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La Audiencia de Málaga reabre el caso por la muerte de un migrante en la cárcel de Archidona

El tribunal cree oportunas nuevas pruebas para esclarecer los hechos “en la mayor medida posible”

Miembros de la Plataforma Ciudadana contra el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Archidona, el pasado enero.
Miembros de la Plataforma Ciudadana contra el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Archidona, el pasado enero. GARCÍA SANTOS

La Audiencia Provincial de Málaga ha ordenado reabrir la causa por la muerte de un migrante de origen argelino en una de las celdas de la cárcel de Archidona (Málaga) en diciembre pasado, cuando el penal estaba acondicionado temporalmente como improvisado Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE). El juzgado único del municipio malagueño archivó las diligencias provisionalmente basándose principalmente en el informe preliminar de la autopsia, que constató el suicidio por asfixia de la víctima.

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El tribunal considera oportuno practicar nuevas pruebas con el objetivo de un “esclarecimiento en la mayor medida posible” de los hechos, según el auto dictado por la Sección Tercera de la Audiencia de Málaga, que ha atendido en parte los recursos presentados por la familia de Mohammed B., de 36 años; por Podemos e IU; y por la ONG Andalucía Acoge. La resolución también precisa que no existió “trato inhumano” de la policía sobre la víctima ni el resto de internos.

Mohammed B. ocupaba la celda 41 de la segunda planta del módulo 3 del centro de Archidona, acondicionado por el Ministerio de Interior como CIE. Su cadáver fue encontrado ahorcado con una sábana sobre las 9.35 del pasado 29 de diciembre por los policías encargados de la custodia del edificio. La autopsia preliminar dictaminó que el cuerpo no tenía “signos externos de violencia ni defensa” y que la muerte se produjo por asfixia. Tenía lesiones superficiales “autoinfligidas” en el tórax.

El auto de la Audiencia de Málaga centra la continuidad de la instrucción en la “situación personal de presumible autolisis” de la víctima, alegada en sus recursos por las asociaciones personadas en el procedimiento. Mohammed B. fue uno de los participantes en un motín ocurrido antes de que quedara confinado en su celda (“habitación”, dice el tribunal), altercado en el que supuestamente se autoinfligió los cortes que tenía, según el atestado policial. El tribunal estima oportuno tomar declaración al médico del centro para saber si lo asistió de esas heridas y si apreció “inestabilidad emocional por ansiedad o tensión nerviosa reveladoras” de un posible riesgo para que pudiera atentar contra su vida, tanto el día del incidente como “en asistencias previas”.

El tribunal también ve adecuado saber si se dio información en este sentido antes de que el interno fuera conducido a su celda, por lo que ordena tomar declaración al inspector de policía que estaba al frente del CIE y a los dos agentes que condujeron a Mohammed B. hasta el habitáculo, que deberán concretar si observaron “una situación de ansiedad o tensión nerviosa” en el fallecido.

Este migrante había sido trasladado al centro de Archidona el 20 de noviembre por orden de un juzgado de Lorca (Murcia), tras intentar alcanzar la costa española en patera. El informe policial elaborado durante la investigación de su muerte concretó que Mohammed B., tras el altercado en el que participó el 28 de diciembre, ingresó en la celda a las 15.27 y la puerta no se abrió hasta el día siguiente a las 9.35, momento en que fue hallado su cadáver. Las cámaras no registraron movimiento alguno en el módulo ni en el habitáculo desde las 18.02 de ese jueves. Esto hizo que el juez instructor descartara que hubiera testigos y la participación de otras personas en la muerte del ciudadano argelino.

La Sección Tercera, en su auto, rechaza que existiera “trato degradante susceptible de menoscabar la integridad moral” de los internos en el hecho de que el pasillo en el que están las celdas no estuviera vigilado por personal policial, ya que había una cámara de grabación. También lo descarta en la decisión de no darles la cena esa noche a los participantes en el incidente previo al encierro. “No cabe estimarla como aislamiento sancionador ni trato inhumano de los mismos, resultando proporcionada para evitar la reiteración en los altercados” a los que alude el atestado policial, subraya el auto, que añade que esta medida no se puede tachar “de carente de proporcionalidad ni de prevaricadora”. El tribunal considera, además, que el objetivo del policía que accedió a la celda y cortó la sábana con la que supuestamente se ahorcó la víctima fue solo el de “tratar de auxiliarle”.

La senadora de Podemos, Maribel Mora, se ha mostrado satisfecha por la orden de la Audiencia de continuar con la investigación de la muerte de Mohammed B., pero cree que las pruebas decretadas por el tribunal son “insuficientes”. Entre otras diligencias, estima oportuno escuchar el testimonio de otros internos, incluido el del migrante que indicó que la víctima “solicitó ayuda y gritaba la noche de autos”. Para Mora, también es necesario saber quién dio la orden de aislar al fallecido y por qué no se aplicó el protocolo antisuicidios.

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