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Cuatro resoluciones judiciales avalan aumentar las horas de castellano en escuelas de Cataluña

En tres casos, se confirma las medidas ya concedidas, pero en el cuarto se acepta la demanda de una familia de un municipio del Maresme

Carteles en contra de las sentencias sobre la inmersión lingüística, en un centro de la provincia de Barcelona
Carteles en contra de las sentencias sobre la inmersión lingüística, en un centro de la provincia de Barcelona.Gianluca Battista

Hasta cuatro resoluciones de los tribunales emitidas en los últimos días -pero dadas a conocer este lunes por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB)- avalan la petición de cuatro familias por aumentar las horas de castellano para la educación de sus hijos. No obstante, de todas ellas, solo hay una que corresponda a un expediente nuevo. Se trata de un centro de un pequeño municipio del Maresme, a cuyo director el tribunal le da el plazo de un mes para aplicar la decisión. Entre el resto de resoluciones, hay una del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que confirma las cautelares que ya aplicaba una escuela de Barcelona, y dos del Tribunal Supremo que no admite el recurso de la Generalitat contra resoluciones de otros dos centros educativos.

En el caso de las nuevas medidas que se han concedido a un instituto escuela del Maresme, la sección quinta de la Sala Contenciosa Administrativa del TSJC hace un repaso a las numerosas sentencias sobre la inmersión lingüística y a última normativa aprobada y reconoce un modelo en que el catalán sea el epicentro de la educación, en pro de ayudar a su normalización, pero sin que ello implique que el castellano sea reducido a un uso residual. Sobre la nueva ley educativa, la Lomloe, el tribunal destaca que “garantiza el derecho de los alumnos a recibir enseñanzas en castellano, aunque no se incluye la garantía de una proporción razonable”.

La sala también hace referencia a las nuevas normativas sobre el uso de las lenguas en la escuela -aprobadas de urgencia para frenar la aplicación del 25% de castellano en todo el sistema educativo-, a las que reprocha que el catalán sea la única lengua reconocida como vehicular, “mientras que el castellano queda limitado a una utilización curricular o educativa, cuya intensidad no queda garantizada más que en lo que sea necesario para garantizar su conocimiento al finalizar la enseñanza obligatoria”.

El TSJC trasladó al Tribunal Constitucional ambas normativas, que considera inconstitucionales “en la medida en que las nuevas normas impiden la posibilidad de garantizar un uso mínimo de las lenguas oficiales mediante parámetros numéricos”, argumenta el tribunal, en referencia al porcentaje del 25% de castellano que ordenó la misma sala en 2020. Con todo, el tribunal admite que, con la nueva normativa vigente, “si bien no resulta posible una intervención jurisdiccional de carácter general referida al sistema de enseñanza en su conjunto” sí puede pronunciarse sobre casos concretos e individuales.

Así, el tribunal ha decidido -aunque cabe recurso contra esta resolución- conceder medidas cautelares para que este instituto escuela imparta en castellano una materia, además de la propia de Lengua Castellana, en el aula de la alumna demandante. Además, insta al director del centro a aplicarlo en el plazo de un mes, aunque el curso escolar se acaba en menos de tres semanas y ya no será aplicable hasta el siguiente.

Sobre el resto de casos, el TSJC confirma las cautelares de una escuela del barrio de Horta en Barcelona, tras desestimar el recurso de la Generalitat, argumentando que el uso de la lengua castellana “sería insuficiente en caso de decaer la medida cautelar” y que ello puede afectar al derecho del alumno a recibir la enseñanza en castellano. Asimismo, el Tribunal Supremo ha inadmitido dos recursos de la Generalitat contra resoluciones del TSJC que aumentaban las horas de castellano en dos escuelas de Cubelles y de Sant Pere de Ribes (Barcelona).

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