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El Supremo eleva de 11 a 17 años la condena al cerebro del ‘caso Malaya’

El tribunal incrementa la pena a Juan Antonio Roca y se la reduce a la exalcaldesa Yagüe

El exasesor del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) Juan Antonio Roca durante una declaración en el juicio por el "caso Malaya" en 2011.
El exasesor del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) Juan Antonio Roca durante una declaración en el juicio por el "caso Malaya" en 2011.JULIÁN ROJAS

La sentencia del caso Malaya de Marbella, la mayor trama de corrupción en un Ayuntamiento destapada en España, ya es firme. El Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la mayoría de las condenas de la Audiencia de Málaga, pero aumenta alguna, entre ellas la del asesor urbanístico Juan Antonio Roca, el cerebro de la red, cuya sentencia pasa de 11 a 17 años de prisión al apreciarse un nuevo delito fiscal y agravarse las penas por cohecho y blanqueo. Otros obtienen una reducción de penas: la exalcaldesa Marisol Yagüe pasa de seis a cinco años y medio de cárcel y a la exconcejala Isabel García Marcos se le reduce de cuatro a tres y medio.

Críticas a los macroprocesos

El Supremo aprovecha su respuesta al recurso de Juan Antonio Roca para lanzar una crítica explícita a los macroprocesos, con multitud de imputados y frentes de investigación. Estos “procedimientos globales”, dicen los jueces, “generan más efectos perversos o contrarios a lo que se pretende evitar”. Por no desgajar los distintos delitos que parten de un mismo tronco se perturban otros principios y derechos, como evitar retrasos indebidos, que “deben ser considerados y salvados en igual medida”. La sala tacha de “disparatada” la prolongación del juicio durante 199 sesiones a lo largo de dos años judiciales completos y con 95 acusados en el banquillo.

Los magistrados del Supremo confirman que en el Ayuntamiento de Marbella se instauró a principios de la década pasada un sistema de corrupción política y económica “generalizada” donde el Gobierno municipal, bajo la sombra del fallecido Jesús Gil, actuaba al margen de la ley y se movía solo por “los intereses particulares de aquellos que pagaban y de aquellos que recibían”. El jefe de la trama era el asesor urbanístico Juan Antonio Roca, que tenía en nómina a cargos públicos para que aprobaran sus propuestas urbanísticas. La cúpula municipal hizo “una absoluta dejación de las funciones públicas de información y buen gobierno que le corresponderían”. Los jueces recuerdan que la corrupción llegó a tal grado que, por primera vez en la historia de España, hubo que disolver un Ayuntamiento y crear una junta gestora hasta las siguientes elecciones. 

La sentencia del Supremo, de 3.138 folios y de la que ha sido ponente el magistrado Juan Saavedra, responde a los recursos presentados por 43 de los 52 condenados, la fiscalía, la Junta de Andalucía y el abogado del Estado. Entre los que no recurrió está el exalcalde Julián Muñoz, por lo que el tribunal no ha tocado su condena de dos años por fraude. De todos los recurrentes, el Supremo solo ha absuelto a tres empresarios de la firma Portillo y a un supuesto testaferro.

La fiscalía siempre criticó las penas impuestas por la Audiencia por considerarlas “blandas” y durante la vista que se celebró hace un año en el Supremo, el fiscal Juan Ignacio Blanco pidió que se dictara una sentencia más dura. “Ya no ejemplar ni rigurosa sino, al menos, justa”, dijo. En el caso del cerebro de la trama, la fiscalía pedía 18 años de cárcel y el Supremo le ha impuesto 17. El incremento obedece a un nuevo delito fiscal (de 2002) y a que el tribunal ha agravado el tipo de cohecho por el que condena a los exconcejales y a Roca y ha aumentado la pena por esta infracción hasta los tres años y medio de cárcel.

La Audiencia de Málaga evidenció la existencia de sobornos, pero consideró que no se había acreditado su conexión con resoluciones concretas y favorables a los empresarios que pagaron, por lo que aplicó la figura del cohecho pasivo por acto injusto no realizado. La fiscalía pidió endurecer la pena al entender que esa relación sí quedó demostrada, entre otras pruebas, con la contabilidad b de Roca, y el Supremo ha atendido su solicitud.

El alto tribunal recuerda que la propia Audiencia Provincial constató que los concejales recibieron “una pluralidad” de dádivas a través de Roca a cambio de resolver favorablemente convenios y licencias que afectaban a los empresarios “aportantes”. Por tanto, una vez que se llega a esta conclusión para todos, “la exigencia de una vinculación definida y concretada precisamente en cada caso es ociosa”, dice el Supremo.

Roca está en prisión desde marzo de 2006, cuando se destapó el caso Malaya, y los 17 años de cárcel que ahora le imponen se sumarán a los que ya está cumpliendo por los casos Minutas y Saqueo.

El fallo sí supondrá previsiblemente el ingreso en prisión de la mayoría del resto de condenados, entre otros de la exalcaldesa Marisol Yagüe y la exconcejal socialista Isabel García Marcos. La primera tendrá que cumplir una pena de cinco años y seis meses de cárcel por cohecho, malversación y fraude y ha sido absuelta de alteración de precio de subasta pública. La exedil deberá ingresar en prisión para cumplir una condena de tres años y medio.

Las multas y los bienes son para el Estado, no para Marbella

E. C / R. R.

La sentencia dictada en octubre de 2013 por el tribunal de la Audiencia de Málaga que juzgó el caso Malaya incluyó en su fallo unos párrafos que llamaron la atención, por atípicos. Los jueces dijeron entonces que se hacían eco del “deseo” de los ciudadanos de Marbella de que parte del dinero decomisado en este procedimiento, que había marcado la historia reciente de la ciudad, pudiera revertir en el municipio: acordaron así que bienes y multas fueran utilizados para pagar la deuda del Ayuntamiento con la Seguridad Social y Hacienda, engordada de forma descomunal durante el mandato de Jesús Gil. “Salvo mejor criterio de la superioridad”, precisó en 2013 el tribunal presidido por José Godino.

Esa superioridad ha dictaminado ahora que, con la ley en la mano, destinar a Marbella el dinero incautado a los condenados no es posible, porque el real decreto que regula los depósitos y consignaciones judiciales establece que estos deben transferirse al Tesoro Público. El Tribunal Supremo ha dado la razón a la fiscalía en este punto (el ministerio público lo recurrió porque entendía que no se ajustaba a la norma vigente) y ha dejado sin efecto la mención del tribunal de Málaga respecto al destino del patrimonio intervenido y las sanciones económicas.

El alto tribunal recuerda la normativa y precisa que cualquier otro destino que se dé a los bienes y las multas supondría una “infracción indirecta”. Resuelve así que, cuando se ejecute la sentencia, se aplique la ley. En este asunto debe “prevalecer” el principio de legalidad sobre otros criterios que están al margen de la decisión del tribunal, indica el Tribunal Supremo.

“Queda sin efecto toda referencia a destinar los bienes decomisados e importe de las multas satisfechas a abonar las deudas [del Ayuntamiento de Marbella]”, dice la sentencia, que también anula la única indemnización prevista para las arcas municipales: 1,3 millones de euros por el supuesto daño al municipio provocado por el convenio de Vente Vacío. Esta decisión libera de pagar a ocho condenados por esta operación, entre ellos Julián Muñoz.

El Consistorio marbellí, tras conocer esta parte del fallo del Supremo, anunció que pedirá al Gobierno que transforme en un plan de inversiones para Marbella esa recaudación por multas que ya no se destinará al municipio.

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