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Justicia quiere aumentar hasta dos años las penas en los delitos más graves cometidos por menores

La modificación de la Ley del Menor contempla medidas de alejamiento para víctimas de acoso escolar.- Los menores podrán ser trasladados a la cárcel a los 18 años "excepcionalmente" y se eleva a seis meses la prescripción de la falta

El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, ha presentado hoy al Consejo de Ministros un informe sobre la modificación de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor que, entre otras medidas, contempla un aumento de hasta dos años en las penas que se imponen a los menores que cometen los delitos más graves, aunque no sean violentos, como el tráfico de drogas o la tenencia ilícita de armas. Además, el informe refuerza la protección de las víctimas de la violencia ejercida por los menores, entre ellas las de acoso escolar. Para luchar contra esta lacra, los jueces podrán decretar medidas de alejamiento como las que ya existen para las mujeres maltratadas.

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El Gobierno ha dado el visto bueno a las medidas, que se incorporarán a la ley con el fin de responder a la preocupación ciudadana por el incremento de los delitos graves cometidos por menores y el fenómeno emergente de las bandas criminales. El informe, que servirá de base para el posterior anteproyecto, recoge que "en casos de delitos graves y violentos, cuya sanción se corresponde con medidas de internamiento en régimen cerrado, el periodo de internamiento se acrecienta en un máximo de un año". Cuando se trata de los "casos especialmente graves en los que se hayan cometido varios delitos de homicidios, asesinatos, agresiones sexuales o violación, el límite máximo se eleva un año por encima del vigente en la actualidad, para los menores de 14 a 16 años, y en dos años para los de 16 a 18".

En todo caso, "para los menores con 14 y 15 años, el máximo de internamiento será de seis años, y para los de 16 y 17, hasta 10 años. En ambos casos, seguido de un periodo de libertad vigilada". Por otra parte, la reforma va dirigida a evitar la victimización de los menores que se encuentra en régimen de internamiento, frente a otros que puedan ejercer una mala influencia sobre ellos. Por ello, el juez podrá dictar el traslado a centros penitenciarios a delincuentes cuando cumplan los 18 años. López Aguilar ha asegurado que esta medida se aplicará "excepcionalmente", entre los 18 y los 21, y que la regla general será la permanencia en el centro de internamiento. En cualquier caso, su estancia en régimen de internamiento o penitenciario dependerá de lo que establezcan los informes.

Medidas contra las bandas

Además del aumento de penas, se pretende "fortalecer" la atención de la víctima de un delito cometido por un joven, así como para proteger a los menores víctimas de un delito. Así, se introduce la obligación de informar a la víctima de todos los aspectos del proceso que le afecten y se unificará el proceso de responsabilidad civil con el proceso penal para obtener una indemnización. También se busca una "respuesta eficaz frente al fenómeno de la integración de menores delincuentes en bandas y grupos organizados, con un especial tratamiento de estos jóvenes". Dentro de esta medida, se contempla la posibilidad de que el juez decrete medidas de alejamiento para proteger a las víctimas, entre las que se incluye a las víctimas de acoso escolar. También se modificará la Ley de Enjuiciamiento Criminal para evitar la confrontación visual del menor víctima de un delito sexual con el supuesto agresor.

Sobre el resto de modificaciones, se prevé la "posibilidad de que el juez pueda imponer medidas de internamiento para delitos graves, pero no violentos, como el tráfico de drogas o la tenencia ilícita de armas".Finalmente, se introducen mejoras técnicas, como la designación de abogado defensor del menor en las fases de averiguación del delito y la instrucción del sumario encomendado al propio fiscal instructor y no al secretario judicial. El objetivo es simplificar toda la instrucción del sumario. Éste también es el caso del tratamiento de las medidas cautelares, que se elevarán, de los tres meses actuales prorrogables a otros tres, a seis meses también con posibilidad de prorrogarlos a otros tres. Lo mismo sucederá con la prescripción de las faltas, cuyo periodo se extenderá de tres a seis meses. Con ello se trata de evitar el sobreseimiento de los delitos y la sensación de impunidad.

El último punto del informe sobre la reforma de la Ley del Menor, aprobada hace cinco años, persigue mejoras de carácter técnico para garantizar "el óptimo funcionamiento del sistema hoy vigente". Estas medidas siempre, según ha subrayado López Aguilar, bajo la filosofía de "reeducación y resocialización", que acoge la norma del menor, y manteniendo la premisa de que "en ningún caso pueda ser tratado peor que un adulto". Por su parte, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha asegurado que la nueva legislación será "más proporcional y eficaz" y que prestará "especial atención" a las víctimas, atendiendo a la gravedad de los hechos. A su juicio, se trata de "una ley a la altura de las nuevas circunstancias".

María Teresa Fernández de la Vega y Juan Fernando López Aguilar, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.
María Teresa Fernández de la Vega y Juan Fernando López Aguilar, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.EFE

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