Puigdemont, ¿y ahora qué?
Si vuelve, entregado o voluntariamente, acabaría entre rejas (se fugó). A esperar su propio juicio
La sentencia sobre el proceso separatista allana en negro el futuro del expresidente Carles Puigdemont. Sus correligionarios presos han franqueado ya parte de un calvario carcelario que él deberá transitar si vuelve a España o se hiciese efectiva la euroorden que este lunes reactivó el juez instructor del Supremo Pablo Llarena.
Si vuelve, entregado o voluntariamente, acabaría entre rejas (se fugó). A esperar su propio juicio. Pero con una diferencia: no sería juzgado en el Tribunal Supremo, sino en la Audiencia Nacional. ¿Por qué? Aunque la sentencia haya condenado por sedición a sus colegas separatistas, su condición jurídica sigue siendo la de procesado por rebelión, lo que lleva aparejada la suspensión automática de funciones como eurodiputado. No le serviría alegar que hechos similares a los que se le atribuyen ya han sido calificados de sedición por el alto tribunal. Hasta que no sea juzgado, Puigdemont es reo de rebelión, lo que conlleva suspensión de funciones.
Tampoco podrá demandar que le levanten la suspensión basándose en su fuero por ser eurodiputado electo. El fuero de un parlamentario va unido al ejercicio de la función pública. Y, si no la ejerce porque está suspendido, no le protege tal fuero. Todo esto tendrá otra consecuencia: si no tiene fuero, el juez Llarena (una vez le envíe a prisión) remitiría a Puigdemont ante la juez María Tardón, titular del Juzgado Central 3 de la Audiencia Nacional, el primero que abrió diligencias contra los cabecillas del procés. El juicio, por tanto, sería ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Y si al expresidente Puigdemont no le gusta la sentencia, puede recurrirla. En ese caso, ante la Sala de lo Penal que preside el juez Manuel Marchena.
Para los líderes del procés ya condenados, las posibilidades que tienen ahora de alcanzar la libertad a corto o medio plazo pueden venir —o no— por dos vías. Por la del indulto (el presidente en funciones Sánchez ya ha dicho que no concederá esta medida de gracia) o por la vía del tercer grado penitenciario (solo tendrían que ir a la cárcel a dormir). La llave para otorgar el tercer grado la tiene de hecho el presidente de la Generalitat, Quim Torra, quien ha llamado a la desobediencia civil e incluso ha sugerido que les dejaría libres si eran condenados (se supone que otorgándoles el tercer grado).
Legalmente, es la junta de tratamiento de la prisión (formada por técnicos) la que debe proponer a los responsables de los servicios penitenciarios de la Generalitat si procede otorgar un régimen de semilibertad y esta toma la decisión. De este modo, el Govern puede dar el tercer grado aún en contra del criterio de los técnicos. Eso sí, tendría que esforzarse mucho en la motivación. Y no es nada fácil hacerlo ante penas del calibre de las impuestas a los ya condenados.
Darles el régimen abierto en este momento, sería enfrentarse a casi toda jurisprudencia penitenciaria. Y acecharía el delito de prevaricación. Por otro lado, solo la Fiscalía (cuyo máximo responsable es nombrado por el Gobierno central) puede recurrir un tercer grado ante el juez de vigilancia penitenciaria. En última instancia, el asunto puede volver a las manos del Supremo como tribunal sentenciador.
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