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El Supremo mantiene la obligación a la Generalitat de presentar sus cuentas semanalmente

Junqueras anunció este jueves la decisión de no remitir los informes requeridos a Hacienda

Reyes Rincón
Carlos Lesmes preside en Barcelona el pleno de gobierno del TSJC.
Carlos Lesmes preside en Barcelona el pleno de gobierno del TSJC.Carles Ribas (EL PAÍS)

El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de la Generalitat de Cataluña de suspender de forma cautelar su obligación de presentar semanalmente un informe de gastos para garantizar que no se destina dinero público a la organización del referéndum del 1 de octubre. El vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, informó ayer jueves al Gobierno de que dejaba de enviar esos informes, pero antes, el Gobierno catalán había recurrido en el Supremo el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 21 de julio de 2017, por el que se impuso esa obligación a la comunidad autónoma, y había pedido que se suspendiera cautelarmente mientras el tribunal decidía sobre el fondo del asunto.

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La Sala Tercera del Supremo considera, sin embargo, que aplicar ahora el acuerdo recurrido no causa un perjuicio irreparable ni imposibilitaría ejecutar una hipotética sentencia que anulara el acuerdo del Gobierno, por lo que no se dan los parámetros que recoge la doctrina del Supremo para adoptar una medida cautelar.

Para solicitar la suspensión cautelar la Generalitat argumentaba, entre otras razones, que el acuerdo recurrido es una decisión que pretende realizar un control político sobre los gastos del Ejecutivo catalán. Según el Gobierno de Carles Puigdemont, la tardanza en la resolución del recurso contencioso sobre el fondo del asunto (si la imposición del Gobierno central se ajusta o no a la ley) sí haría perder su finalidad legítima, “causándose perjuicios" a la Generalitat, "que se vería obligada a cumplir con unas medidas adicionales carentes de toda motivación, arbitrarias, desproporcionadas, sin cobertura legal y contrarias a los principios de autonomía política y financiera”.

Frente a los argumentos de la Generalitat, la sala de lo Contencioso explica en un auto del que ha sido ponente el magistrado Ángel Ramón Arozamena cuál es la doctrina del Supremo en materia de medidas cautelares. El alto tribunal recuerda que la razón de ser de la justicia cautelar es la necesidad de evitar que el paso del tiempo hasta que recaiga una sentencia firme suponga la pérdida de la finalidad del proceso. Y, en este caso, según los jueces, el perjuicio que ocasionaría la presentación semanal de los gastos no es irreparable, ni tampoco resultará inviable ejecutar en su momento la sentencia que se dicte sobre el fondo del asunto.

Los jueces hacen constar que la Generalitat ha cumplido de forma pacífica el acuerdo anterior, que le obligaba a presentar los datos mensualmente, por lo que “no se puede compartir que una obligación adicional de información semanal que se suma a las ya existentes recogidas en el acuerdo consentido y firme incida perjudicialmente en la Administración recurrente”. "No existe perjuicio irreparable ni de difícil reparación. No se alega ni se prueba la existencia de dicha circunstancia. Y, por lo demás, la vigencia de las medidas es condicional tal y como recoge el acuerdo", afirman los magistrados.

El Supremo recuerda, además, que la mayor parte de los argumentos esgrimidos por la Generalitat son alegaciones sobre el fondo del asunto, que no corresponde resolver en una pieza de suspensión cautelar.

El Ministerio de Hacienda adoptó esta decisión en julio tras detectar una desviación de 6.150 euros en la partida de "organización, gestión y seguimientos de procesos electorales". El Ejecutivo advirtió de que si encontraba gastos destinados a la organización de la consulta independentista podría paralizar el Fondo de Liquidez Autonómica (FLA) con el que la Generalitat paga a sus proveedores y aseguró que la negativa a enviar el informe semanal tendría "consecuencias penales".

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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