Los registradores califican de “ínfima” la posibilidad de un error
Los notarios apuntan a que puede haber existido un fallo humano
Ni el Colegio de Registradores, ni el Consejo General del Notariado ni la Organización de Inspectores de Hacienda de España quisieron ayer explicar en qué momento se ha podido producir el fallo que provocó que el informe de la Agencia Tributaria concluyera atribuyendo a la infanta Cristina la venta de 13 fincas que le reportaron un total de 1,4 millones de euros de beneficio.
En cualquier caso, notarios y registradores consultados por EL PAÍS explicaron el proceso de transmisión de la información a la Agencia Tributaria y a los juzgados y, en ambos casos, coincidieron en la posibilidad de que haya existido un error humano. Aún así, todos los consultados expresaron también su extrañeza ante un fallo de este tipo, más teniendo en cuenta que el mismo se habría producido, al menos, en cuatro ocasiones, al certificar operaciones realizadas sobre inmuebles de San Juan y Pilar de la Horadada, San Juan (ambos en Alicante), de Valenzuela de Calatrava (Ciudad Real) y de Calella (Barcelona).
“La posibilidad de un error es ínfima”, aseguró con rotundidad una de las registradoras consultadas que, ante el silencio del colegio oficial, prefiere mantener el anonimato.
“Como todos los humanos, nos podemos equivocar pero es muy raro”, expuso un notario con más de 20 años de experiencia. Incluso uno de los notarios que participó en la transmisión de una de las fincas que figuran en el informe de Hacienda manifestó su asombro por la implicación de la infanta Cristina, aunque no quiso desvelar ningún dato, ya que la información notarial es confidencial.
Una infanta en tractor
La infanta Elena fue multada por error hace apenas dos meses. Una patrulla de la Guardia Civil cursó una multa a la hija mayor del Rey por conducir un tractor sin seguro.
El pasado 24 de abril, según publicó El Día de Valladolid, dos guardias civiles pararon al conductor de un tractor en la carretera entre Simancas y Velilla (Valladolid). El hombre no tenía en vigor el seguro del vehículo, una falta sancionada con una multa de entre 601 y 3.005 euros.
El agente que formuló la denuncia dejó incompleto el apartado del DNI para rellenar otro, pero olvidó borrar lo que ya había escrito, el número 12, que se corresponde con el DNI de doña Elena. El error fue corregido y la Infanta no llegó a recibir la multa.
La inscripción en el registro es voluntaria siempre que no exista una hipoteca sobre el inmueble transmitido. La mayoría de los registradores, tal como expusieron varios de ellos, disponen de un programa informático a través del que notifican las inscripciones a la Agencia Tributaria; pero no en todos los casos, solo en determinados supuestos (si son operaciones de elevadas cantidades o si aparecen sociedades con sede en paraísos fiscales), como medida preventiva contra el fraude.
Cuando un juez les reclama información, aunque lo haga a través de Hacienda, los registradores teclean en su base de datos el número de DNI del investigado. En el caso de que el fallo fuera de los registradores, cuatro de ellos habrían puesto un número de DNI distinto al de la Infanta (que es el 14, ya que los miembros de la Casa del Rey tienen número de identificación de solo dos dígitos). Así, habrían obtenido información de bienes que realmente nunca estuvieron a su nombre y correspondientes al titular del DNI equivocado. Pero, además, al menos el registrador de Almagro, habría transmitido esa información sin cotejar, ya que en las notas registrales no aparece el nombre de la Infanta ni como comprador ni como vendedor, tal como comprobó ayer mismo EL PAÍS.
Los notarios sí tienen obligación de comunicar a Hacienda toda operación susceptible de ser tributaria. Cada quince días acceden a un programa informático en el que registran las operaciones. Los notarios consultados admitieron la posibilidad de una equivocación al rellenar la casilla del DNI. Se habrían equivocado cuatro de ellos, en el momento de registrar y transmitir las operaciones.
La información notarial sobre la que Hacienda realizó en informe puede ser la transmitida entre 2005 y 2006, en el momento en el que se produjeron las operaciones atribuidas a la Infanta, o poco después de que el juez reclamara los datos, este mismo año. En el primer caso, supondría que la Agencia Tributaria ha tenido en su base de datos, durante ocho años, bienes que la hija del Rey nunca declaró y sobre los que no se le ha reclamado el pago de ningún tributo. En el caso de que la información haya sido requerida ahora, el fallo se referiría, igualmente, al momento en el que se registró. Aún así, los notarios no pudieron precisar en qué año se puso en marcha el sistema informático e indicaron que anteriormente los índices eran manuales y se enviaban trimestralmente.
Todos los consultados rechazaron la posibilidad de que se registraran operaciones ficticias con el objetivo de blanquear dinero, ya que los supuestos beneficios no fueron declarados, con lo que la operación de blanqueo queda sin sentido.
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