El Constitucional frena decisiones importantes para no incidir en la campaña electoral en curso
La prohibición de nombramientos por el Poder Judicial en funciones y la pérdida del escaño del exdiputado Alberto Rodríguez, entre otros recursos, se resolverán en septiembre
La convocatoria de elecciones generales para el próximo 23 de julio ha afectado a la tarea del Constitucional, que ha decidido retrasar el debate sobre algunas sentencias especialmente sensibles, para que no coincidan con la campaña y la celebración de los comicios. Entre los asuntos que van a permanecer congelados hasta el próximo mes septiembre figura el recurso contra la prohibición de nombramientos por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) mientras se encuentre en funciones, así como la petición de amparo formulada por el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez, tras ser privado de su escaño a raíz de su condena por haber dado una patada a un policía al finalizar una manifestación. También se van a aplazar otros fallos relacionados con el ejercicio de derechos fundamentales en el contexto de los efectos de la pandemia.
El Constitucional no ha detenido su labor, pero se va a centrar en los próximos plenos de junio y julio en cuestiones de menor calado político. El recurso del PP contra la prohibición de nombramientos pudo haber sido analizado incluso antes de la última renovación del tribunal, el pasado mes de enero. Pero entonces no hubo consenso para llevarlo al pleno, en un contexto de grave enfrentamiento entre el Gobierno y el PP sobre el deterioro de las instituciones, favorecido por el bloqueo de la renovación del órgano de gobierno de los jueces, que se prolonga ya cuatro años y medio. Predominó entonces el criterio de que había que dar una oportunidad a que apareciera una iniciativa política que resolviera el problema político planteado, de modo que el debate estrictamente jurídico sobre las competencias del Consejo en los períodos en que haya terminado su mandato pero siga en funciones pudiera abordarse en un clima más distendido.
Una vez renovado el Constitucional, a comienzos de año, volvieron a activarse los motores del tribunal para terminar el proyecto de sentencia, y lo proyectado era que se discutiera durante este mes de junio. En principio, la opinión dominante era favorable a mantener dicha prohibición de nombramientos durante los períodos de transición entre un mandato caducado y otro que debe empezar mediante acuerdo entre las fuerzas políticas parlamentarias. Habrá discusión en el pleno, pero en estos momentos el Constitucional cuenta con una consolidada mayoría progresista que no ha variado el criterio inicial que ha venido defendiendo sobre este asunto. Lo que se quiere evitar es que en estos momentos determinadas resoluciones del tribunal, sea cual fuere su signo , interfieran en el período electoral reabriendo debates específicos sobre los que sigue existiendo una fuerte controversia política.
Un caso similar es el de la pérdida del escaño por parte del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez. En medios del Constitucional se daba por hecho que la sentencia sería favorable a su petición de amparo, que tiene una doble vertiente. Por una parte, el recurso se dirigía contra la condena impuesta por el Supremo. Y por otra, impugnaba la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en sentido de considerar que el fallo dictado debía implicar la pérdida del escaño. La intención inicial del órgano de garantías también era llevar este caso al pleno durante el presente mes de junio. Pero tampoco hay urgencia en la medida en que la sentencia que se dicte no iba a implicar la vuelta de dicho diputado al puesto para el que fue elegido en las anteriores elecciones. Por otro lado, este fallo afecta directamente a cuestiones relacionadas con los derechos de los parlamentarios y no ha parecido lo más aconsejable abordar el caso concreto en pleno período electoral.
En cuanto al ejercicio de derechos fundamentales en relación con la pandemia, el Constitucional ha de dictar sentencia sobre la prohibición de manifestaciones con ocasión del Día de la Mujer Trabajadora, el 8 de marzo de 2021. En esa fecha ya no había el mismo grado de riesgo que el año anterior. Los sindicatos recurrieron la prohibición. Hasta ahora, el tribunal ha priorizado en todas sus sentencias la protección de la salud pública frente al derecho de manifestación.
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