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opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Difícil ejercicio de los derechos sociales

Los enfermos que sufren alguna patología oncológica o que ya se han curado pueden sufrir un doble castigo si las compañías rechazan contratarles un seguro o les exigen primas más elevadas

Una enfermera prepara un tratamiento de quimioterapia en el SJD Pediatric Cancer Center de Barcelona.
Una enfermera prepara un tratamiento de quimioterapia en el SJD Pediatric Cancer Center de Barcelona.Albert Garcia
Andreu Missé

Los derechos sociales van siendo reconocidos legalmente, pero su ejercicio por los ciudadanos sigue siendo muy difícil. Es el caso de los derechos relacionados con la salud en los contratos de seguros. Estos derechos son muy relevantes para las personas que han padecido un cáncer. Los enfermos que sufren alguna patología oncológica o que ya se han curado pueden sufrir un doble castigo si las compañías rechazan contratarles un seguro o les exigen primas más elevadas.

Las mejoras legales empezaron en 2015 y 2018, cuando se incluyó en la Ley de Contrato de Seguros que “no se podrá discriminar a las personas que tengan VIH/SIDA, ni por otras condiciones de salud”. La norma fue reforzada en 2023 con la incorporación de medidas “para hacer efectivo el derecho al olvido en la contratación de seguros y productos bancarios de los pacientes de patologías oncológicas”. Significa que las cláusulas que excluyan a una persona por haber padecido cáncer son nulas y se prohíbe la discriminación a las que lo han padecido transcurridos cinco años desde la finalización del tratamiento. En los seguros de vida tampoco hay obligación de declarar si se ha padecido cáncer una vez cumplido el mencionado plazo.

El tema ha sido analizado por Finsalud, una fundación que vela por la mejora del bienestar en el entorno financiero. Varios expertos han expresado su preocupación por el incumplimiento de la legislación. Pedro Pérez, jefe de servicio de Oncología del Hospital Clínico San Carlos, ha señalado que España ha sido uno de los últimos países europeos en transponer la legislación europea sobre el olvido oncológico. Estima que “es un asunto importante, pues hay personas que han ido al banco a por una hipoteca y les han pedido un informe sobre su situación oncológica y esto no se puede hacer, de acuerdo con la normativa española que dio cumplimiento a una resolución del Parlamento Europeo de 2022″.

Para el abogado Pablo Franquet, socio de Fieldfisher Jausas y patrono de Finsalud, el problema es que “no se han establecido los procedimientos para demandar si las empresas se niegan a borrar los datos de salud en su historial”. En su opinión, “es muy positiva la propuesta de la fiscal jefe de Barcelona, Neus Pujal, que pide la creación de una fiscal de defensa de los derechos de los consumidores, con dedicación exclusiva”.

Carlos Lluch, fundador de Lluch & Juelich, una correduría de seguros, sostiene que “las aseguradoras están conculcando la legislación”. Insiste en que “la ley es muy clara al señalar que las empresas no pueden denegar un seguro a una persona por haber padecido cáncer, ni imponerles contratos diferentes ni exigirles condiciones más onerosas”. En su labor de voluntariado asegura haber atendido a más de 15.000 personas que “han sufrido abusos por parte de las compañías”. Lluch, reconocido experto del sector, sostiene que las compañías tienen margen para mejorar, pues pagaron solo un 23,5% en indemnizaciones del total de primas recaudadas, según el informe de ICEA en 2022. Los derechos solo son tales si se pueden ejercitar.

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