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El Supremo absuelve a Ana Botella por la venta de pisos sociales a un fondo buitre

Los magistrados desestiman el recurso interpuesto por la concejal González Fernández para recurrir como vecina, quien tras el auto valorará si buscará amparo

Ana Botella en un acto en 2013.
Ana Botella en un acto en 2013.Ballesteros

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución definitiva de la exalcaldesa de Madrid Ana Botella y su Junta de Gobierno por la venta de 1.860 viviendas públicas a un fondo buitre al rechazar la queja que planteó la edil socialista Mercedes González contra el Tribunal de Cuentas por impedirla recurrir el asunto en calidad de vecina.

Así consta en un auto en el que los magistrados desestiman el recurso interpuesto por la concejal González Fernández contra el auto de 11 de diciembre de 2019, dictado por el Tribunal de Cuentas. Se declara denegada la preparación del recurso de casación, debiendo ponerse “esta resolución en conocimiento del expresado Tribunal para su constancia en los autos”.

El 17 de julio, el Tribunal de Cuentas revocó una sentencia que condenaba a Botella y a siete miembros de su equipo a abonar 22,7 millones de euros por la venta en 2013 a dicho fondo de inversión de 1.860 viviendas de la EMVS.

La sentencia consideró probado que la operación en la que fueron vendidas las viviendas pública por 128 millones de euros a Fidere, filial de Blackstone en España, se hizo por un procedimiento ilegal al no asegurar la concurrencia, y se cerró por debajo del precio contable de los inmuebles, de 159 millones, y también por debajo del precio del mercado, generando un perjuicio al erario público de más de 25 millones de euros.

En el auto del Tribunal Supremo, los magistrados señalan que la recurrente (Mercedes González) “no desarrolló ninguna actuación procesal en la instancia, y ha sido con posterioridad a la sentencia cuando ha decidido comparecer ante el Tribunal de Cuentas y anunciar su intención de recurrirla en casación”.

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Señalan que la recurrente ha dejado “expresa constancia de su condición de concejal” del grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Madrid, no sostiene su legitimación procesal con base en el cargo público que ocupa, sino que, según ella misma enfatiza una y otra vez, ha comparecido y está litigando con base en su condición de vecina del Ayuntamiento de Madrid.

El Supremo estima que la “única conclusión” que puede adoptar es desestimarlo, sin costas al mismo ya que no esta previsto en el recurso de queja la intervención de parte contraria. Esta era la última posibilidad para reclamar responsabilidades a la alcaldesa de Madrid Ana Botella por la venta de la vivienda pública.

La edil socialista ha valorado “muy negativamente” el auto del Supremo porque considera que “cercena” su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva a través del recurso de casación, “por un puro problema de con qué gorro” es vista en la acción judicial, si como vecina o como concejala, ha trasladado a Europa Press.

Explica González que ha recibido un rechazo después de instar a la EMVS a recurrir en casación como concejala y no como vecina, “como si ambos (papeles) fueran divisibles cuando se habla de derechos constitucionales tan importantes”.

“Da la impresión de que el Supremo ha pegado una patada al balón y por ello, en su propio fundamento jurídico tercero, me insta al ejercicio del derecho de amparo constitucional, con lo cual estoy valorando si aceptaré ese reto ya que lo haría en mi doble condición”, ha avanzado, una decisión que tomará después de debatirlo con el Grupo Municipal Socialista.

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