El Constitucional aplaza al lunes el pleno para estudiar si paraliza la reforma sobre su renovación
El bloque progresista pide tiempo para estudiar el asunto y revisar los últimos escritos, entre los que hay una recusación de Podemos a dos de sus magistrados
El Tribunal Constitucional ha retrasado hasta el próximo lunes el pleno de urgencia para estudiar la petición del PP de paralizar la tramitación de la reforma legal que facilita la renovación del propio tribunal de garantías, una reforma que el Congreso ha aprobado en la tarde de este jueves. El pleno del Constitucional ha comenzado a las 13.00 con un retraso de tres horas sobre el horario inicial, y finalmente se ha pospuesto hasta el lunes a petición de los cinco magistrados del bloque progresista, que han pedido tiempo, por la complejidad del asunto y para revisar las nuevas peticiones presentadas por las partes. Entre estas se encuentra una recusación a dos de los miembros del tribunal planteada por Unidas Podemos.
Los magistrados del sector progresista han pedido el aplazamiento para contar con “el tiempo indispensable” para “el estudio completo del asunto”. En su escrito, hacen hincapié en “el volumen de la documentación aportada”, “la complejidad de la cuestión que plantea el recurso” y “la relevancia de la decisión”, a lo que unen los últimos escritos presentados. Según una carta dirigida al presidente del Constitucional, la suma de estas circunstancias les “imposibilita [...] participar en la deliberación y votación”. El escrito está firmado por el vicepresidente del tribunal, Juan Antonio Xiol Ríos, y los magistrados Cándido Conde-Pumpido Tourón, María Luisa Balaguer Callejón, Ramón Sáez Valcárcel e Inmaculada Montalbán Huerta.
El sector progresista considera que el aplazamiento del pleno es un éxito porque, además de permitirles preparar la deliberación, supone que el Congreso ha podido votar este jueves las reformas legales propuestas por el Gobierno. No obstante, el tribunal de garantías aún tiene tiempo para actuar sobre las enmiendas impugnadas, ya que estas no serán aprobadas definitivamente hasta ser debatidas en el Senado el próximo 22 de diciembre y publicadas posteriormente en el BOE.
La reforma legal impulsada por el Gobierno es una modificación exprés del Código Penal (para derogar el delito de sedición y rebajar las penas del de malversación) en el que, además, se han incluido dos enmiendas que facilitan la renovación del Tribunal Constitucional, pendiente desde hace seis meses por el bloqueo impuesto por los vocales conservadores del Consejo General del Poder Judicial. Esas dos enmiendas no tienen nada que ver con el asunto de la proposición de ley (la reforma del Código Penal), algo que la jurisprudencia del Constitucional prohíbe, y por eso el PP y Vox habían pedido que el tribunal paralizase la tramitación con una medida cautelarísima, alegando que lesionaba los derechos de los diputados.
En su recurso, los populares argumentaron, además, que la reforma atenta contra el Estado de derecho, la libertad y la justicia. “Se ha infringido mediante los acuerdos recurridos la lealtad debida por la misma a la noción de Estado Democrático de Derecho, a valores superiores de libertad, justicia y pluralismo político y, por lo demás, a los compromisos internacionales que el Reino de España mantiene con la Unión Europea y el Consejo de Europa”, reza el texto. Y añade que los grupos proponentes han incurrido en “fraude de ley parlamentaria”, fruto de la “deriva progresiva y progresiva” de aquellos “hacia la degradación de nuestro sistema democrático”.
El PSOE y Podemos se han opuesto a esa paralización de la votación; y, además, Podemos ha recusado esta mañana al presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano, y al magistrado Antonio Narváez, cuyo mandato está caducado desde el 12 de junio y que fueron nombrados por el Gobierno de Mariano Rajoy (PP). Ambos tendrían que haber sido sustituidos por el Ejecutivo, pero el bloqueo actual lo impide.
El PSOE ha pedido al Constitucional que proteja la “autonomía parlamentaria” y deniegue la petición del PP de suspender el proceso legislativo. En su escrito, argumenta que, de acordarse la suspensión, “sí existiría una vulneración del derecho de participación política de los diputados establecido en el artículo 23 de la Constitución”. También pide al tribunal que evite incurrir en “una injerencia” en el proceso legislativo, algo que colocaría al órgano de garantías “en una posición que no le corresponde”, afirma.
Los socialistas subrayan como doctrina consolidada del Constitucional que la suspensión es una medida “de carácter extraordinario y de aplicación restrictiva” y que en este caso no existen “perjuicios de difícil reparación” porque el procedimiento legislativo no ha concluido. Por otra parte, el grupo socialista expone que el procedimiento legislativo se ha desarrollado en las Cámaras respetando las distintas fases: toma en consideración, apertura de plazo de enmiendas, debate de totalidad, ponencia en la Comisión de Justicia y aprobación por parte de dicha comisión. Y que las decisiones las han ido tomando los diferentes órganos de gobierno de la Cámara: Mesa del Congreso, Junta de Portavoces y Mesa de la Comisión de Justicia.
El PSOE considera que la admisión de una medida cautelar que produzca la suspensión del procedimiento parlamentario “impide que el conjunto de diputados y diputadas ejerzan legítimamente sus funciones parlamentarias, como representantes de los ciudadanos, en los que reside la soberanía popular”. El escrito subraya que “una injerencia del Tribunal Constitucional de esta naturaleza colocaría al intérprete supremo de la Constitución en una posición que no le corresponde, adelantando, mediante una medida cautelar, una resolución de fondo respecto de un eventual vicio procedimental, que, de darse, podría constatarse posteriormente”.
El escrito de Podemos coincide en esencia con el del PSOE, aunque pone el énfasis en la circunstancia de que los magistrados Trevijano y Narváez tienen un interés personal y directo en este asunto, porque, si el Constitucional se hubiera renovado en tiempo y forma, tendrían que haber dejado sus cargos el pasado junio. Podemos alega, por tanto, que ellos están “directamente afectados por la reforma planteada en la proposición de ley” —que busca precisamente la renovación del órgano, lo que implicaría que ambos abandonaran sus puestos—, lo que cuestiona su imparcialidad. Por ello, solicita que se abstengan o que se les tenga por recusados.
El recurso de amparo de Vox argumenta que “la adopción de la medida cautelar [suspender la tramitación] no provoca ninguna perturbación, pues no existe un interés legítimo superior a la protección de la esencia de nuestro sistema constitucional, que no es otro que la unidad de España”.
El partido de Santiago Abascal plantea que los cambios legales propuestos por el PSOE y Podemos para facilitar la renovación del Constitucional deberían haberse realizado en todo caso mediante un proyecto de ley, y que si no se ha hecho así ha sido “con la exclusiva finalidad de eludir todas las garantias legales que acompañan a un proyecto de ley y que, en textos normativos como el presente, de hondo calado constitucional, determinan invariablemente la vulneración del derecho de los diputados y senadores”.
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