en nombre de la asociación SOS Bebés Robados, interpusieron un recurso de reforma y subsidiario de apelación.
Ahora, la Audiencia de Madrid ha revocado ese fallo, “dejando sin efecto el pronunciamiento extintivo de la acción penal de los delitos de detención ilegal, suposición de parto y alteración de paternidad”. El tribunal, integrado por Alejandro Benito López, José María Casado Pérez y el ponente, Luis Carlos Pelluz, ordena que se intente llegar al fondo del asunto.
“No perdonaré nunca a quienes me quitaron a mi hijo”, declara Felisa Tomico, que después de aquello no volvió a quedarse embarazada. “Ahora no lloro, pero después de aquello me pasé mucho tiempo llorando”, agrega.
“El médico que controló mi embarazo me dijo siempre que todo iba bien”, señala Felisa. “Unos días antes del parto, un médico me llevó en su coche particular a la maternidad del antiguo hospital Francisco Franco, donde me hicieron una ecografía. El ecógrafo me comentó que el feto era viable”, agrega. Por eso, jamás entendió ni admitió que su bebé hubiera fallecido de forma tan fulminante.
Juan Antonio asistió al entierro de su bebé. O mejor dicho, al entierro de una cajita blanca que supuestamente contenía el cadáver del niño. Porque él nunca lo vio.
“Yo siempre sospeché que me lo habían quitado, pero tuve que superar esa obsesión para no destruir mi matrimonio”, dice. En enero del año pasado, al aflorar cientos de casos similares, fue al juzgado y presentó la correspondiente denuncia. “Me destapé como la gaseosa”, dice Felisa, que no oculta su alegría por la decisión adoptada ahora por la Audiencia de Madrid.
Aquel embarazo tuvo, además, otras consecuencias para ella: fue despedida por faltar al trabajo más del 30% en un año, según denunciaba la periodista Rosa Montero en un artículo titulado La salud rentable, publicado el 11 de abril de 1979 en EL PAÍS: “A Felisa le han contabilizado dentro de ese 30% de faltas un embarazo y un parto, le han contabilizado en contra las seis semanas previas y las ocho posparto que le correspondían por ley; quizá los empresarios que la despidieron consideren, no sin algo de razón, que traer un hijo a este mundo monstruoso es un afán enfermizo”.
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