Un colegio público da ventaja en la matrícula a los niños nacidos en la Comunidad Valenciana: “Ya tenemos mucho alumnado de fuera”
Ir a la parroquia, que los progenitores tengan empleo y otros elementos chocantes que dan puntos en la admisión de centros educativos valencianos. La nueva normativa del Gobierno autonómico del PP genera una avalancha de criterios discriminatorios
La nueva normativa de admisión escolar de la Generalitat valenciana, gobernada por el PP, que permite a los centros educativos dar un punto extra a los aspirantes a acceder, ha generado una cascada de criterios discriminatorios tanto en centros públicos como concertados. Entre ellos: “Haber nacido en la Comunidad Valenciana”; que ambos progenitores trabajen; que los niños vayan regularmente a la parroquia, o que los padres fueran en su día a una escuela católica.
La confederación de familias Gonzalo Anaya, mayoritaria en la escuela pública en la Comunidad Valenciana, ha detectado criterios discriminatorios en más de 250 centros educativos (de los casi 2.800 que hay en el territorio), analizando la información que la Generalitat publica en su web. Y ha presentado una queja ante el Síndic de Greuges (el Defensor del Pueblo valenciano) pidiendo que se retiren.
La organización ha expresado su frustración por el hecho de que la Consejería de Educación no haya respondido a sus advertencias. Y la considera responsable de lo sucedido, tanto por haber abierto la puerta a que colegios e institutos puedan seleccionar a su alumnado, como por no haber “supervisado” los criterios elegidos por los centros.
El centro que ha implantado el criterio de dar un punto extra a los niños “nacidos en la Comunidad Valenciana” es el colegio público Federico García Lorca de Alzira, Valencia. Preguntada por EL PAÍS, una fuente de su equipo directivo ha justificado el criterio afirmando: “Ya tenemos mucho alumnado de fuera”, añadiendo con la medida pretenden fomentar la matricula del alumnado autóctono. Para acreditarlo, las familias deben presentar una partida de nacimiento del niño. El colegio público San Jaime de Benijófar, Alicante, ha decidido, por su parte, conceder un punto por haber “nacido o nacida en la localidad’”. En ambos casos supone una discriminación no solo hacia el alumnado extranjero, sino hacia el de otras zonas de España. Y en el caso del colegio de Alicante, hacia cualquier chaval que no haya nacido en el municipio.
Discriminación económica y religiosa
Penalizar a aquellos niños cuyos progenitores están en paro resulta igualmente chocante. Como lo es comprobar que el criterio ha sido incluido por 34 centros educativos, 32 de ellos públicos. Alguno de ellos precisa que, en el caso de unidades familiares monoparentales, solo se aplicará a dicho progenitor.
La concesión de ventaja si se acreditan creencias religiosas católicas ha sido incluido por ocho centros, todos concertados, que lo han plasmado con fórmulas como: “Alumnado participante en alguna actividad parroquial” o “que padre, madre, tutor o tutora legal , haya estudiado en algún colegio católico al menos durante una etapa escolar”.
La ley de Educación, la Lomloe, establece que el acceso a los centros educativos financiados por la Administración, tanto públicos como concertados, debe realizarse en “condiciones de igualdad”. Y enumera una serie de elementos objetivos que deben premiarse para decidir quién entra en el caso de que la demanda supere a la oferta de plazas, como el hecho de que el aspirante tenga un hermano en el centro o viva cerca de la escuela. La Lomloe prohíbe expresamente la discriminación en el proceso de admisión “por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, opinión, discapacidad, edad, enfermedad, orientación sexual o identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
El decreto de la Generalitat valenciana también establece que no puede haber discriminación. A raíz de la polémica, el consejero de Educación valenciano, José Antonio Rovira, ha afirmado que su departamento está analizando los criterios fijados por los centros. El Ministerio de Educación ha afirmado, por su parte, a través de un portavoz, que el lunes pasado envió una carta planteando al Ejecutivo autonómico que considera que su decreto de admisión vulnera la normativa estatal, e instándole a revisarlo. Se trata del procedimiento habitual previo a la interposición de un recurso ante los tribunales si la Generalitat no acepta introducir cambios.
La Confederación Gonzalo Anaya ha denunciado otros criterios impuestos por los centros por infringir el principio de igualdad. Como el hecho de que los progenitores sean antiguos alumnos. O que los niños hayan asistido a una escuela infantil privada concreta, un elemento establecido por casi un centenar de centros concertados que la confederación de familias considera discriminatorio por motivos socioeconómicos, dado que la matrícula en dicha etapa puede alcanzar los 300 euros al mes, sin contar el comedor.
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