Libertad condicional para los dos primeros presos etarras a los que Marlaska acercó al País Vasco
El juez ordenó hace un mes su excarcelación después de que Prisiones, con el apoyo de la fiscalía, la propusiera por "pronóstico favorable de reinserción"
Javier Moreno Ramajo y Olga Sanz Martín, los dos presos de ETA con los que el Gobierno de Pedro Sánchez inició el fin de la política penitenciaria de dispersión, disfrutan desde hace un mes de la libertad condicional. El juez Central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, acordó a finales de enero y comienzos de febrero la excarcelación de ambos después de recibir sendos informes de la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Basauri, donde ambos estaban recluidos desde el pasado verano, en los que apoyaban la medida a la vista de la "buena conducta" y "pronóstico individualizado y favorable de reinserción social" y de la pareja. La Fiscalía de la Audiencia Nacional no se opuso a ella ni ninguna de sus víctimas alegaron nada en contra, según reflejan los documentos judiciales a los que ha tenido acceso EL PAÍS.
La salida en prisión de ambos, adelantada este lunes por El Correo y confirmada a este diario por fuentes del Ministerio del Interior, se conoce solo unos días después de que el magistrado haya propuesto una medida similar para un veterano preso etarra, Kepa Pikabea, acogido a la llamada Vía Nanclares que en su día puso en marcha el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero. La decisión de poner en libertad a Javier Moreno y Olga Sanz la acordó el juez Castro -magistrado competente para estudiar la situación penitenciaria de todos aquellos condenados por la Audiencia Nacional, entre ellos los terroristas- los pasados 19 de diciembre y 21 de enero respectivamente, según se recoge en los autos. Sin embargo, la excarcelación la pareja se retrasó. Él abandonó la prisión de Basauri el pasado 24 de enero. Su compañera, dos semanas después: el 7 de febrero.
En los autos en los que acuerda la medida, muy similares en cuanto a los razonamientos jurídicos, el juez destaca que la excarcelación de los dos etarras ha sido propuesta por la Junta de Tratamiento -el órgano interno de cada cárcel que estudia periódicamente la situación penitenciaria de los internos- tras constatar que ambos presos cumplían los requisitos que marca la ley para acogerse a este beneficio penitenciario: haber cumplido tres cuartas partes de la condena, estar clasificado en tercer grado o régimen de semilibertad, tener buena conducta y presentar un pronóstico favorable de reinserción.
El juez destaca que en los expedientes remitidos por la prisión de Basauri se recogía la renuncia expresa de la pareja a "todo tipo de violencia" y su apuesta por "los medios pacíficos y democráticos" para conseguir cualquier objetivo político. El auto incluye párrafos de las cartas que cada uno de ellos firmaron desvinculándose de la actividad terrorista. Con textos similares, Moreno la remitió en septiembre de 2018 y su compañera, unos meses antes, en marzo del mismo año. En las misivas, ambos recalcaban su desvinculación de la organización terrorista y del autodenominado Colectivo de Presos Políticos Vascos (EPPK en sus siglas en euskera), con cuyo entorno, añadían, ya no mantiene "ningún vínculo".
En los textos, los dos etarras también pedían "perdón a las víctimas que ha causado mi actividad delictiva (terrorismo)" y dicen lamentarlo "sinceramente". Además, se ofrecen a "facilitar información a la Administración para esclarecer algún delito si fuera necesario y siempre y cuando yo tuviese información relativo al mismo". Finalmente, recuerdan que ya ha abonado la responsabilidad civil a la que se les condenó. A los dos, el juez les impone una serie de condiciones para la excarcelación. Así, deberán estar "al cuidado y vigilancia" de un familiar y deberán comunicar al juzgado su lugar de residencia y cualquier cambio que haya en el mismo. También que deberán someterse a un seguimiento por parte de los servicios sociales penitenciarios. En el caso de Moreno, el juez Castro añade una última condición: la prohibición de aproximarse a las víctimas de su actividad terrorista o intentar comunicar con ellos.
Sanz y Moreno fueron detenidos en 1998 en el barrio bilbaíno de Zorroza y condenados en el año 2002 por la Audiencia Nacional a 71 años de cárcel la mujer y a 74 años el hombre, junto a otros 14 miembros y colaboradores del comando Bizkaia, por el intento de asesinato del exconsejero de Interior (PNV), Juan María Atutxa y del expresidente del PP, Carlos Iturgaiz. Cuando el ministro del Interior decidió a principios del pasado agosto su traslado la prisión de Basauri, Olga Sanz ya disfrutaba del régimen de semilibertad desde febrero de 2018, concedido por el Gobierno de Marino Rajoy. De hecho, cumplía su pena en el Centro de Inserción Social (CIS) de Villabona (Asturias), para atender mejor a la hija que tenía con Javier Moreno.
Este, sin embargo, accedió al tercer grado penitenciario el 30 de julio, ya con el PSOE en el poder, aunque la decisión estuvo sustentada en un informe favorable de Instituciones Penitenciarias aprobado en abril, con el popular Juan Ignacio Zoido al frente de Interior. Moreno trabajaba ya entonces en el economato de la prisión de Villabona, puesto al que solo acceden reclusos que dan muestras evidentes de reinserción y al que también accedieron otros reclusos de ETA arrepentidos como Valentín Lasarte e Iñaki Rekarte. Tras el acercamiento de ambos a la prisión de Basauri, a ella se le instaló una pulsera de control telemático para poder permanecer todo el día fuera de prisión y atender a la hija de ambas.
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