Un año para frenar a los fondos buitre
Durante la última década los bancos han vendido cientos de miles de inmuebles y préstamos a fondos oportunistas, a precios tirados
Una vez más, una directiva europea podría ser clave para remediar la indefensión de miles de deudores hipotecarios. En 2023, España tiene que adaptar su legislación a la Directiva Europea 2021/2167, que eleva la protección a los ciudadanos que han visto como sus hipotecas que no pudieron pagar fueron vendidas a fondos extranjeros (buitres), muchos en paraísos fiscales a precios muy devaluados, (hasta la décima parte de su valor), mientras sus compradores podían seguir reclamándoles el 100% de su deuda. Todo ello ocultándolo al deudor.
Durante la última década los bancos han vendido cientos de miles de inmuebles y préstamos a fondos oportunistas, a precios tirados. Según Axis Corporate las ventas han ascendido a 213.850 millones de euros entre 2008 y 2021. No precisa el número de viviendas afectadas. El artículo 1.535 del Código Civil, inspirado en principios de “humanismo y benevolencia” del derecho romano, permite que el deudor pueda liberarse de su deuda abonando lo que había pagado el comprador. Así lo han interpretado algunos jueces y Audiencias como la de Girona que permitían a los deudores saldar sus deudas abonando el precio pagado por los fondos.
Esta posibilidad fue rechazada en 2015 por el Tribunal Supremo, que optó por priorizar los intereses de los bancos. Consideró que había que tener en cuenta el “intenso proceso de reestructuración y reforzamiento de los recursos propios del sistema financiero de este país, sumido en una profunda crisis” y que por ello “no hay cabida para que los deudores puedan retraer las operaciones que dejaron impagadas y en situación de litigiosidad”.
Una interpretación calificada de “muy restrictiva”, por destacados juristas como el magistrado Edmundo Rodríguez. Otro magistrado, Diego Gutiérrez, estima que “el problema es que el Tribunal Supremo está imbuido de presupuestos neoliberales y piensa que hay que ayudar al sistema financiero. En su opinión “con la legislación vigente ya teníamos herramientas para hacer una interpretación más favorable al deudor”. En Las falacias económicas que repercuten en la jurisprudencia (Boletín 86 de Juezas y jueces para la Democracia) considera que “el verdadero problema ha sido el endeudamiento privado” y que la mejor solución para la economía es la reducción de la deuda de los particulares.
La mayor sensibilidad del Supremo con la banca se comprende si tiene en cuenta que el ponente de la referida sentencia fue Sebastián Sastre Papiol, quien antes de ser nombrado magistrado por el Consejo General del Poder Judicial en 2012, había sido director de los servicios jurídicos de La Caixa durante 25 años. Contradicción que ya había sido destacada por reconocidos juristas como Fernando Zunzunegui y Fernando Gomá.
El Supremo ha mantenido su postura en posteriores sentencias. Solo una ley puede equilibrar la situación. El Gobierno debe transponer cuanto antes la directiva para elevar los derechos de los deudores y asegurar que tengan toda la información de estas ventas opacas incluido el precio que ahora no tienen.
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