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Expulsados de España los líderes islámicos acusados de yihadismo a los que apoyó el Parlamento catalán

Mohamed Said Badaoui, vecino de Reus, ya se encuentra en Marruecos, según fuentes policiales

Mohamed Said
Mohamed Said, el referente de la comunidad islamica de Reus (Tarragona) que ha sido expulsado de España.MASSIMILIANO MINOCRI

Mohamed Said Badaoui, el líder islámico residente en Reus (Tarragona), y Amarouch Azbi, que residía en Vilanova i la Geltrú (Barcelona), a quienes la Policía Nacional acusa de ser un peligro para la seguridad nacional por “la difusión de postulados radicales proyihadistas”, han sido expulsados este sábado de España, según han confirmado fuentes policiales.

Estas indican que Mohamed Said, destacado líder de la comunidad islámica en Cataluña, se encuentra ya en Marruecos después de pasar semanas en un centro para extranjeros. Fue arrestado el 19 de octubre y, durante este tiempo de estancia en un CIE, ha recibido la visita de representantes de ONG y asociaciones de derechos humanos. Tras su arresto, el Parlamento de Cataluña aprobó, con los votos de los partidos independentistas y de En Comú Podem, una resolución de apoyo a Badaoui en la que negaban su vinculación con el yihadismo y atribuían la operación a la “represión política e islamofobia por parte del Estado”. Este mismo sábado, el director general para la promocion y la defensa de los derechos humanos de la Generalitat, Adam Majó, ha calificado la expulsión de “racismo institucional” tras haberse tomado la decisión “sin delito, sin juicio y sin derecho a su defensa”.

ERC, CUP, Junts y Unidas Podemos-En Comú Podem denunciaron el 19 de octubre que Mohamed Said Badaoui es víctima de “represión política mediante la Ley de Extranjería”. El PSC de Reus también mostró su apoyo al líder islámico. Todos esos partidos instaron a la Generalitat de Cataluña a “activar todas las herramientas administrativas, jurídicas y diplomáticas para velar por sus derechos”. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional rechazó el 20 de octubre suspender la expulsión. La Policía perfila a Badaoui como “uno de los principales referentes en España del salafismo más ortodoxo”, responsable del “aumento del radicalismo en la región de Tarragona a causa de su discurso”.

La decisión de la Audiencia Nacional afectó también a Amarouch Azbir, arrestado bajo la misma acusación de ser un peligro para la seguridad nacional. Los jueces desestimaron las medidas cautelarísimas solicitadas por ambos contra la resolución dictada el pasado 14 de septiembre por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Interior, que acordaba su expulsión del territorio nacional y les prohibía volver en diez años.

En el caso de Badaoui, la Sala recordaba que la decisión de Interior se basaba en una denuncia de la Comisaría General de Información donde se avisaba de “su radicalismo ideológico”, mencionando específicamente el “adoctrinamiento” en su comunidad mediante la difusión de “postulados proyihadistas” y alertando de sus “vinculaciones con individuos radicales relacionados con el terrorismo”. Badaoui, proseguía la policía, se ha dedicado “durante años” a las actividades de “proselitismo y reclutamiento, especialmente con los colectivos más vulnerables y manipulables, prestando especial atención a los menores, en concreto a los menores no acompañados, principalmente de origen marroquí, adoctrinándoles en el salafismo más radical” y fomentando “el victimismo y la occidentalofobia”.

La Sala consideró que en este caso debían prevalecer los intereses de “carácter general” frente a los de tipo personal, por cuanto al arrestado se le achacaba “una infracción muy grave”, consistente en “participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que puedan perjudicar las relaciones de España con otros países”. Los magistrados recalcaban que la eventual expulsión no causaría un daño irreparable, aunque sí de “difícil reparación”, ya que si finalmente la Justicia da la razón a Badaoui y Azbir, “ningún obstáculo se advierte en el retorno a nuestro país y, si procede, la reparación de los daños causados”.

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