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El Supremo descarta la conjetura de que el imán de Ripoll, ‘cerebro’ de los atentados de Barcelona en 2017, siga vivo

El alto tribunal confirma la pena de cárcel para dos de los condenados y rebaja sustancialmente la de un colaborador

Juicio atentados 17A
Desde la izquierda, los acusados Mohamed Houli, Driss Oukabir y Said Ben Iazza, durante el juicio en la Audiencia Nacional, en 2020.FERNANDO VILLAR (EFE)
Jesús García Bueno

La verdad judicial definitiva sobre los atentados yihadistas del 17 de agosto de 2017 en Barcelona, que dejaron 16 muertos, más de un centenar de heridos y cientos de afectados, ya está negro sobre blanco. El Tribunal Supremo acaba de dictar la sentencia que confirma las penas de prisión a los dos principales acusados y rebaja sustancialmente la de un tercer condenado por colaborador, aunque, sobre todo, descarta que el presunto cerebro de los ataques, el imán Abdelbaki Es Satty, siga vivo, una conjetura que había sido alentada por parte del independentismo en Cataluña.

En mayo de 2021, la Audiencia Nacional condenó a tres personas por el mayor atentado yihadista en España tras los ataques del 11-M en Madrid: Driss Oukabir, Mohamed Houli y Said Ben Iazza. Ninguno de ellos participó directamente en la masacre: los autores del atropello masivo en La Rambla de Barcelona y del ataque nocturno en el paseo marítimo de Cambrils, horas más tarde, murieron abatidos por los Mossos d’Esquadra, por lo que quienes se sentaron en el banquillo fueron acusados únicamente de ayudar a preparar los atentados. El plan inicial de la célula de Ripoll era cargar una furgoneta con explosivos y volar edificios emblemáticos de Barcelona (como la Sagrada Familia), pero una explosión fortuita en la casa que tenían ocupada en Alcanar (Tarragona) echó al traste sus planes. Fue entonces cuando el grupo decidió el atropello de La Rambla, al estilo del que otros yihadistas habían cometido antes en ciudades europeas.

Oukabir y Houli fueron condenados a 36 y 43 años de cárcel respectivamente por delitos de pertenencia a organización terrorista, fabricación de explosivos y estragos de carácter terrorista. Recurrieron la sentencia ante el Supremo al considerar que se había vulnerado su derecho a la defensa al haber visto limitado su acceso a un abogado. La sala concluye que hubo “razones imperiosas” para acordar la incomunicación de ambos una vez que fueron detenidos, cuando los ataques ya se habían consumado. La sala descarta también otro de los argumentos de la defensa: que las pruebas no se obtuvieron de forma fiable.

Los magistrados sí estiman, en cambio, el recurso del tercer condenado: Said Ben Iazza, que fue sentenciado inicialmente a ocho años de cárcel y ha visto rebajada la pena a 18 meses de prisión. Existen “dudas razonables”, dice el Supremo, de que, al prestar una furgoneta y documentación al grupo de chicos de Ripoll que le visitaba con frecuencia en su carnicería de Vinaròs (Castellón), fuera consciente de que estaba colaborando en la preparación de un atentado. “No consideramos suficientemente acreditado que contara con una sospecha cualificada”, reza la sentencia. Su actitud, sin embargo, supuso “un grave incumplimiento de los deberes de cuidados” que acabó suponiendo una “colaboración eficaz” con la célula del 17-A. Por ese motivo ha sido condenado por cooperación con grupo terrorista por imprudencia grave.

La confabulación de Es Satty

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Algunas de las acusaciones recurrieron también ante el Supremo con el argumento de que el proceso penal en la Audiencia Nacional había vulnerado el derecho de las víctimas a conocer la verdad. En particular, en lo referente al supuesto cerebro de los ataques, el imán marroquí Abdelbaki Es Satty, que captó y radicalizó a los jóvenes de Ripoll. Según todos los indicios recogidos por los investigadores, Es Satty murió de forma accidental, la víspera del 17 de agosto de 2017, en la explosión de la casa de Alcanar que el grupo había convertido en un centro de almacenamiento de sustancias explosivas para emplear en los ataques.

Jaume Alonso-Cuevillas, diputado de Junts y abogado de Javier Martínez —el padre de Xavi, el niño de tres años muerto en el atropello múltiple en La Rambla— sostuvo la teoría de que el imán seguía vivo. Ciertos sectores del independentismo catalán se sumaron a esa hipótesis y sostuvieron además, tras los atentados, que el Estado conocía los planes de los terroristas porque Es Satty había trabajado como confidente para los servicios secretos. Comenzó entonces una campaña para conocer “la verdad” sobre el caso, pese a los esfuerzos de los investigadores de los Mossos d’Esquadra.

El Supremo descarta la conjetura de que Es Satty siga vivo y critica la postura de esas acusaciones en el proceso. “Desacreditan los hechos probados partiendo de la idea de que el proceso es un mecanismo omnisciente, por lo que cualquier sombra de incerteza solo puede interpretarse como producto de una deliberada voluntad de ocultación”. Uno de los argumentos de las acusaciones era que el teléfono móvil del imán no apareció entre las ruinas de la casa de Alcanar. El tribunal recuerda que la explosión fue devastadora, y que los cuerpos de dos de sus ocupantes (el imán y otro miembro de la célula) quedaron destrozados. Para el tribunal, es “muchísimo más plausible” considerar que esa pérdida fue consecuencia de la destrucción, y uno de la supuesta “manipulación y confabulación de todos los agentes del Tedax de los Mossos d’Esquadra” que buscaron evidencias entre los escombros.

El destino dado al cadáver de Es Satty también levantó dudas y sospechas, a las que la sala —formada por los magistrados Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Andrés Palomo y Javier Hernández— también responde. Es cierto que su cuerpo no fue reclamado por los familiares en Marruecos, pero el Supremo concluye, tal y como había dicho la Audiencia Nacional, que puede haber muchas razones para ello: emocional, económica (por “imposibilidad de asumir los costosos gastos del traslado”) e incluso religiosa. “Desconocemos qué concretos restos humanos de Es Satty fueron enterrados en España y si concurren razones religiosas para su no repatriación al no poderse cumplir con las reglas que disciplinan el enterramiento según la tradición islámica”, afirma la sentencia.

La supuesta inacción, o incluso negligencia, de los servicios secretos del Estado a la hora de evitar los atentados también fue puesta por la mesa por el sector del independentismo más cercano a Junts per Catalunya. Durante su estancia en una prisión de Castellón para cumplir una pena de prisión por tráfico de drogas, entre 2010 y 2014, Es Satty recibió cuatro visitas de agentes de la Guardia Civil que, presuntamente, pretendían captarle como informante. El tribunal, en cualquier caso, señala que no se ha solicitado ni una sola diligencia sobre una posible vinculación del imán con los servicios del Estado en el tiempo en que se produjeron los atentados.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.
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