El Supremo confirma que los jueces están obligados a celebrar bodas gays
La Sala de lo Contencioso rechaza la pretensión de un juez de Valencia que se escudaba en su conciencia católica para no celebrar estas uniones
El Tribunal Supremo ha rechazado que un juez pueda objetar de conciencia la celebración de matrimonios gays, dado que el juez está sometido al principio de legalidad y no puede subordinar a el ejercicio de sus funciones a cuestiones de conciencia. La Sala de lo Contencioso ha rechazado la pretensión el juez número 3 de Sagunto (Valencia), Pablo de la Rubia, que pidió al Consejo del Poder Judicial que le eximiese de celebrar matrimonios gays alegando que su conciencia católica le impedía validar ese tipo de uniones.
El Poder Judicial rechazó su pretensión y ahora el Tribunal Supremo, al que recurrió el juez objetor, ha confirmado la decisión del Poder Judicial. Según la sentencia, uno de los rasgos distintivos de los miembros de la Carrera Judicial, en tanto ejercen la potestad jurisdiccional, es su sumisión única a la legalidad, por lo que está claro que no pueden dejar de cumplir los deberes que emanan de la misma.
Para el Supremo, no se trata de que sea posible o no sustituir al juez como encargado del Registro Civil en un caso concreto, ni de que haya formas de evitar perjuicios a terceros, sino del que el juez esté sometido a la ley en garantía de los derechos e intereses legítimos de todos.
Ese principio fundamental se vería cuestionado desde el momento en que se subordinara a consideraciones de conciencia el cumplimiento de las funciones judiciales o registrales, "especialmente, si como, en este caso, tienen un carácter técnico, absolutamente desvinculado de toda práctica religiosa".
No es la primera vez que estamentos judiciales se pronuncian en este sentido. El Tribunal Constitucional decidió, por ocho votos frente a cuatro, inadmitir a trámite las consultas al respecto y recordó a los jueces que deben aplicar la ley y dejar de cuestionarla. Además, el Consejo General del Poder Judicial expedientó a una jueza de Denia la sancionó con una multa de 305 euros por negarse a oficiar una boda homosexual. El Poder Judicial también rechazó el recurso presentado por un juez del Registro Civil de Sagunto (Valencia) que invocó la objeción de conciencia para abstenerse de casar gays. Le respondieron que los magistrados únicamente están sometidos al imperio de la ley y que no pueden ejercer la objeción de conciencia.
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