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La victoria de los profesores universitarios asociados: una jueza abre la vía para que miles reclamen las horas no lectivas que no les pagan

Un juzgado da la razón a 51 docentes en situación precaria de la Universidad de Valencia “por discriminación laboral”. No se les remunera por preparar las clases o corregir exámenes

Hall de la Facultad de Medicina, de la Universidad de Valencia
El hall de la Facultad de Medicina, de la Universidad de Valencia.MÒNICA TORRES

Un juzgado valenciano ha dictaminado que 51 profesores asociados de la Universidad de Valencia deben de cobrar no solo las clases que imparten, sino que deben facturar por el tiempo que pasan preparando esas lecciones y asistiendo a reuniones, como ocurre con los docentes funcionarios (se calculan cuatro horas de preparación por cada hora lectiva). Además, señala que la UV debe pagarles 1.000 euros por “daños morales”, pues la juez considera que “existe discriminación laboral en la retribución salarial de los demandantes por vulneración del derecho fundamental a la no discriminación e igualdad”. Si los posteriores fallos del Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana y el Tribunal Supremo son también positivos ―la universidad previsiblemente recurrirá― se abre la vía ―inédita hasta la fecha― de que 1.234 asociados de la UV reclamen sus derechos y las denuncias se repliquen en otras partes de España. Según datos oficiales, el pasado año había 26.700 enseñantes bajo esa figura en las 48 universidades públicas españolas.

Joan García Perales da clase en un instituto y estadística en la Facultad de Psicología de la UV. Le “enriquece” mucho su labor con los adolescentes y no quiere dar el paso completo a la universidad, pero sí que se le page “lo que es justo”, no “cinco euros la hora”. Dedica dos tardes a la docencia universitaria y tiempo a investigar sin remuneración, porque su contrato anual ―aunque se prolongue cada año desde 2013― le impide participar en proyectos plurianuales. Ganaba 400 netos y ha pasado a 600 gracias a un complemento de destino que entró en vigor el pasado enero en las universidades valencianas para los asociados.

“Dedicamos muchísimo más que 180 horas a la universidad. Tienes que actualizar los materiales, aplicaciones digitales, programas... Los conocimientos no valen para siempre”, argumenta García Perales. “Luego tienes que preparar los exámenes, atender a los alumnos, corregir exámenes y trabajos, organizar prácticas... Y eso no se contempla en las horas de docencia, aunque los estatutos de la UV recogen que cada hora de docencia equivale a cuatro de preparación. De ahí la discriminación”.

“En estos momentos la Universidad de Valencia está estudiando la sentencia, que recibió en la tarde de ayer. En cuanto a las retribuciones que hace efectivas a su profesorado, la UV se ajusta a lo dispuesto en el marco normativo actual, como el conjunto de las universidades públicas”, señala un portavoz de la UV. Mientras el litigio no llegue al Supremo, no se unifica doctrina y se crea una jurisprudencia que debe de tomarse como referencia en otros campus. En ese caso podrían beneficiarse los miles de profesores asociados de otras universidades. Si el TSJ valenciano rechazase el recurso de la universidad, podría servir de argumento en otro litigio, por ejemplo en Canarias, pero no sería determinante en la sentencia.

Isabel de la Cruz, presidenta de la Plataforma Estatal de Profesorado Asociado, portavoz de los asociados de la Universidad de Valencia y una de las demandantes, comparte su “alegría”, aunque consciente de que “es el primer paso” y vendrán más. “Lo importante es que se ha demostrado que existe una discriminación laboral y salarial actual y a futuro, porque cotizan entre un 30% y un 33% por nosotros”. La plataforma llegó a viajar a Bruselas, pero en la Comisión les explicaron que primero tendrían que agotar la vía judicial española.

La ley dice que las universidades valencianas pueden desde 2002 contratar a “profesores asociados de entre especialistas de reconocida competencia que acrediten estar ejerciendo, fuera del ámbito universitario, una actividad remunerada laboral, profesional o en la administración pública”.

La norma dice también que las funciones del asociado serán “exclusivamente docentes” y que tendrán contratos de entre seis y 12 horas a la semana, de las cuales la mitad se dedicarán a “tutorías y asistencia al alumno”. Todos los profesores ―con independencia de su categoría― deben seguir la guía docente (objetivo, metodología...) de la asignatura y la rectora de la UV Mavi Mestre reconoció en el juicio ―según recoge la sentencia― que “con carácter general la coordinación de asignaturas corresponde al profesorado a tiempo completo, pero también lo puede realizar el profesor asociado, no hay norma que lo impida”.

Tras analizar las tablas salariales, la juez concluye que quienes tienen la máxima contratación ―180 horas lectivas por curso― perciben un salario bruto de 803 euros (de ellos 293 son un complemento de destino) por las horas de docencia y las tutorías. Pero no se les “retribuye por preparación, evaluación de materiales y evaluación continua del alumnado”, reconoce la sentencia. Eso equivale a que un profesor funcionario a tiempo parcial cobraría 1.056 euros (de ellos 495 son complemento de destino). La juez cree que es “discriminatoria y no justificada la falta de aplicación en la retribución de los profesores asociados del factor multiplicador de cuatro horas de preparación, elaboración de materiales y evaluación continua del alumnado por cada hora de clase o lectiva registrada”.

En el juicio profesores titulares reconocieron que los asociados “hacen tareas de gestión, asisten a actos, reuniones del departamento, reunión con otros profesores cuando comparten la asignatura para la evaluación, realizan encuestas de docencia, y sin que sean retribuidos por estas actividades”, se explica en el fallo.

En la actualidad, los profesores asociados representan un 25,4% de los 104.800 profesores de las universidades públicas. El porcentaje de contratos no fijos roza el 50% junto a otras figuras (sustitutos, colaboradores, asociados en hospitales...) en las universidades públicas y España debe de rebajar hasta el 8% la temporalidad en el empleo público si quiere cumplir su compromiso con Bruselas. Por eso, la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) contempla que los asociados se conviertan en indefinidos a tiempo parcial ―que otorga a los trabajadores derechos de antigüedad o de optar a complementos salariales como premio a su labor docente―, pero ha dado finalmente de plazo a las universidades hasta el curso 2027-2028 para que esos puestos salgan a concurso, no este 2024 como estaba previsto. Tiene que haber un proceso de concurrencia, no puede asignarse directamente la plaza a un asociado. En otras áreas de la Administración, un 20% de los que trabajan con contrato temporal no lograron el puesto indefinido.

Un tercio de los asociados son doctores y el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades pretende que muchos se conviertan en profesores ayudante doctor. El curso pasado había 6.300, pero Ciencia quiere cerrar un acuerdo con los gobiernos autonómicos ―los del PP se resisten―, para crear 3.800 nuevas plazas cofinanciadas durante seis años, tras los cuales las comunidades pagarían todo el salario y estos docentes investigadores se convertirían en profesor titular laboral (fijo no funcionario). En Cataluña, con el mayor porcentaje de asociados, se ha activado un plan de choque.

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