Los expertos dan la razón a Pastor pero piden actualizar las reglas del Congreso
Especialistas en derecho parlamentario aceptan la competencia de la Mesa para calificar las enmiendas pero lamentan que se recorte el debate político del pleno
La mayoría de la decena de catedráticos de Derecho Constitucional consultados por EL PAÍS sobre la decisión de la Mesa del Congreso y de su presidenta, Ana Pastor, coinciden en señalar que este inédito conflicto institucional y jurídico es “demasiado técnico”, tiene pocos precedentes y achacan esta disfunción, sobre todo, a lo “poco precisos y antiguos” que se han quedado los reglamentos de la cámara. Varios veteranos constitucionalistas optan por no decantarse y se remiten, además, a expertos en derecho parlamentario y ofrecen el nombre de Ignacio García Vitoria como gran autoridad en la materia, al ser jefe de estudios del Instituto de Derecho Parlamentario de la Universidad Complutense de Madrid.
Ignacio García Vitoria insiste en la idea de que “los reglamentos parlamentarios no han sido modernizados y no codifican los problemas de ahora y por lo tanto hay que recurrir para fijar posición a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional”. Y en ese sentido sí tiene claro que la Mesa del Congreso, la que gobierna Ana Pastor, “tiene competencia y la atribución para calificar los escritos de otras mesas de las comisiones”. Sobre la apelación en el argumento de fondo de Pastor a la falta de “congruencia” entre la ley de Estabilidad Presupuestaria y la enmienda introducida en la comisión de Justicia a otro proyecto de ley sobre el Poder Judicial, el experto advierte: “Afecta al uso del procedimiento parlamentario impedir una discusión deliberativa de los grupos minoritarios para fijar posición y puede crear inseguridad jurídica que se haga, además, con una enmienda con una conexión muy ligera”.
José María Morales, catedrático de constitucional de la Universidad de Sevilla, también coincide en que la Mesa del Congreso “tiene capacidad para resolver el recurso planteado por el PP y Ciudadanos, para no admitirlo y para entrar en el asunto, aunque no es habitual, porque hay dos sentencias del Constitucional de 2011 que lo avalan”. Morales remacha que hasta entonces el Constitucional no había querido pronunciarse demasiado contra las leyes ómnibus o contra la costumbre de meter en leyes de acompañamiento distintas reformas legales totalmente heterogéneas pero recuerda que con esa sentencia contra la modificación de la ley orgánica del Poder Judicial de 2003 “sí quiso fijar pauta y criterio claro a la Mesa para sancionar que las enmiendas deben tener homogeneidad y conexión con la norma que se está tratando y le da competencia para admitirlas o no”.
El catedrático Xavier Arbos, de la Universidad de Barcelona, acepta que la Mesa debe tener esa última responsabilidad, “pero no por criterios de oportunidad”; sospecha de que no se haya querido pedir, en este caso, el informe no obligatorio de los letrados de la cámara y lamenta la falta de sensibilidad de ese órgano para “pensárselo tres veces antes de no facilitar un debate en pleno que fomentaría el derecho de los diputados a la participación política”.
El también catedrático de Constitucional de la Complutense, Javier García Roca, se agarra a otra doctrina del letrado Alberto Arce en la que remarca que “las funciones de calificación de la Mesa deben ser formales, para revisar su regularidad, y no frustrar debates políticos al pleno, que es donde se deben realizar”. Uno de los argumentos del PSOE y sus socios para saltarse el bloqueo de ese órgano. García Roca cuestiona, sobre esta polémica, tanto “el comportamiento obstrucionista como las triquiñuelas del Gobierno y su mayoría como de la minoría”. Y vaticina que se repetirá.
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