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Tribuna
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Los fiscales, la amnistía y el estilo de juego de la selección española de fútbol

Si la democracia exige respeto a las normas, resulta evidente que los órganos consultivos como el Consejo Fiscal solo deben hablar cuando se les pregunte

El fiscal general, Álvaro García Ortiz, en una comparecencia en el Congreso de los Diputados.
El fiscal general, Álvaro García Ortiz, en una comparecencia en el Congreso de los Diputados.

Esta semana, los seis vocales de la conservadora Asociación de Fiscales (AF), la mayoritaria en la carrera y en el Consejo Fiscal, han reclamado al fiscal general en funciones que convoque una reunión extraordinaria del Consejo Fiscal para hacer una declaración institucional sobre la proposición de ley de amnistía. Sostienen que la ley de amnistía quiebra “de forma flagrante la separación de poderes al subordinar el Poder Judicial, en que el Ministerio Fiscal se encuentra integrado con autonomía funcional, a la conveniencia y necesidades aritméticas de un futuro Ejecutivo”.

Siendo así las cosas, sugiero la posibilidad de introducir un segundo punto en el orden del día de la sesión extraordinaria para que el Consejo Fiscal haga una “declaración institucional” sobre el estilo de juego de la selección masculina de fútbol. A fin de cuentas, ese pronunciamiento tendrá el mismo valor (nulo), pero compartiría la misma finalidad: crear un estado de opinión contrario a la renovación del señor seleccionador, Luis de la Fuente.

Para entender de qué se está hablando, se debe aclarar la diferencia entre los proyectos de ley y las proposiciones de ley. Los primeros, los proyectos de ley, surgen de la iniciativa del Gobierno, al tiempo que los segundos, las proposiciones, son presentadas por los grupos parlamentarios directamente en las Cortes. En la tramitación de los proyectos de ley está previsto el informe de los órganos consultivos del Estado, a saber, Consejo Fiscal, Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y Consejo de Estado. En las proposiciones de ley, no. Y una tercera aclaración previa: cuando el Gobierno se encuentra en funciones no puede presentar proyectos de ley, al tiempo que los grupos parlamentarios, toda vez que las Cortes están válidamente constituidas en este momento, sí pueden presentar proposiciones de ley.

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Pues bien, sentado lo anterior, la denominada ley de amnistía, como quiera que es una propuesta de ley, no requiere de informe del Consejo Fiscal. Pero hecha la ley, hecha la trampa: si no hay posibilidad de que el Consejo Fiscal se pronuncie sobre la amnistía por vía de informe, se pretende que se pronuncie en forma de “declaración institucional”.

En un Estado de derecho (tanto que se escucha actualmente hablar de él para defenderlo), las instituciones del Estado deben actuar conforme a la ley y dentro del marco de sus competencias. El Consejo Fiscal, como cualquier otra institución, no puede ni debe pronunciarse sobre lo que le apetezca o le parezca oportuno a sus miembros, sino que debe pronunciarse sobre aquellas cuestiones que entran en el ámbito de sus competencias y cuando esté legalmente previsto. Flaco favor se hará al Estado de derecho cuando se fuerza a las instituciones a hacer aquello que la ley no prevé. Los órganos consultivos del Estado (Consejo Fiscal, CGPJ y Consejo de Estado) se limitan a asesorar al Gobierno sobre los proyectos de ley, pero no pueden ni deben interferir en el poder legislativo “asesorando” a las Cortes, sede de la soberanía nacional. Solo existe una excepción: que las Cortes expresamente así lo soliciten. Si la democracia exige respeto a las normas, resulta evidente que los órganos consultivos solo deben hablar cuando se les pregunte.

Pretender realizar “declaraciones institucionales” que interfieran en procesos legislativos en marcha en las Cortes, en donde prima el debate político, sí que es atentatorio contra la separación de poderes y produce un efecto contrario al pretendido por quienes solicitan la sesión extraordinaria.

¿Quién será pues el destinatario de la pretendida “declaración institucional”? Evidentemente, no el poder ejecutivo, pues no es el promotor de la iniciativa legislativa. Tampoco el poder legislativo, que no ha requerido la intervención del Consejo Fiscal. El único destinatario posible de esta iniciativa es la opinión pública, es decir, lo único que se pretende es contribuir a generar un clima de opinión contrario a la renovación del seleccionador nacional.

Esta utilización política de las instituciones las debilita sobremanera, al provocar que pierdan su imprescindible apariencia de neutralidad. Lo hemos visto en otros órganos y mucho se habla del desprestigio de los mismos; no permitamos que ocurra lo mismo con el Consejo Fiscal y mantengamos a todos y todas las fiscales al margen de la contienda política.

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