Menos bulos, ‘influencers’: la nueva ley de rectificación les pondrá al mismo nivel que los medios de comunicación
Una nueva regulación actualizará la norma de 1984 a la realidad digital de hoy. Se enlazarán los contenidos erróneos con los corregidos
Si se echa la mirada cuatro décadas atrás, ¿cuánto han cambiado los medios de comunicación? Para muchos, es otro mundo. Estamos en la era de las plataformas digitales, la inmediatez, las redes sociales, la viralidad y la desintermediación: cualquier persona, incluidas autoridades o cargos públicos, puede publicar contenido veraz, pero también manipulado o directamente engañoso con una difusión potencial de alcance inimaginable y con las consecuencias que supone diseminar una mentira. Los medios tradicionales ya no ostentan el monopolio informativo y cada vez más personas conocen la actualidad en plataformas online. De ahí la necesidad de actualizar un mecanismo de protección fundamental: la rectificación.
De acuerdo con la Ley orgánica 2/1984 que la regula, es un derecho que ampara a cualquier persona, que puede solicitar la corrección de una noticia cuando dé cuenta de hechos inexactos o falsos que le puedan causar un perjuicio. Eso sí, solo si se han difundido “por cualquier medio de comunicación social”. Esta redacción, de hace 40 años, hoy se queda corta frente a la posibilidad de difundir informaciones erróneas entre miles de millones de usuarios en todo el mundo a través de Facebook, Instagram, X (anteriormente Twitter), TikTok, WhatsApp o Telegram. La ley, señalan los juristas consultados, se tendría que haber actualizado mucho antes para adaptarla al alcance de las comunicaciones digitales y al impacto de los usuarios relevantes e influencers.
Aunque el Gobierno aún no ha dado a conocer el texto del anteproyecto que reforma el derecho de rectificación, el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, adelantó que pondrá el foco en estos usuarios de especial trascendencia por el alcance que tienen sus publicaciones. Según explicó, se definirán con un criterio cuantitativo: son aquellos que tienen más de 100.000 seguidores en una sola red social o más de 200.000 en varias de ellas. “Este cambio es novedoso y apunta en una dirección correcta. Los usuarios relevantes son una especie de competencia del cuarto poder de los medios: ejercen una influencia significativa sobre la opinión pública, disfrutan de libertad de expresión y de libertad de empresa y podían desarrollar casi la misma actividad, pero sin tener que soportar la regulación”, reflexiona el abogado Santiago Mediano. El nuevo texto legal los elevará a la categoría de medios y les obligará a dar cumplimiento al derecho de rectificación. “Si tienes a alguien como Alvise Pérez, con tantos seguidores en Telegram, y difunde informaciones equivocadas, las consecuencias son importantes”, aclara el especialista en propiedad intelectual y tecnología.
Con la actual ley en vigor, si alguien considera que una información es inexacta y le perjudica, debe enviar una carta a la dirección del medio en un plazo de siete días solicitando que la rectifique. El director es el responsable de lo que se publica, una jerarquía que se ha mantenido en la prensa nativa digital. Si se niega, el afectado puede iniciar una acción judicial y el juez, tras escuchar a las partes, decidirá. Pero en el ámbito de las redes no hay un director: son las personas o las empresas quienes pueden publicar contenido falso sin que la red utilizada se considere responsable de estas acciones.
Casos grises
En principio, se potenciarán los mecanismos prejudiciales y los afectados tendrán unos días más para actuar (diez frente a los siete actuales). Sin embargo, puede ser un obstáculo. “A la velocidad que se mueve la información, si la noticia está publicada tantos días, el impacto negativo está hecho”, señala Joaquín Muñoz, socio de Bird & Bird. El experto advierte de la posibilidad de que se pida rectificar para suprimir informaciones incómodas para las esferas de poder. “Algunos casos son claros, pero habrá muchos en un ámbito gris. El reto es que los juzgados tengan recursos para responder eficazmente porque se judicializa la veracidad de la noticia. En aras de la eficiencia, la ley debería especificar quién debe aportar las pruebas de que el contenido es verdadero o falso”, concluye.
Otra duda tiene que ver con cómo se contacta con al usuario relevante para ejercer este derecho. “Parece lógico que se obligue a las plataformas a facilitar un medio para que se canalicen las solicitudes. Si el usuario tiene que implementar un buzón de correo, puede haber saturaciones y peticiones que se pierdan”, alerta Juan Carlos Guerrero, abogado de Ecija. “Si la obligación es únicamente del influencer, él tendría que articular la vía de contacto, incluyendo esa información en el perfil”, opina Joaquín Muñoz. Cuando proceda rectificar, el usuario relevante tendrá que cumplir con unos requisitos: modificar el contenido, publicar un aviso dando cuenta de la rectificación e incluir un enlace al contenido cuestionado.
También hay novedades sobre la rectificación de informaciones que involucren a personas fallecidas, ya que se modifica quién puede solicitarlo. La ley vigente señala que serán los herederos, pero según adelantó el ministro, lo podrán pedir familiares y personas cercanas. “Si fallece alguien con proyección pública y hay una lluvia de noticias que pueden ser erróneas, es materialmente imposible que se conozca quiénes son los herederos en un plazo tan breve”, explica Santiago Mediano. Además, puede haber otros focos de conflicto si unos quieren que se corrija lo publicado y otros no, o si hay que publicar una sola rectificación cuando varios lo piden por separado.
“Por lo que se ha anunciado, la norma parece ser bastante continuista. Habrá que definir bien los conceptos que se quieren introducir, que estén bien redactados”, puntualiza Juan Carlos Guerrero. Son cuestiones importantes que se tendrán que aclarar cuando se dé a conocer el anteproyecto de ley.
Sin lugar para la censura
“Europa tiene un número cada vez mayor de normas que institucionalizan la censura”. Son las palabras de Mark Zuckerberg, el CEO de Meta, que anunció que eliminará la moderación de contenidos falsos en Facebook e Instagram. La Comisión le contestó: “No solicitamos a ninguna plataforma que elimine ningún contenido de naturaleza legal”, dijo el portavoz Thomas Regnier. El abogado Santiago Mediano recuerda que tanto en España como en la UE “está radicalmente prohibida la censura previa” y subraya que serán los usuarios relevantes y no las empresas de Zuckerberg o de Elon Musk quienes tendrán que cumplir con las obligaciones de rectificación.
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