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Juan Méndez | Relator especial de la ONU sobre la tortura

“Criminalizar la interrupción del embarazo pone en riesgo a la mujer”

El experto alerta de las leyes que estigmatizan a las mujeres que solicitan esta prestación

María R. Sahuquillo
Juan Méndez el pasado junio.
Juan Méndez el pasado junio.ONU

Juan Méndez, relator de la ONU sobre la tortura, es uno de los cinco expertos que ha analizado la ley del aborto en El Salvador. Este profesor de Derecho en la Universidad de Washington, que fue preso de conciencia durante la dictadura argentina y que ha dedicado su carrera a la defensa de los derechos humanos, explica desde Estados Unidos que no es la primera vez que la ONU insta a El Salvador a reformar su restrictiva ley del aborto. Tampoco el único país al que la organización ha dado un toque de atención por vulnerar con sus leyes los derechos humanos: Nicaragua o Filipinas también han recibido recomendaciones.

Pregunta. ¿A qué se debe la última recomendación a El Salvador?

Respuesta. A que allí hay unas 17 mujeres que enfrentan acusaciones de homicidio por abortos, en casos por mera sospecha de habérselos causado o sometido voluntariamente a un procedimiento ilegal en El Salvador. Felicitamos a ese país por la resolución favorable a un caso en el que se indultó a una condenada [Guadalupe Vásquez], pero recordamos que otras están en una situación muy similar. Además, existe allí la amenaza latente de que esta persecución penal se cierna sobre mujeres que acuden a hospitales para tratarse por complicaciones de embarazos o de abortos mal practicados.

P. ¿Qué suponen casos como el de Vásquez?

R. Los derechos reproductivos están bajo consideración en el Derecho Internacional. No hay todavía un derecho internacionalmente reconocido de la mujer a elegir el embarazo o terminarlo, pero algunos aspectos de los derechos reproductivos sí están reconocidos, como la prohibición de la esterilización forzosa. Las opciones de política de salud de un Estado deben tener el límite de no someter a las mujeres al trato cruel, inhumano o degradante, ya que el Derecho Internacional prohíbe el maltrato en forma absoluta y en cualquier circunstancia.

P. ¿Qué significa ese límite?

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R. Que si el Estado opta por tener políticas restrictivas respecto a los derechos reproductivos, debe arbitrar los medios para prevenir situaciones en que las mujeres se vean humilladas por solicitar ciertas medidas de atención a su salud. El caso de Guadalupe se sitúa en este preciso ángulo donde convergen políticas estatales determinadas por las autoridades y a los controles democráticos, con el derecho irrenunciable de cada persona a que se respete su dignidad humana en toda circunstancia.

P. ¿Vulneran estas legislaciones restrictivas los derechos humanos?

R. Las leyes que prohíben el aborto de todo tipo no son necesariamente contrarias a los derechos humanos, pero depende de cómo se implementan. Las que van más allá y criminalizan el aborto, y hacen a las mujeres objeto de la persecución penal, sí. Estas ponen en riesgo a mujeres de ser tratadas en forma humillante por el sistema penal del país. Esto también sucede, lamentablemente, en países donde ciertos abortos (terapéutico, en caso de violación, etc.) son permitidos legalmente, porque la cultura predominante humilla de diversas maneras a las mujeres que lo solicitan. En esos casos, aunque el aborto esté permitido por ley, el Estado igual está obligado a proteger a las mujeres contra el trato cruel, inhumano o degradante.

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Sobre la firma

María R. Sahuquillo
Es jefa de la delegación de Bruselas. Antes, en Moscú, desde donde se ocupó de Rusia, Ucrania, Bielorrusia y el resto del espacio post-soviético. Sigue pendiente de la guerra en Ucrania, que ha cubierto desde el inicio. Ha desarrollado casi toda su carrera en EL PAÍS. Además de temas internacionales está especializada en igualdad y sanidad.

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