El Constitucional rompe la unanimidad al rechazar el recurso de Junqueras contra su prisión preventiva
La mayoría del pleno rechaza la propuesta de un magistrado de amparar al exvicepresidente catalán
El Tribunal Constitucional ha roto este jueves la unanimidad que había mantenido hasta ahora en los asuntos relacionados con el procés. El pleno ha rechazado un recurso del exvicepresidente Oriol Junqueras contra la decisión del Tribunal Supremo de mantenerle encarcelado preventivamente, pero la postura mayoritaria salió adelante con nueve votos a favor y tres en contra. Estos tres corresponden a los magistrados del sector progresista Fernando Valdés, María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol, que anunciaron que firmarán preparan un voto particular discrepante. Además, la mayoría del pleno frenó la propuesta de Xiol de conceder amparo al exvicepresidente catalán ante la decisión del juez Pablo Llarena de impedirle acudir a la sesión constitutiva del Parlament en enero de 2018. El ponente tendrá que rehacer su resolución tras el rechazo de la mayoría de los magistrados.
La de este jueves ha sido la primera vez que el Constitucional rompe la unanimidad en una decisión relacionada por el procés. Ha habido algún precedente menor, pero nunca hasta ahora el pleno había plasmado sus discrepancias en un recurso importante, ya fuera presentado por los líderes independentistas encarcelados como o por el Gobierno central contra decisiones de tomadas porla Generalitat.
El esfuerzo por la cohesión empezó antes de que se abriera la causa penal en el Tribunal Supremo y se ha mantenido mientras esta se desarrollaba para “no interferir” en aquella, según fuentes del Constitucional. Pero una vez notificada la condena por sedición a los líderes independentistas, añaden estas fuentes, los magistrados creen “conveniente” plasmar, cuando las haya, las diferentes posturas.
Al debatir el recurso de Junqueras contra la prisión preventiva, la mayoría del tribunal ha considerado que la decisión de encarcelarle cumplió con las exigencias constitucionales de “previsión legal, finalidad legítima y proporcionalidad”, según fuentes del Constitucional. El contenido íntegro de la sentencia y los votos particulares se conocerán en los próximos días, pero el tribunal ha adelantado la parte dispositiva de la resolución, que consta de dos apartados.
En el primero, el pleno inadmite las quejas del exvicepresidente catalán relacionadas con que su, que considera que su encarcelamiento vulneraba derechos fundamentales a la libertad ideológica y de expresión, a la tutela judicial efectiva, a la doble instancia penal, a la presunción de inocencia y a la vida familiar. Además de no admitir el recurso respecto a estas quejas, el tribunal rechazó el resto de denuncias incluidas en la impugnación de Oriol Junqueras: la supuesta vulneración al derecho a la libertad personal, a la participación y representación política y acceso a cargo público, a la defensa, a la legalidad penal y la vulneración de la aplicación de la prisión provisional.
Los tres magistrados que votaron en contra no defendían, según fuentes del tribunal, que la prisión preventiva hubiera vulnerado de forma frontal un derecho fundamental de Junqueras, pero consideraban que la decisión de encarcelarle, adoptada por la Audiencia Nacional y ratificada por el Supremo, debía haber estado más motivada al tratarse de un representante público.
Valdés, Xiol y Balaguer son los mismos tres magistrados que firmaron el único voto discrepante que se había dado hasta ahora al resolver un recurso presentado por uno de los líderes independentistas encarcelado. Fue en mayo pasado, cuando estos tres magistrados se opusieron a la decisión del pleno de no admitir, por presentarse fuera de plazo, el recurso del expresidente de la ANCJordi Sànchez contra la decisión de Prisiones de castigarle con menos horas de patio por grabar un mensaje de voz usado después en un mitin. Apenas una semana después, corrigieron su voto y suprimieron un apartado en el que denunciaban que la mayoría del pleno había preferido no admitir el recurso “para evitar” que el tribunal “tuviera que pronunciarse sobre el fondo de los derechos fundamentales invocados en la demanda”.
Recursos aplazados
Esta situación creó tensión en el tribunal y evidenció que era imposible mantener la unanimidad, sobre todo respecto a los recursos presentados por los dirigentes independentistas encarcelados. Eso llevó al presidente a aplazar todos los recursos pendientes del procés hasta que se notificara la sentencia del Supremo.
La sentencia sobre la prisión preventiva de Junqueras no tendrá un solo voto particular ya que, un cuarto magistrado, Santiago Martínez-Vares, anunció que firmará su propia resolución aunque concurrente con el fallo mayoritario. Según fuentes del tribunal, la posición de Martínez-Vares es “más conservadora” que la acordada por la mayoría.
El pleno del Constitucional tenía esta semana sobre la mesa otro recurso de Junqueras, en este caso contra la decisión del magistrado Pablo Llarena de impedir su salida de prisión para tomar posesión en la sesión constitutiva del Parlament como diputado electo. Los magistrados ya debatieron ayer este asunto y, aunque no llegaron a votarlo, sí expusieron sus posturas y se constató una nueva discrepancia, en principio, según las fuentes, con el mismo resultado: la mayoría está de acuerdo con rechazar la impugnación del exvicepresidente catalán, pero Xiol, Balaguer y Valdés consideran que Llarena no motivó suficientemente su decisión.
El ponente de esta sentencia es Xiol, que llevó al pleno un borrador favorable a admitir el recurso de Junqueras. Como su propuesta fue rechazada, el magistrado llevará a la siguiente sesión una resolución con los argumentos de la mayoría y los magistrados discrepantes firmarán un voto particular.
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