El Supremo impide a los diputados encarcelados ir al Parlament, pero exige que puedan delegar el voto
El juez Llarena permite que cedan el voto los parlamentarios presos, pero "no otros", en referencia a Puigdemont
Oriol Junqueras, Jordi Sànchez y Joaquim Forn no podrán acudir a los plenos del Parlament mientras sigan en prisión. El juez Pablo Llarena ha acordado este viernes que los tres diputados electos encarcelados no podrán salir de prisión para asistir a los debates y votaciones del Parlament. Llarena ordena también que se habiliten los instrumentos precisos para que Junqueras, Sánchez y Forn puedan acceder a su condición de parlamentarios, pese a estar en prisión provisional, e insta a la Mesa de la Cámara catalana a que busque una fórmula para que puedan delegar el voto, con la excepción expresa del voto telemático.
El Reglamento del Parlament contempla como causas de suspensión de los derechos de representación de un diputado que haya una sentencia firme que imponga pena de prisión o un auto firme de procesamiento. Pero los encarcelados catalanes están en prisión preventiva, por lo que el instructor entiende que no pueden ser privados del derecho a ser diputados. Llarena considera además que “cualquier limitación” derivada de la privación de libertad en la que se encuentran Junqueras, Sánchez y Forn “no puede suponer la modificación de la aritmética parlamentaria configurada por la voluntad de las urnas”. Sin embargo, según el juez, eso no implica el derecho de los presos preventivos a asistir en persona a los debates y plenos de la Cámara.
“La ley no establece que las funciones parlamentarias, pese a su radical importancia en una sociedad democrática, hayan de prevalecer sobre otros fines constitucionalmente legítimos que puedan entrar en conflicto, por lo que es la ponderación judicial de los intereses en juego, la que debe regir la concesión o denegación del permiso de excarcelación”, señala el escrito notificado este viernes por el juez, que considera que los efectos de la prisión preventiva que él cree necesaria por el riesgo de reiteración del delito se “desactivarían” si los investigados fueran puestos en libertad para que pudieran ejercer su representación política. "Afrontar unas conducciones de salida y de retorno del centro penitenciario, en fecha y horas determinadas, con un punto de destino y de regreso bien conocido, y hacerlo con la garantía de que se desarrollarán despejadas del grave enfrentamiento ciudadano que puede impulsarse o brotar con ocasión del traslado de unos presos que suscitan su apoyo incondicional, es algo que este instructor no percibe con la garantía que reclama el mantenimiento de la pacífica convivencia que precisamente justificó la adopción de la medida cautelar", asegura el magistrado.
En su escrito, Llarena ordena que se proteja el derecho a ejercer, mediante delegación de voto, como diputados a los parlamentarios que están en prisión preventiva pero "no otros", señala el juez en clara referencia a Carles Puigdemont y el resto de diputados electos fugados en Bruselas, aunque el instructor no les cita expresamente. El Reglamento del Parlament permite delegar el voto a los diputados que no puedan asistir a una sesión por estar de baja de maternidad o paternidad o por hospitalización, enfermedad grave o "incapacidad prolongada". En este último apartado, según el instructor, se puede incluir la situación en la que están los tres presos preventivos, por lo que la Mesa del Parlament está obligada a buscar una fórmula para que puedan delegar el voto. Llarena excluye la posibilidad de que puedan ejercer el voto telemático "dada la situación de sujeción especial que comporta el régimen penitenciario que les afecta".
Llarena ha rechazado también la petición de traslado de Junqueras a una cárcel catalana, pero le abre la puerta para que lo solicite a Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior. La defensa del exvicepresidente catalán había pedido esta semana que le llevaran de Estremera a una cárcel de Cataluña para poder acudir a los plenos del Parlament.
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