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Los créditos para pagar el alquiler siguen pendientes de dos trámites

La intención del Gobierno, que ya ha cuantificado la ayuda en un tope de 1.200 millones, es dejarlos listos la próxima semana

José Luis Aranda
Un piso en alquiler en el barrio de Gràcia de Barcelona, el mes pasado.
Un piso en alquiler en el barrio de Gràcia de Barcelona, el mes pasado.

Tres semanas después de que se anunciaran, los préstamos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para ayudar a los inquilinos más vulnerables a pagar sus rentas siguen pendientes de dos trámites. El primero de ellos es la orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (el antiguo Fomento) que definirá los requisitos para conceder la ayuda. El segundo es el convenido que deberá firmar el ICO con las entidades bancarias, a través de las cuales se vehicularán los créditos. Fuentes del citado Ministerio, no obstante, señalan que ambos procesos se encuentran muy avanzados. La idea ahora mismo es que todo quede listo en el Consejo de Ministros del próximo martes. A partir de ahí, señalan fuentes de la banca, sería cuestión de “días” que los clientes pudieran solicitar los préstamos, aunque dependerá de los requisitos que ponga la orden ministerial.

Lo que sí se sabe ya es que la línea de ayuda tendrá un tope de 1.200 millones de euros. Así quedó fijado en la disposición adicional tercera del decreto de medidas económicas complementarias que publicó el BOE este miércoles. Conocida esa cuantía, solo falta por tanto la orden ministerial que fije las condiciones bajo las que los bancos podrán dar esos préstamos. Aunque esa orden podrá añadir nuevos requisitos, el decreto que estableció las ayudas, el pasado 31 de marzo, ya fijó algunos principios sobre qué inquilinos se encuentran en situación de vulnerabilidad. Las condiciones para acceder a los préstamos son de dos tipos: por un lado, el solicitante debe haber quedado desempleado, entrar en un proceso de despido temporal (ERTE), haber reducido su jornada para realizar cuidados o, si es empresario, demostrar una bajada “sustancial” de ingresos a raíz de la epidemia de covid-19. Como resultado, la unidad familiar debe quedar con ingresos inferiores a tres veces el IPREM (equivalente a 1.613,52 euros al mes) con algunos correctores en función del número de hijos u otras circunstancias. En segundo lugar, la renta de alquiler más los pagos básicos de vivienda deben suponer más del 35% de los ingresos de la unidad familiar.

Retroactividad desde el 1 de abril

En el decreto del último día de marzo también se estableció que la cuantía máxima del préstamo avalado por el ICO será de seis meses de renta y que se trata de un crédito finalista que solo puede servir para abonar el alquiler. Puesto que la intención del Gobierno es que tenga efecto retroactivo al 1 de abril, en principio se podría solicitarse el importe equivalente a la suma de las rentas de alquiler entre abril y septiembre. En cuanto al plazo de devolución, originalmente será de seis años, pero si al término de los mismos no se ha reintegrado por completo, podrá prorrogarse cuatro años más.

Además de incluir todos estos criterios, más alguno que pudiera añadirse, la orden ministerial deberá establecer las pautas para que las entidades concedan los préstamos. Antes de que los clientes puedan ir a su oficina bancaria a solicitarlos, se deberá firmar el convenio de colaboración entre ICO y bancos específico para esta línea de créditos. Pero ese paso es un formalismo que no debería retrasar la puesta en marcha de la medida. Fuentes del sector apuntan a que lo más relevante será a qué procedimientos y comprobaciones estén obligados los bancos antes de dar luz verde a una operación. La banca, añaden, ha mostrado que actúa “con diligencia” para paliar la situación generada por la epidemia como ha sucedido con otras líneas ICO que el Gobierno ha puesto en marcha.

En el mejor de los casos, estiman en el sector financiero, desde que el BOE publique la orden hasta que un banco apruebe un crédito a un inquilino vulnerable pueden pasar “unos días”. Teniendo en cuenta que el viernes próximo es festivo por ser primero de mayo, el plazo más optimista sería contar con las primeras ayudas en la semana siguiente. Eso hará, muy probablemente, que los arrendatarios tengan que abonar el alquiler de mayo antes de disponer en sus cuentas del dinero prestado. Esta línea de ayudas es independiente de las subvenciones directas, de hasta 900 euros, que el Gobierno también estableció y que se vehicularán a través de las comunidades autónomas.

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Sobre la firma

José Luis Aranda
Es redactor de la sección de Economía de EL PAÍS, diario donde entró a trabajar en 2008. Escribe habitualmente sobre temas de vivienda y referentes al sector inmobiliario. Es licenciado en Historia por la Universitat de València y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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