‘Blockchain’: la amenaza de la tiranía del código y del algoritmo
Las aplicaciones descentralizadas basadas en blockchain pueden liberarnos de la tiranía de los intermediarios centralizados y de los Estados, pero esta liberación podría venir al precio de una amenaza mucho mayor
Muchas voces comparan el surgimiento del blockchain (o cadena de bloques) con la llegada de internet y anticipan una transformación equivalente —o incluso mayor— en las comunicaciones, los negocios y los derechos individuales. Como mínimo, la integración de esta tecnología con el machine learning, la inteligencia artificial, el análisis del comportamiento y otras tecnologías disruptivas similares tiene un potencial muy prometedor y con aplicaciones en prácticamente todos los campos de actividad, privados y públicos.
En síntesis, el blockchain es un registro de transacciones que permite crear un libro de contabilidad digital de datos y compartirlo entre una red de participantes independientes, al tiempo que emplea encriptación como una forma de validar que las entradas son correctas y no pueden ser cambiadas. Es decir, una base de datos —como, por ejemplo, SQL— distribuida y apoyada en una red peer to peer (P2P) y, por tanto, compartida por múltiples nodos. Como consecuencia de este carácter distribuido no existe una autoridad central de control de la base de datos, lo cual es uno de los aspectos más importantes y poderosos de la tecnología blockchain.
Su origen arranca en 2009, con el lanzamiento de la criptomoneda Bitcoin, que es una divisa no controlada por ningún gobierno o banco central sino solo por criptografía y código y que, como sistema de pago global y descentralizado, materializó la esperanza de una nueva libertad económica a los que dudaban de las autoridades supervisoras en medio de la crisis financiera iniciada un año antes. El bitcoin recuerda a la revolución que supuso la invención de la letra de cambio en la Baja Edad Media.
En consecuencia, la tecnología blockchain es la base sobre la que se construyó el bitcoin y no deben confundirse ambas nociones. De este modo, mientras que el bitcoin ofrece la posibilidad de eliminar a los bancos centrales y las instituciones financieras, la tecnología blockchain puede aplicarse de forma más general y ambiciosa para reducir la necesidad de intermediarios en muchos sectores de la economía. Así, las funciones de los bancos, las instituciones financieras, las bolsas de valores, los centros de intercambio de información, los proveedores de contenidos, los operadores y mercados en línea e incluso los sistemas y registros públicos pueden desempeñarse mediante un conjunto de protocolos y normas basadas en códigos desplegados sobre una red blockchain.
Sin embargo, blockchain presenta algunos riesgos. La tecnología soporta sistemas tecnológicos y aplicaciones descentralizadas que operan independientemente. Aplican sus propios sistemas internos de normas, que a menudo ignoran o intentan eludir las normas jurídicas en vigor. Y, a diferencia de otras construcciones tecnológicas actualmente operativas en internet, estos sistemas basados en blockchain pueden regirse casi exclusivamente por las reglas del código (es decir, de su arquitectura).
No obstante, las plataformas cimentadas bajo blockchain sí pueden ser jurídicamente reguladas en áreas donde se cruzan con sujetos regulados, tales como ciudadanos, operadores de redes de telecomunicaciones y todos aquellos intermediarios que desarrollan o apoyan esta tecnología, como son fabricantes de hardware, mineros, agencias de cambio virtuales y otros operadores comerciales que interactúan con una aplicación basada en blockchain. Mientras que todos estos actores permanezcan sujetos al Derecho y ubicados en el territorio de un país, los Estados pueden hacer cumplir sus leyes a cualquier aplicación o plataforma asentada en blockchain.
Ahora bien, dado que la tecnología blockchain y sus aplicaciones se encuentran en sus primeras etapas de desarrollo, existe el peligro de que una fuerte regulación pueda frustrar la aparición de aplicaciones nuevas e insospechadas que aún no han sido plenamente exploradas o descubiertas. El establecimiento de autorizaciones administrativas previas podría impedir que las entidades públicas y privadas experimenten libremente con esta nueva tecnología, enfriando en última instancia la innovación.
Al mismo tiempo, la falta absoluta de regulación también resulta problemática. Dada la ausencia de un marco regulador bien definido para las aplicaciones basadas en blockchain, las partes que intentan desplegar la tecnología podrían encontrarse en un limbo jurídico, incapaces de saber si lo que están haciendo hoy es legal y si seguirá siéndolo en el futuro. La carencia de un marco regulatorio adecuado para la tecnología blockchain podría disuadir a nuevos emprendedores, a las empresas y a los operadores tradicionales de desplegar esta nueva tecnología por temor a entrar demasiado pronto en arenas movedizas.
Si la tecnología blockchain se consolida, puede que tengamos que preguntarnos si preferimos vivir en un mundo en el que la mayoría de nuestras transacciones económicas e interacciones sociales están ordenadas por las normas jurídicas –que son generales y sometidas al control judicial pero también más flexibles y ambiguas y, por lo tanto, presentan defectos y a veces lagunas– o si preferimos rendirnos a las normas del código y al imperio de los algoritmos. Las aplicaciones descentralizadas basadas en blockchain pueden liberarnos de la tiranía de los intermediarios centralizados y de los Estados, pero esta liberación podría venir al precio de una amenaza mucho mayor, la de caer bajo el yugo de la tiranía del código y del algoritmo.
Moisés Barrio Andrés es letrado del Consejo de Estado, profesor de Derecho de Internet y experto en ciberderecho.
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