_
_
_
_

Los artistas estrenan un nuevo contrato laboral

El empresario tendrá que hacer fijo al trabajador si enlaza bolos durante más de 18 meses en dos años

Primer reparto de la ópera ‘La Cenerentola’, en el Teatro Real de Madrid.
Primer reparto de la ópera ‘La Cenerentola’, en el Teatro Real de Madrid.Javier del Real

Dos de cada tres puestos de trabajo en el sector cultural en España son asalariados, según datos del Ministerio de Cultura y Deporte. Un trabajo, el de artista, golpeado duramente por la covid-19, que ha puesto de manifiesto, una vez más, las debilidades estructurales de esta industria. “La situación de muchos artistas ha pasado de ser precaria a insostenible, poniendo en peligro la diversidad de la creación”, alerta la Unesco en un reciente informe. En este contexto, y con la reforma laboral en marcha, el mundo del espectáculo estrena un nuevo contrato artístico para ofrecer amparo y certidumbre a los trabajadores.

Y es que, entre otras cuestiones, había prisa por dar solución a los profesionales que viven de bolos penalizados por la reforma laboral. La norma que actualiza el régimen laboral especial de los artistas, el real decreto-ley 5/2022, de 22 de marzo, indulta los contratos de menos de 30 días, tan frecuentes en el mundo artístico, del pago de la cotización adicional reglada. Como explica Manuel López, abogado que participó en la gestación del decreto y director de Sympathy for the Lawyer, “teníamos hasta el 31 de marzo para disponer de una solución que permitiera seguir contratando y evitar un colapso del sector cultural”.

La nueva tipología no restringe el uso de los contratos temporales; ahora bien, el empresario que los utilice debe justificar muy bien la necesidad estacional. Y en todo caso, tendrá que hacer fijo al artista si enlaza bolos durante más de 18 meses en dos años. La otra gran novedad es que se mejora la indemnización por finalización de contrato. La compensación mínima para los colectivos es ahora la proporcional a 12 días de salario por año trabajado frente a los 7 anteriores, o de 20 en caso de que el proyecto exceda de 18 meses.

El peso de las mujeres

Es una regulación largamente esperada, pero que ha quedado algo corta por las prisas. Así lo cree Patricia Gabeiras, socia fundadora de Gabeiras & Asociados y partícipe en algunas reuniones del estatuto: “Hay cuestiones técnica y jurídicamente mejorables”. Se trata, en todo caso, de una regulación provisional a la espera de una norma definitiva, que, según la abogada, “debería contemplar con mayor claridad que la regla general en el ámbito cultural es la contratación temporal”. Es hora, además, de incorporar “perspectiva de género” en un sector donde el 48,1% del trabajo está realizado por mujeres, según la Unesco. Por ejemplo, con una norma específica para que las bailarinas o trapecistas embarazadas queden “automáticamente en situación de riesgo por embarazo”.

Aunque la intermitencia sea la tónica para muchos artistas, hay otros tantos que aspiran a un puesto fijo que les dé la estabilidad necesaria. Un sueño que a menudo choca con la escasez de plazas y las irregularidades laborales. Algunas llegan a denunciarse a la Inspección de Trabajo. Es el caso judicializado del coro del Teatro Real que, a pesar de anunciarse con este nombre, está compuesto por cantantes de la empresa adjudicataria Intermezzo. En 2019, a raíz de una denuncia, la Inspección multó a ambas compañías con 50.000 euros por cesión ilegal de trabajadores. Según el acta, Intermezzo, que ha declinado realizar declaraciones, se limita a ceder y pagar a los cantantes que, realmente, están a las órdenes del Teatro Real. Es la fundación pública la que organiza su trabajo, fija los horarios de ensayo y les dirige. De avalarse en vía judicial, afirma Ana Ercoreca, inspectora y presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS), los coristas “tendrán derecho a que les hagan fijos en el Real, si así lo deciden”. Y conseguir las mismas condiciones laborales que los de plantilla, que, según una cantante que no revela su nombre por miedo a las listas negras, son “muy distintas”.

Fuera de estos supuestos abusos en la subcontratación, hay otros casos en los que es necesario contar con varias empresas especializadas para montar, por ejemplo, un festival organizado por un ayuntamiento. Como explica López, la nueva regulación permite que estas hagan contratos laborales artísticos al ser “más ágil”.

El abogado no cree que vaya a existir especial conflictividad en el uso de los contratos temporales. La ley lo delimita para cubrir una o varias actuaciones, una temporada, el tiempo que una obra permanezca en cartel, o el que duren las distintas fases de la producción. Sin embargo, advierte, habrá que hilar más fino en la contratación de los técnicos (iluminadores, montadores…) y auxiliares (sastrería, peluquería, maquillaje…). Y es que, señala Gabeiras, en respuesta a las reivindicaciones del sector, ahora siguen el mismo régimen que los artistas “siempre que no se trate de actividades que se desarrollen de forma estructural o permanente por la empresa, aunque sean de modo cíclico”.

Para César Casares, secretario general de Conarte (Confederación de Artistas Trabajadores del Espectáculo), el recién estrenado decreto es un paso más en la línea del informe del Estatuto del Artista aprobado por unanimidad en el Congreso en 2018. Sin embargo, lamenta, aún queda mucho por andar. Es vital, subraya, garantizar jubilaciones dignas: “Es inadmisible que un primer bailaor con 60 años tenga 12 cotizados por culpa de la intermitencia”. Hay que apuntalar, agrega, un sistema de transición profesional. Según afirma, “el 85 % de los bailarines que siguen estos programas encuentran trabajo en el primer año”. Casares también aboga por una “ventanilla única” en la Inspección para tutelar al sector. A este respecto, Ercoreca recuerda la importancia de denunciar los abusos y que el trámite es confidencial.

Más espectáculos, más empleo

Una forma de generar empleo en el sector cultural es financiarlo a través de los incentivos fiscales a la inversión. La reforma del impuesto de sociedades de 2021 introdujo un nuevo marco más sencillo para las empresas interesadas en espectáculos en vivo. Según Coté Soler, consejero delegado de Ymás, es una fórmula beneficiosa para ambas partes  que permite a las compañías asociar su marca y deducirse hasta el 120% de la inversión. Julián Galindo, socio director de Carrillo Asesores, ha observado un bum de estas iniciativas en el último año y asegura que “el presupuesto de subvenciones del Ministerio de Cultura no alcanza un quinto del importe aportado por el capital privado”. 


Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_