La reforma para evitar las elecciones en Navidad podría aprobarse en 15 días
El cambio de la ley electoral necesita la tramitación en lectura única y por procedimiento de urgencia en el Congreso
La aprobación de la reforma legal que permitiría evitar las elecciones el día de Navidad en el caso de que no haya acuerdo para la investidura del presidente depende solo de los plazos parlamentarios, una vez que parece tener el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso. Con consenso, es decir, con la aceptación por parte del PP, en 15 días puede ser tramitada y aprobada definitivamente en el Senado cuando sea presentada, según fuentes parlamentarias.
La proposición de ley se presentaría tras la investidura fallida de Mariano Rajoy y el plazo máximo para la aprobación es el 31 de octubre, fecha en la que quedarán disueltas las Cortes si no hay Gobierno.
La referencia puede ser la reforma del artículo 135 de la Constitución justo hace cinco años y que llevó solo 12 días. Obviamente, hay diferencias, como que aquello fue una reforma constitucional y ahora sería una reforma mínima de ley orgánica, que requiere menos votos; además, ahora se haría con un Gobierno en funciones. Pero esos plazos sirven como referencia, porque si fueron posibles para una reforma constitucional pueden serlo para una norma de menor rango.
Aquella proposición se presentó en el registro del Congreso el 26 de agosto de 2011; el 30 se tomó en consideración en el pleno del Congreso; se presentaron 24 enmiendas durante dos días; el 2 de septiembre salió del Congreso, y el Senado lo aprobó definitivamente el 7 de septiembre. El PSOE y el PP se encargaron de agilizar los trámites para que se aprobara antes de la disolución de las Cortes. Ahora, la Mesa tendría que calificar la proposición y esperar a que el Gobierno en funciones no agote el mes que tiene de plazo para informar el texto. En la pasada legislatura, el Ejecutivo informó una decena de proposiciones, lo que demuestra que puede hacerlo estando en funciones y disipa esa duda legal. Ninguna de ellas fue aprobada porque ninguna se tramitó por procedimiento de urgencia.
La Ley del Gobierno solo impide al Ejecutivo en funciones presentar iniciativas legislativas, es decir, proyectos de ley, pero los grupos sí pueden hacerlo. Debería pedirse que la proposición se apruebe en lectura única (sin pasar por comisión y solo en pleno) y por trámite de urgencia. Lo primero lo decide el pleno por mayoría al admitirlo a trámite y lo segundo es “a petición del Gobierno, de dos grupos parlamentarios o de una quinta parte de los diputados (70)”, según el reglamento. Con esa declaración de urgencia se reducen los plazos y, por ejemplo, el paso por el Senado sería de un máximo de 20 días, que podrían ser aún menos si el PP, que tiene mayoría absoluta, así lo que quiere.
Si en el Senado se rechaza o se introducen enmiendas volvería al Congreso para ser aprobado por mayoría absoluta. En caso contrario, el trámite acabaría en el Senado y entraría en vigor.
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