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La Junta Electoral aprueba que los partidos anoten el nombre de los discapacitados si tienen dudas sobre su voto

La medida ha indignado a las asociaciones de salud mental porque “atenta contra los derechos fundamentales de las personas”

Ambiente electoral en la sede de la Universidad de Barcelona el día de las elecciones catalanas.
Ambiente electoral en la sede de la Universidad de Barcelona el día de las elecciones catalanas.MASSIMILIANO MINOCRI

La última decisión de la Junta Electoral Central (JEC) con respecto al voto de las personas con discapacidad ha levantado ampollas. El ente permitirá que la mesa electoral, interventores y apoderados de los partidos apunten en las mesas electorales el DNI de las personas con discapacidad que consideren que no están ejerciendo su derecho al voto de forma consciente, libre y voluntaria. Aunque la papeleta no será en ningún caso rechazada, las asociaciones del sector critican que la instrucción “supone uno de los mayores ataques a la dignidad, la imagen y la libertad” de las personas con discapacidad intelectual.

El acuerdo de la JEC busca trasladar al terreno práctico, mediante directrices, las modificaciones realizadas a la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG) para garantizar el voto de las personas con discapacidad que se aprobó el pasado otoño en el Congreso. La reforma, que se aplicará por primera vez en las elecciones generales del 28 de abril, ha permitido incluir por primera vez en el censo electoral a 100.000 personas con discapacidad intelectual que tenían retirado este derecho por orden judicial.

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Para las asociaciones de salud mental, la resolución es “aberrante”. Según explica la Confederación de Salud Mental de España, la decisión “atenta contra los derechos fundamentales de todas las personas”, porque los interventores y apoderados, que no tienen ninguna capacitación específica, “pueden cuestionar a cualquiera tenga o no discapacidad”. También critican “la inseguridad jurídica” que se crea y, sobre todo, la “rotunda naturaleza discriminatoria y estigmatizante”. Según los asesores jurídicos del ente, la instrucción “debe ser declarada nula de inmediato”.

Según apunta Enrique Galván, presidente de Plena Inclusión España, la interpretación de la ley es “un despropósito” y va contra el espíritu mismo de la reforma de la LOREG. “Hay una barrera mental y un estigma sobre lo que significa la discapacidad intelectual”, opina Galván que cree que lo más grave es la autoría de la instrucción. “La Junta debe ser ejemplo de la promoción del derecho”, asegura. Plena Inclusión, que agrupa a 900 asociaciones relacionadas con personas con discapacidad, ha pedido reunirse con la JEC y medita tomar medidas legales si la interpretación no se modifica. El único partido que, por el momento, se ha pronunciado al respecto ha sido Podemos, que ha solicitado este viernes modificar este polémico criterio interpretativo, ya que resulta "discriminatorio y estigmatizante".

La JEC explica que las mesas electorales "deberán admitir el voto de cualquier persona con aparente discapacidad que se encuentre inscrita en el censo electoral correspondiente a dicha mesa" y que esas personas "podrán valerse de alguien que les acompañe, o de algún medio material para trasladar los sobres electorales" a la urna. Eso sí, si algún miembro de la propia mesa, sean interventores o apoderados adscritos a la misma, consideran que el voto de una persona con discapacidad "no es ejercido de forma consciente, libre y voluntaria", lo podrán hacer constar "en el acta de la sesión".

La instrucción de la junta también determina que, en el caso de que el elector con discapacidad solicite el voto por correo por enfermedad o como consecuencia de su discapacidad, se seguirá lo dispuesto en la LOREG, relativo a esta circunstancia y que se aplica también al resto de electores.

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