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Columna
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Los chapapotes de González-Trevijano

Antiguo rector de la Universidad Rey Juan Carlos, el presidente del TC ya intentó forzar sus estatutos para eternizarse, amén de crear y apoyar al instituto que generó los falsos másteres de Pablo Casado y Cristina Cifuentes

Tribunal Constitucional
El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano (a la izquierda), y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 6 de diciembre en el Congreso.Luis Sevillano/El Pais
Xavier Vidal-Folch

El estado de excepción que la ultraderecha pretende imponer a la Constitución esterilizando al Congreso como sede de la soberanía popular que delibera leyes, y las aprueba o rechaza, se dirimirá en pocos días.

Influirá mucho la actitud que adopte el controvertido presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano. El partido menor del Gobierno, Unidas Podemos, recusó que participase en la decisión sobre el recurso de amparo del PP contra la proposición de ley que pretende reformar ya la elección de miembros del alto tribunal. ¿Cómo? Mediante la designación gubernamental de dos magistrados que sustituyan a Trevijano y a otro de sus colegas, ambos con el mandato vencido. Los nuevos gustarán o no, pero tienen trayectoria legítima.

La recusación se basa en una razón impecable (si bien sea probablemente precipitada, hasta que se admita a trámite la proposición, aunque sea de esperar que sin paralizarla cautelarmente), algo notable por provenir de Podemos, con frecuencia poco estilista en sus constructos jurídicos. Consiste en que Trevijano exhibe una incompatibilidad para participar en la discusión sobre la juridicidad de la reforma. Pues si esta prospera, deberá abandonar poltrona y sueldo. Exhibe un conflicto de interés, codificado en el artículo 219, 10.a de la Ley del Poder Judicial, que contempla como motivo de abstención o recusación de un magistrado el de “tener interés directo o indirecto en el pleito o causa”. Aunque el Constitucional no sea un tribunal ordinario (es mucho más que eso), esa misma norma le es aplicable.

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No es descartable que si el jurista se empecina en perpetuarse sea acusado por los recurrentes, u otros, de corrupción. Ese concepto que la doctrina define como la “utilización de un poder de actuación oficial” en “interés particular” para la “consecución de “una ventaja indebida”. Y que se concreta en figuras como la prevaricación (dictar una resolución “arbitraria” a “sabiendas de su injusticia”, del artículo 404 del Código Penal) o el abuso de aprovecharse del puesto para “facilitarse” un beneficio (artículo 439).

Antiguo rector de la Universidad Rey Juan Carlos, el eximio presidente ya intentó forzar sus estatutos para eternizarse; amén de crear y apoyar al instituto que generó el chapapote de los falsos másteres de Pablo Casado y Cristina Cifuentes; o de dictaminar en favor de Vox contra el Gobierno. Dios los cría y ellos se juntan. Esto es aún más grave. A ver ahora.

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