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Matas tendrá que devolver a Baleares los 1,2 millones que cobró Calatrava por diseñar un teatro de la ópera

El Supremo condena al expresidente balear a siete meses de cárcel y 10 años de inhabilitación

Reyes Rincón
El expresidente del Govern balear Jaume Matas, durante el juicio por la construcción del hospital de de Son Espases.
El expresidente del Govern balear Jaume Matas, durante el juicio por la construcción del hospital de de Son Espases.Clara Margais (EFE)

El expresidente balear Jaume Matas tendrá que devolver a la Comunidad Autónoma de Baleares los 1,2 millones que cobró Santiago Calatrava por el diseño de un teatro de la ópera en Palma. El Tribunal Supremo ha confirmado la responsabilidad civil impuesta por la Audiencia de Palma y ha condenado también a Matas a siete meses de prisión, 10 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y al pago de una multa de 211.827 euros por prevaricación y tráfico de influencias. De este último delito le había absuelto el tribunal balear, pero el Supremo ha estimado parcialmente el recurso de la Fiscalía al considerar que el expresidente popular acordó con el arquitecto su contratación y después reclamó a su consejero de Educación que la propusiera al Consell de Govern.

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El Supremo considera que Matas ideó la contratación de Calatrava para mejorar su resultado en las elecciones autonómicas de 27 de mayo de 2007 mediante la presentación pública del proyecto. Una presentación que correría a cargo de la Administración pública y no de Matas o del PP. “Fueran los beneficios para el propio acusado Jaume Matas, o fueran para el partido político, el requisito del tipo se cumple. Además, dado que todas esas cantidades fueron efectivamente abonadas, ha de entenderse que el beneficio económico fue totalmente obtenido”, señalan los magistrados.

El tribunal desestima íntegramente el recurso de Matas y confirma que cometió delito de prevaricación: “La resolución es arbitraria pues el contrato se efectuó verbalmente y de forma directa con el profesional, y tanto en ese momento como en el mismo expediente, se hizo sin que concurrieran las condiciones necesarias para acudir al procedimiento negociado sin publicidad, que tampoco se respetaron, ya que la confección del expediente se hizo en momento posterior al acuerdo y solo como forma de dotarlo de apariencia de legalidad. El precio, 1.200.000 euros, se acordó directamente entre el recurrente y el señor Calatrava”, afirma la sala.

Tampoco estima el tribunal el intento de Matas de revocar la responsabilidad civil de 1,2 millones de euros por el delito de prevaricación, alegando que la Comunidad de Baleares renunció a la acción civil al solicitar el sobreseimiento en la causa, en la que estaba personada como acusación particular. El arquitecto facturó esa cantidad por el anteproyecto (compuesto por un vídeo, una presentación y dos maquetas) a la empresa pública balear IBISEC. Ahora será el expresidente autonómico el que deberá abonarla porque fue él quien acordó el encargo “verbalmente” y de forma “unilateral”.

El Supremo considera que la comunidad autónoma sufragó con ese importe “los intereses electorales del recurrente”, sin adquirir ni siquiera la propiedad intelectual del proyecto, que de acuerdo con el contrato se mantenía en poder de Calatrava. Por lo que debe pagar la indemnización “para evitar que sea la Administración pública, y en definitiva, la ciudadanía, quien sufra las consecuencias de una resolución que se ha calificado como prevaricadora”.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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