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La victoria pírrica del soldado Fariña

La justicia castrense libra a un exmilitar de tres años de cárcel porque las denuncias contra sus superiores eran veraces

Agustín Fariña, en su etapa de militar.
Agustín Fariña, en su etapa de militar.

El pasado 22 de octubre, el exsoldado Agustín Fariña se sentó dos veces en el banquillo del Tribunal Militar Territorial Quinto, en el cuartel de Almeyda (Santa Cruz de Tenerife), acusado de los delitos de denuncia falsa e insulto contra sus antiguos superiores en la Unidad del Cuartel General del Mando de Canarias. En el primer juicio, el coronel Francisco Santacreu del Castillo le pedía dos años de cárcel; en el segundo, el fiscal castrense reclamaba un año de prisión.

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Nacido en Santa Cruz de Tenerife en septiembre de 1974, Fariña ingresó como soldado profesional en el año 2000. No tuvo problemas en el Ejército hasta que en 2014 se lesionó la rodilla y, tras una breve baja, se reincorporó al cuartel rebajado de tareas que requirieran esfuerzo físico. Fariña sostiene que a sus jefes no les gustó contar con un soldado a medio gas y empezaron a acosarlo: le conminaron a darse de baja, le acusaron de robos en su unidad y le obligaron a someterse a un test de drogas.

Fariña denunció a sus presuntos acosadores ante el juez militar pero este, en vez de investigar a los denunciados, reclamó al jefe de la unidad los antecedentes médicos del denunciante. El coronel remitió al juzgado un exhaustivo informe que incluía no solo una relación de todas sus bajas médicas sino también datos de su intimidad personal, como los problemas que tuvo en sus dos matrimonios. El soldado se querelló contra el coronel, pero la justicia militar archivó el caso y, en cambio, le procesó a él por denuncia falsa.

Fariña, ante los juzgados de la Audiencia Nacional.
Fariña, ante los juzgados de la Audiencia Nacional.

El tribunal lo ha absuelto finalmente, tras comprobar que los hechos que denunció eran ciertos, y ha cargado contra el coronel, a quien reprocha que aprovechase la petición genérica de información que hizo el juez para transmitir “datos de dos señoras [las exesposas de Fariña] que nada tienen que ver con ningún procedimiento penal”. Con todo, agrega la sentencia, el mayor “exceso” lo cometió el juez, que pidió “un larguísimo informe […] no del denunciado, lo que hubiera sido habitual, sino del denunciante”. Y remacha: “No falta razón al soldado Fariña cuando dice que el coronel remitió lo que le dio la realísima gana, aun cuando [el militar] podría haberlo dicho con otras palabras”.

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El tribunal también absuelve a Fariña de haber acusado falsamente al cabo primero y al soldado que le sometieron a un análisis de droga, tras constatar que la prueba, aunque no fuera ilegal, “se hizo sin el respaldo de unas normas” que no se aprobaron hasta cuatro meses después e incluían garantías (informar previamente al afectado, custodiar la muestra o comunicarle el resultado) que él no tuvo. “Lo expuesto por el soldado Fariña, en su escrito y en su declaración, se ajusta a la realidad”, concluye el tribunal, por lo que no hubo denuncia falsa.

La doble victoria llega tarde para Fariña, que en septiembre de 2018 fue expulsado del Ejército por pérdida de condiciones psicofísicas. El soldado, que ha ingresado seis veces en un psiquiátrico y ha intentado suicidarse, está de baja desde 2015. Aunque un psiquiatra diagnosticó que el “trastorno de estrés postraumático” que padece es “consecuencia del acoso en las Fuerzas Armadas”, la Audiencia Nacional confirmó el 2 de octubre que su enfermedad es ajena al servicio y no tiene derecho a pensión.

La sentencia recurre a un argumento casi filosófico: “En ningún caso el comportamiento [de acoso laboral], incluso el delictivo, pueda dar lugar a calificar una enfermedad como adquirida en acto de servicio, porque si hay algo totalmente ajeno a los deberes de un militar son las conductas de acoso moral”.

La Justicia da la razón a un cabo herido por un rayo

La Audiencia Nacional ha dado la razón a un cabo del Ejército de Tierra de 36 años que, en junio de 2016, sufrió quemaduras de primer grado por el impacto de un rayo cuando estaba en el puesto de observación del equipo de tiradores de su unidad. El Ministerio de Defensa lo declaró útil para el servicio con limitación para ocupar destinos que requieran esfuerzos físicos intensos, cargas de pesos, largas bipedestaciones o sedentaciones y situaciones de estrés y alta responsabilidad.

El letrado del cabo, Antonio Suárez-Valdés, recurrió la decisión alegando, entre otros argumentos, que en la Junta Médico Pericial que le examinó no había ningún especialista en psiquiatría o traumatología. El abogado del Estado replicó que la normativa no obliga a que los integrantes de la junta deban ser de la especialidad sobre la que deban dictaminar. El juez ha declarado su baja en el Ejército por lesiones consecuencia del servicio; es decir, con derecho a pensión.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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