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El fantasma de la sentencia del ‘procés’

Puigdemont no pudo ser juzgado por el Supremo, pero su papel protagonista recorre el fallo de 2019

Carles Puigdemont, rodeado por los miembros de su Gobierno y diputados independentistas, en la balaustrada del Parlament el 27 de octubre de 2017.
Carles Puigdemont, rodeado por los miembros de su Gobierno y diputados independentistas, en la balaustrada del Parlament el 27 de octubre de 2017.Albert Garcia

Él estaba allí. En prácticamente todos los escenarios que va recorriendo el relato de hechos probados de la sentencia del procés, dictada por el Tribunal Supremo el 14 de octubre de 2019, estaba Carles Puigdemont. Pero el Supremo solo pudo juzgar —y condenar— por ellos a sus subordinados en el Govern (además de a la presidenta del Parlament y los principales activistas en la calle). Él, el president, el capitán del barco independentista en la fase final de su viaje, había huido dos años antes y desde entonces permanece “procesado en rebeldía”. A lo largo de las 493 páginas de la sentencia 459/2019, Puigdemont es un fantasma al que casi se puede tocar, pero al que los jueces aluden por su nombre en contadas ocasiones y solo como parte del paisaje, pues no ha sido juzgado.

Estos son algunos de los momentos de la sentencia en los que Puigdemont ejerce un papel protagonista aunque invisible, aún, a efectos penales:

El desafío desde las instituciones. El Supremo concluyó que el procés fue una “estrategia concertada” del movimiento independentista catalán para forzar al Estado a negociar la ruptura de España, y que la estrategia tenía tres patas: la ejecutiva (la Generalitat), la legislativa (el Parlament) y la de la movilización en la calle (liderada por las entidades ANC y Òmnium Cultural). Esa estrategia la encabezó Puigdemont como president desde enero de 2016, aunque había empezado años antes y se había disparado a partir de noviembre de 2015, con la resolución de ruptura del Parlament.

La sentencia de 2019 se remonta a esos antecedentes, recuerda la “abierta y contumaz” desobediencia que la Generalitat y el Parlamento autónomo sostuvieron durante meses, ignorando los requerimientos del Tribunal Constitucional, que les instaba a parar. Y culmina el relato con la doble declaración de independencia —”simbólica e ineficaz”, según el Supremo—: la que anunció Puigdemont el 10 de octubre de 2017 (y dejó en suspenso un minuto después) y la que aprobó el Parlament el 27 de octubre, que dio lugar a la intervención de la autonomía catalana por parte del Gobierno de Mariano Rajoy. Por esos hechos fueron condenados a prisión seis miembros del Ejecutivo de Puigdemont que no se habían fugado con él —Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull y Dolors Bassa— y la entonces presidenta del Parlament, Carme Forcadell.

La aceptación de la violencia. El Supremo declaró “probado” que en el procés hubo “violencia”, pero con el matiz de que esa violencia no fue lo suficientemente “funcional, preordenada o instrumental” para sostener un delito de rebelión (y por eso no condenó a los acusados por este delito, sino por el de sedición). Como ejemplo de esa violencia que sí se produjo y que la Generalitat asumió, la sentencia se detiene en la reunión que mantuvieron los principales mandos policiales de los Mossos con el presidente Puigdemont, el vicepresidente Oriol Junqueras y el consejero de Interior, Joaquim Forn, el 28 de septiembre de 2017, en las vísperas del referéndum ilegal del 1-O.

Los Mossos “propusieron expresamente la suspensión de la votación” del 1-O ante el riesgo de que se produjeran “graves incidentes entre agentes policiales y ciudadanos”, afirma el Supremo; y, sin embargo, los líderes políticos les transmitieron su “decisión de seguir adelante”. “Al finalizar la reunión, el procesado rebelde, entonces presidente de la Generalitat, manifestó a todos los presentes que si el día 1 de octubre se desataba la violencia declararía la independencia”, subraya el tribunal.

Los líderes de Òminum, Jordi Cuixart (a la izquierda) y de la ANC, Jordi Sànchez (derecha), encima del capó de un vehículo policial en una manifestación independentista en septiembre de 2017 en Barcelona.
Los líderes de Òminum, Jordi Cuixart (a la izquierda) y de la ANC, Jordi Sànchez (derecha), encima del capó de un vehículo policial en una manifestación independentista en septiembre de 2017 en Barcelona.albert Garcia

El tumulto en la calle. Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, los Jordis, líderes de la ANC y Òmnium durante la fase final del procés, fueron condenados por sedición como máximos responsables de la movilización callejera y tumultuaria con la que el independentismo, en esa “estrategia concertada”, pretendía torcer el brazo al Estado “pulverizando” el ordenamiento jurídico. Los tumultos fueron varios y en días distintos, remarca el Supremo, pero el fundamental se produjo el 20 de septiembre de 2017 ante la Consejería de Economía de la Generalitat, que estaba siendo registrada por orden de una jueza con el objetivo de frenar los preparativos del 1-O. Y la sombra de Puigdemont también se desliza por ese escenario.

Jordi Sànchez, recoge la sentencia, “aseguró [a la multitud que trataba de impedir el registro] que hacía un rato se había reunido con D. Carles Puigdemont y que el presidente le había asegurado que habría referéndum”. A continuación, pidió que “nadie se marchara a casa todavía, pues tenían una ‘noche larga e intensa’, y que habían de trabajar porque ellos eran el sueño de un nuevo país”.

La marcha atrás. La tesis del Tribunal Supremo es que la Generalitat nunca quiso llevar a término el órdago independentista; que todo fue un “señuelo”, un “artificio engañoso” para usar a la ciudadanía como arma de presión al Estado, esperando que este, sintiéndose acorralado, se prestase a negociar la autodeterminación de Cataluña. No había, considera el tribunal, una “verdadera voluntad de dar eficacia al resultado del tumultuario referéndum”. Como sostén de ese argumento, la sentencia menciona dos momentos en los que la Generalitat pareció querer pisar el freno in extremis: la declaración de independencia suspendida por Puigdemont el 10 de octubre y la conversación que mantuvo el president con el lehendakari Íñigo Urkullu, relatada por este durante el juicio.

Urkullu explicó que Puigdemont le pidió, “en los últimos días del mes de octubre”, que mediase entre la Generalitat y el Gobierno de Rajoy para buscar una salida y “evitar una declaración de independencia”. El lehendakari dedujo que si el president no había convocado elecciones era porque “los suyos no se lo habían permitido”. En todo caso, la declaración de independencia —la segunda y definitiva— sí acabó produciéndose, el 27 de octubre.

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