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El Gobierno lanza el nuevo mercado de capacidad eléctrica para respaldar las renovables y el almacenamiento

Red Eléctrica contratará la potencia firme necesaria a través de procedimientos de concurrencia competitiva mediante subastas

La vicepresidenta cuarta y ministra para la Transición Ecológica del Gobierno, Teresa Ribera el pasado día 16 en una jornada del Cercle d'Economia de Barcelona. 
Alberto Paredes / Europa Press
 
15/04/2020
La vicepresidenta cuarta y ministra para la Transición Ecológica del Gobierno, Teresa Ribera el pasado día 16 en una jornada del Cercle d'Economia de Barcelona. Alberto Paredes / Europa Press 15/04/2020Alberto Paredes (Europa Press)

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha lanzado a audiencia e información pública la orden ministerial para crear un mercado de capacidad en el sistema eléctrico español con el objetivo de incentivar la inversión en almacenamiento y firmeza, garantizando el suministro en un sistema eléctrico con alta penetración renovable. Asimismo, pretende repartir entre todos los vectores energéticos, y no solo el eléctrico, los sobrecostes de las renovables, la cogeneración y los residuos.

En una jornada virtual con motivo del 50 aniversario de Sedigás, la vicepresidenta cuarta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha indicado que los supuestos en que habrá que incorporar esta disponibilidad “van a ser determinantes para facilitar una transición ordenada del mix”. Según la vicepresidenta, disponer de un mercado de capacidad en España es clave para el desarrollo del mercado eléctrico, que la próxima semana se remitirá al Congreso de los Diputados para la creación del Fondo Nacional para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico (FNSSE).

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El Gobierno propone un mercado de capacidad que se constituye como un sistema centralizado en el que el operador del sistema, Red Eléctrica de España (REE), contratará la potencia firme requerida, esto es, la potencia que una instalación puede ofrecer en los momentos de demanda punta, en función de las necesidades que detecte en sus análisis de cobertura de la demanda para todos los horizontes temporales contemplados.

Esta potencia firme deberá asegurar su disponibilidad en los momentos de mayor estrés para el sistema eléctrico peninsular y se contratará a través de procedimientos de concurrencia competitiva gestionados por el operador del sistema mediante subastas pay-as-bid (aquellas en las que los promotores pujan por el precio que estén dispuestos a cobrar por la disponibilidad de su capacidad de potencia firme, siendo ese el precio que se les asigna si su proyecto resulta adjudicado). Los participantes en estas subastas podrán ser instalaciones de consumidores, de generación o almacenamiento, incluidas las instalaciones de autoconsumo, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

La norma prevé dos modalidades de subastas de capacidad: las subastas principales, anuales, asociadas a un periodo de prestación de servicio de capacidad de cinco años que se inicia en un plazo máximo de cinco años desde la asignación del servicio, y las subastas de ajuste, también anuales pero asociadas a un periodo de prestación del servicio de 12 meses.

Estas subastas de ajuste tienen por objeto resolver posibles problemas de cobertura que no vayan a ser cubiertos por medio de la potencia firme asegurada mediante las subastas de capacidad principal. Además, de manera transitoria y hasta que entre en funcionamiento la potencia firme de la primera subasta principal, se prevé la celebración de subastas extraordinarias de carácter anual.

Las primeras subastas se celebrarán una vez se haya publicado la orden ministerial y recabado la autorización de la Comisión Europea y serán convocadas mediante resolución de la Secretaría de Estado de Energía. Los titulares de las instalaciones que resulten adjudicadas se constituirán como sujetos proveedores del servicio de capacidad, debiendo cumplir con lo establecido en la orden y con los procedimientos de operación que la desarrollen.

Este mercado de capacidad deberá cumplir con los principios generales de aplicación a los mecanismos de capacidad establecidos por la normativa comunitaria, entre los que destaca el principio de neutralidad tecnológica, que permite que tanto la generación como el almacenamiento y la demanda puedan participar en las subastas siempre que cumplan los requisitos establecidos.

Debido a la diversidad de tecnologías y a su diferente facilidad para ofrecer con seguridad un megavatio de potencia en los momentos de demanda punta, la norma crea las ratios de firmeza, que establecen una equivalencia entre distintas formas de generación para evaluar la capacidad de cada tecnología de encontrarse disponible en los momentos de mayor escasez de energía eléctrica.

Revisión cada 10 años

La norma se constituye como un instrumento temporal cuyo mecanismo se revisará al menos cada 10 años, no creará distorsiones innecesarias en el mercado y establecerá incentivos para asegurar la disponibilidad de estas tecnologías en los momentos en los que sean necesarias, cumpliendo así con los principios generales de aplicación.

Asimismo, la orden fija un límite máximo de emisiones de CO₂ de 550 gramos por kilovatio-hora (kWh) para las instalaciones de generación existentes participantes en el mecanismo, en línea con la normativa comunitaria. Por su parte, las nuevas inversiones que deseen participar en el mecanismo deberán acreditar que se corresponden con instalaciones no emisoras (0grCO₂ / kWh).

El proyecto de orden también regula el régimen retributivo de los proveedores de servicio, que se configura como una retribución fija mensual en euros por MW en función de la potencia firme asignada y del precio resultante de la casación en las subastas de capacidad celebradas. Además, recoge un esquema de penalizaciones en caso de incumplimiento por parte de los sujetos.

Según la norma, el mercado de capacidad se financiará, como hasta ahora, por todos los consumidores de energía eléctrica y se establecerá como un término de energía (parte variable de la factura) por segmento tarifario y periodo horario, de forma análoga a la estructura establecida para los peajes de transporte y distribución y los cargos que entrarán en vigor el próximo 1 de junio, en función de las necesidades de potencia firme.

El Ministerio ha señalado que esta norma permitirá seguir avanzando en la integración de las energías renovables en el mix de generación en línea con los objetivos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y en coherencia con la política energética desarrollada por el Gobierno.

Además, consideró que también será “un instrumento clave” para el cumplimiento de los objetivos de la Estrategia de Almacenamiento Energético, aprobada por el Gobierno el pasado mes de febrero, que contempla disponer de una capacidad total de unos 20 gigavatios (GW) en 2030, contando con los 8,3 GW de almacenamiento disponible a día de hoy.

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